Según destacó la Cámara en su fallo “la multa impuesta por el juez de grado, basada en una supuesta conducta atemeraria y maliciosa de la recurriente, no tiene asidero”
EL SECRETARIO DE LA UNIDAD LEGAL INTENDENTE, DR. LUIS VALENGA, INFORMÓ QUE CON FECHA 25 DE OCTUBRE DE 2011, LA CÁMARA DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA PLATA, RESOLVIÓ HACER LUGAR A LAS APELACIONES DEDUCIDAS POR LAS DRAS. MARCELA LINARES Y GABRIELA GONZÁLEZ, “DEJANDO SIN EFECTO LA SANCIÓN DE MULTA IMPUESTA, EN SOLIDARIDAD CON LOS FUNCIONARIOS, INTENDENTE Y MUNICIPALIDAD DE QUILMES”.
Según informó el Dr. Valenga, quien coordinó las defensas de las abogadas en esta causa, “termina así otra bravata, final esta vez y sin pena ni gloria, de este oscuro personaje de la justicia, perseguidor malintencionado de la gestión Gutiérrez y directo responsable del agravamiento de la crisis que determinó el cierre de Papelera Quilmes (ex Massuh), así como el fracaso de su proceso de recuperación, afectando con ello a centenares de trabajadores”.
Según destacó la Cámara en su fallo “la multa impuesta por el juez de grado, basada en una supuesta conducta atemeraria y maliciosa de la recurriente, no tiene asidero”
Citando abundante jurisprudencia, los camaristas señalaron que las conductas temerarias y maliciosas deben estar acreditadas dentro del proceso, reflejados en una “actuación reprochable que quiebre la buena fe y colaboración procesales y obstruya la búsqueda de la verdad material”. Y ello no existió.
De seguido, reconocen que: “Bajo tales pautas de ponderación,… no se configura ninguno de los supuestos que permitan aplicar el dispositivo previsto” (multa)
En la misma resolución, se rechazó también el pedido de audiencia efectuado por la parte actora.
Hay que destacar aquí que el Dr. Permuy Vidal, representante de la parte actora (si bien cabe dejar a salvo a sus representados), es la otra pata del tándem que, junto con el Juez Arias, actuaban en precisa sintonía, con exorbitadas pretensiones patrimoniales fundadas en pretendidos incumplimientos del Municipio y aspirante a “premios” tales como la multa impuesta, que trepaba a la friolera de Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000.-), en una Causa en la que el Municipio ni siquiera era parte y mucho menos aún, los funcionarios involucrados.
EL SECRETARIO DE LA UNIDAD LEGAL INTENDENTE, DR. LUIS VALENGA, INFORMÓ QUE CON FECHA 25 DE OCTUBRE DE 2011, LA CÁMARA DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA PLATA, RESOLVIÓ HACER LUGAR A LAS APELACIONES DEDUCIDAS POR LAS DRAS. MARCELA LINARES Y GABRIELA GONZÁLEZ, “DEJANDO SIN EFECTO LA SANCIÓN DE MULTA IMPUESTA, EN SOLIDARIDAD CON LOS FUNCIONARIOS, INTENDENTE Y MUNICIPALIDAD DE QUILMES”.
Según informó el Dr. Valenga, quien coordinó las defensas de las abogadas en esta causa, “termina así otra bravata, final esta vez y sin pena ni gloria, de este oscuro personaje de la justicia, perseguidor malintencionado de la gestión Gutiérrez y directo responsable del agravamiento de la crisis que determinó el cierre de Papelera Quilmes (ex Massuh), así como el fracaso de su proceso de recuperación, afectando con ello a centenares de trabajadores”.
Según destacó la Cámara en su fallo “la multa impuesta por el juez de grado, basada en una supuesta conducta atemeraria y maliciosa de la recurriente, no tiene asidero”
Citando abundante jurisprudencia, los camaristas señalaron que las conductas temerarias y maliciosas deben estar acreditadas dentro del proceso, reflejados en una “actuación reprochable que quiebre la buena fe y colaboración procesales y obstruya la búsqueda de la verdad material”. Y ello no existió.
De seguido, reconocen que: “Bajo tales pautas de ponderación,… no se configura ninguno de los supuestos que permitan aplicar el dispositivo previsto” (multa)
En la misma resolución, se rechazó también el pedido de audiencia efectuado por la parte actora.
Hay que destacar aquí que el Dr. Permuy Vidal, representante de la parte actora (si bien cabe dejar a salvo a sus representados), es la otra pata del tándem que, junto con el Juez Arias, actuaban en precisa sintonía, con exorbitadas pretensiones patrimoniales fundadas en pretendidos incumplimientos del Municipio y aspirante a “premios” tales como la multa impuesta, que trepaba a la friolera de Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000.-), en una Causa en la que el Municipio ni siquiera era parte y mucho menos aún, los funcionarios involucrados.