2 de febrero de 2022

La ONG "Caballos Quilmes" radicó una denuncia penal por jineteadas nocturnas publicitadas en la rotonda del Triangulo de Bernal: "El disfrute en esta clase de parodias se encuentra directamente relacionado con observar como los animales sufren, son golpeados, pateados y escupidos por el público mientras se esfuerzan mientras la persona que se encuentra encima simplemente aguanta el tiempo que desea hasta dejarlo en paz"


La ONG "Caballos Quilmes" radicó una denuncia penal por jineteadas nocturnas publicitadas en la rotonda del Triangulo de Bernal. 
En el texto de la denuncia se precisa que "vengo, en legal tiempo y forma, a formular denuncia penal contra las personas que se encuentran programando la realización de “jineteadas” para la fecha 5 de Febrero de 2022, siendo esa actividad manifiestamente ilegítima en los términos de la ley penal 14.346. Conforme la información que se expondrá, venimos a solicitar se tenga a bien realizar todas las medidas necesarias tendientes a que dicha actividad no sea realizada y a que se individualice a las personas organizadoras y participantes de la misma". 
Más abajo agrega que "vengo, en legal tiempo y forma, a formular denuncia penal contra las personas que se encuentran programando la realización de “jineteadas” para la fecha 8 de Febrero de 2022, siendo esa actividad manifiestamente ilegítima en los términos de la ley penal 14.346. Conforme la información que se expondrá, venimos a solicitar se tenga a bien realizar todas las medidas necesarias tendientes a que dicha actividad no sea realizada y a que se individualice a las personas organizadoras y participantes de la misma."

En esa misma línea explican que "justamente a “jineteadas”, estamos refiriéndonos a un espectáculo público en el cual se utilizan caballos salvajes (es decir, no acostumbrados a la presencia humana) para ser montados por seres humanos. Al momento en que la persona que montará a ese animal sube encima suyo, el animal se esfuerza enormemente por sacarse a esa persona de sobre suyo, haciendo un gran esfuerzo para lograr su cometido, saltando y corriendo fuertemente por la molestia que la situación le ocasiona. En ese marco, el animal es fuertemente golpeado y de manera continua por la persona que se encuentra encima suyo, buscando “aguantar” entre 6 y 12 segundos sobre él para luego finalmente dejar en paz al equino hasta que (nuevamente mediante golpes) el equino es llevado junto con sus pares". 

"El disfrute en esta clase de parodias se encuentra directamente relacionado con observar como los animales sufren, son golpeados, pateados y escupidos por el público mientras se esfuerzan mientras la persona que se encuentra encima simplemente aguanta el tiempo que desea hasta dejarlo en paz. En este marco, los caballos suelen además caer fuertemente al suelo, golpearse, llorar, gritar y mostrar desesperación simplemente manifestando reflejos de huida mientras realizan esfuerzos infructuosos por irse del lugar (lo que además se corresponde con la descripción típica del Art. 3.7 de la ley 14.346 ya citada en tanto sanciona penalmente la causación de “sufrimientos innecesarios” en los animales no humanos). Todo ello ocurre con el único objeto de “divertir” a las personas que asisten allí".

CALIFICACIÓN LEGAL:
Por último, se precisa lo que "indica con claridad el Art.3 de la ley 14.346, al establecer las acciones que conforman el tipo penal de “actos de crueldad” contra los animales, que serán justamente considerados actos de crueldad “Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias en que se mate, hiera u hostilice a los animales”".