La Justicia falló a favor del bailable “Punto Límite” en una disputa con el municipio
El Juez en lo Contencioso Administrativo Hugo Guarnieri, hizo lugar a una medida cautelar presentada por el propietario del bailable “Punto Límite”, y ordenó al municipio abstenerse de sancionar o clausurar al bailable por falta del certificado que acredite poseer autorización de expendio de bebidas alcohólicas, conocido como ReBA (Registro de Comercialización de Bebidas Alcohólicas).
El 4 de junio pasado, el propietario de comercio se presentó ante el Juzgado Contencioso local, para impulsar una medida cautelar que le impida al municipio, sancionarlo o clausurarlo por falta del citado documento. “Punto Límite” es el bailable del que salió el joven Brian Garberoglio la noche del 21 de abril, cuando fue brutalmente golpeado por una patota que terminó causándole la muerte.
Los propietarios del comercio indicaron al Juez que el municipio no resuelve el pedido de autorización para el expendio de bebidas y que tratándose de un bailable, el hecho de la clausura por esa razón “Le ocasiona perjuicio de difícil reparación.”
El municipio se presentó en el expediente con una poco feliz explicación. Según las constancias de la causa, entre otras cosas, argumentó que el expediente “se le perdió”. La especie es conocida, ya que no es la primera causa judicial en la que Guernieri recibe como respuesta que al municipio se le pierden los expedientes.
Un fallo controvertido
Lo cierto es que el magistrado priorizó el pedido del comercio, evidentemente entendiendo que antes de cualquier discusión de fondo sobre el tema corresponde el interés empresario, y dispuso: “Hacer lugar a la medida cautelar solicitada (…)bajo responsabilidad del peticionante y previa caución juratoria prestada por ante la Actuaria, ordenando en consecuencia a la demandada, Municipalidad de Quilmes, se abstenga de aplicar sanciones y/o clausura del comercio propiedad del peticionante motivadas en la carencia del certificado para la comercialización de bebidas alcohólicas (ReBa), hasta tanto se expida en las actuaciones que giran bajo en expediente…” (El Diario de Quilmes)