La ONG "Caballos Quilmes" radicó una denuncia penal por jineteadas nocturnas publicitadas en la rotonda del Triangulo de Bernal.
En el texto de la denuncia se precisa que "vengo, en legal tiempo y forma, a formular denuncia penal contra las
personas que se encuentran programando la realización de “jineteadas” para la
fecha 5 de Febrero de 2022, siendo esa actividad manifiestamente ilegítima en
los términos de la ley penal 14.346. Conforme la información que se expondrá,
venimos a solicitar se tenga a bien realizar todas las medidas necesarias
tendientes a que dicha actividad no sea realizada y a que se individualice a las
personas organizadoras y participantes de la misma".
Más abajo agrega que "vengo, en legal tiempo y forma, a formular denuncia penal contra las
personas que se encuentran programando la realización de “jineteadas” para la
fecha 8 de Febrero de 2022, siendo esa actividad manifiestamente ilegítima en
los términos de la ley penal 14.346. Conforme la información que se expondrá,
venimos a solicitar se tenga a bien realizar todas las medidas necesarias
tendientes a que dicha actividad no sea realizada y a que se individualice a las
personas organizadoras y participantes de la misma."
En esa misma línea explican que "justamente a “jineteadas”, estamos refiriéndonos a un espectáculo
público en el cual se utilizan caballos salvajes (es decir, no acostumbrados a la
presencia humana) para ser montados por seres humanos. Al momento en que
la persona que montará a ese animal sube encima suyo, el animal se esfuerza
enormemente por sacarse a esa persona de sobre suyo, haciendo un gran
esfuerzo para lograr su cometido, saltando y corriendo fuertemente por la
molestia que la situación le ocasiona. En ese marco, el animal es fuertemente
golpeado y de manera continua por la persona que se encuentra encima suyo,
buscando “aguantar” entre 6 y 12 segundos sobre él para luego finalmente dejar
en paz al equino hasta que (nuevamente mediante golpes) el equino es llevado
junto con sus pares".
"El disfrute en esta clase de parodias se encuentra
directamente relacionado con observar como los animales sufren, son
golpeados, pateados y escupidos por el público mientras se esfuerzan mientras
la persona que se encuentra encima simplemente aguanta el tiempo
que desea hasta dejarlo en paz.
En este marco, los caballos suelen además caer fuertemente al suelo, golpearse,
llorar, gritar y mostrar desesperación simplemente manifestando reflejos de
huida mientras realizan esfuerzos infructuosos por irse del lugar (lo que además
se corresponde con la descripción típica del Art. 3.7 de la ley 14.346 ya citada
en tanto sanciona penalmente la causación de “sufrimientos innecesarios” en los
animales no humanos). Todo ello ocurre con el único objeto de “divertir” a las
personas que asisten allí".
CALIFICACIÓN LEGAL:
Por último, se precisa lo que "indica con claridad el Art.3 de la ley 14.346, al establecer las acciones que
conforman el tipo penal de “actos de crueldad” contra los animales, que serán
justamente considerados actos de crueldad “Realizar actos públicos o privados
de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias en que se mate,
hiera u hostilice a los animales”".