El Juzgado Contencioso Administrativo Nº1 de Quilmes emitió el miércoles pasado una resolución que desconoce el estatus de patrimonio histórico de la casona ubicada en la calle Garibaldi entre Alvear y Mitre, anteriormente ocupada por la familia Roverano en Quilmes Centro. Esta decisión permite a los propietarios del terreno, José Balinzo y Juan Carlos Pagano, disponer del mismo para llevar a cabo su proyecto inmobiliario.
En el año 2006, la familia Roverano vendió el terreno junto con la casona histórica, desencadenando un litigio que surgió después de que la Municipalidad local declarara la propiedad como «patrimonio histórico» de la ciudad en 2004 y solicitara su expropiación a la Provincia. Sin embargo, por razones desconocidas, esta iniciativa nunca avanzó.
La casona, que data de 1880 y perteneció a la familia del pintor Víctor Roverano, es única en su estilo en la ciudad de Quilmes. Se proyectaba convertir el lugar en un centro cultural y conectarlo con el Teatro Municipal, ubicado en la calle Mitre, dado que son terrenos contiguos.
El año pasado, en una controvertida sesión, los concejales derogaron el pedido de expropiación y autorizaron a los propietarios a limpiar el lugar. Posteriormente, los dueños solicitaron permiso para demoler la casona histórica. En paralelo, en el Juzgado Contencioso Administrativo de Quilmes, los propietarios reafirmaron sus aspiraciones y volvieron a reclamar la posibilidad de disponer del terreno para su proyecto inmobiliario. Finalmente, la Justicia les otorgó el permiso después de 18 años.
El fallo judicial se basa en varios argumentos, incluyendo que la declaración del lugar como patrimonio histórico nunca fue inscrita en los registros provinciales, la compra del inmueble por parte de los actuales propietarios en 2006, la falta de avance en la solicitud de expropiación por parte del Municipio en 2011, y la derogación del pedido de expropiación por parte del HCD quilmeño en julio de 2023.
Aunque el fallo puede ser apelado por el gobierno local, el juez a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Nº1, Hugo Guarnieri, resaltó que la Municipalidad no puede limitar el uso y goce de los propietarios bajo el pretexto de la declaración de patrimonio histórico, dado que esta no fue convalidada por el gobierno provincial ni registrada ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires.
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