La ordenanza de emergencia sanitaria fue impulsada en el HCD por los bloques opositores
LA ORDENANZA QUE VETARÁ EL INTENDENTE FRANCISCO GUTIÉRREZ ESTABLECE, POR EL LAPSO DE 90 DÍAS, LA DECLARACIÓN DE LA "EMERGENCIA SANITARIA" EN QUILMES Y LA CONFORMACIÓN DE UNA COMISIÓN INVESTIGADORA QUE DEFINA LAS RESPONSABILIDADES EN LA LITERAL PARÁLISIS QUE SUFRE EL HOSPITAL MATERNO INFANTIL DE SOLANO, ASÍ COMO LA FALTA DE PROFESIONALES E INSUMOS QUE AFECTA A LAS UNIDADES SANITARIAS DEL DISTRITO. SIN EMBARGO, DESDE LA COMUNA YA ADELANTARON QUE, APENAS LLEGUE LA INICIATIVA A MANOS AL EJECUTIVO, EL INTENDENTE FRANCISCO GUTIÉRREZ EJERCERÁ EL PODER DE VETAR LA INICIATIVA Y DEJARÁ SIN EFECTO LA INTENCIÓN DE LA OPOSICIÓN.
Los bloques opositores lograron imponer una Ordenanza en la que se establecía por el lapso de 90 días la declaración de la "Emergencia Sanitaria" en el distrito, y la conformación de una Comisión Investigadora que defina las responsabilidades en la literal parálisis que sufre el Hospital Materno Infantil de San Francisco Solano, así como la falta de profesionales e insumos que afecta a las Unidades Sanitarias del distrito.
"Las organizaciones gremiales médicas han dado la voz de alerta, la gente está desprotegida sanitariamente en el cordón periférico. Es necesario que el Ejecutivo entienda que debe dar urgentes respuestas y en todo caso, trabajar con el conjunto de los legisladores para dar respuestas. Nuestro hospital municipal está al 20 % de su capacidad hace 9 meses", indicó Mario Sahagún, impulsor de la iniciativa.
Apoyaron la iniciativa los bloques ARI, PJ-MPA, Unión PRO, Radicales en la CC, UCR, Confederación Peronista (José Casazza) y Convocatoria Peronista (Carlos Posch).
Aquí el texto completo de la norma:Visto: La grave situación puesta de manifiesto en diversas iniciativas legislativas referente al mal y en algunos casos nulo funcionamiento de la atención medica del sistema de salud pública municipal, así como las puestas de manifiesto por las asociaciones profesionales médicas locales.
Considerando:
Que la atención primaria es el eslabón más importante del sistema público de salud.
Que la falta de médicos de manera constante o aleatoria genera en la población necesitada de atención medica la obligación de trasladarse a diferentes centros asistenciales lo que importa un enorme gasto en transporte y la sobrecarga de pacientes no previstos estadísticamente en otro efectores del sistema de salud.
Que el caso paradigmático lo representa el porcentaje de atenciones realizadas en el Hospital Materno Infantil de San Francisco Solano en el primer semestre de 2010, que ha trabajado al 20% de su volumen de prestaciones históricas, dato éste incluso confirmado por su director, Gustavo Wanschaffe.
Que las explicaciones públicas han transitado, en éste sentido, por la obra de remodelación del Hospital, que no ha sido otra cosa que la de un solo quirófano, el que las previsiones –incluso las oficiales- indicaron con una demora de obra de 45 días, resultando ésta a la postre de casi ocho meses. Para abundar cabe consignar que el Hospital Interzonal “El Cruce”, nosocomio cuya obra costó más de cien millones de pesos y resulta con capacidad de absorber pacientes derivados de cuatro distritos, tuvo un plazo de obra de 20 meses. Esto concluye que para un solo quirófano, la administración insumió casi el 40 % del tiempo que llevó a construir el mayor centro sanitario de toda la provincia de Buenos Aires.
Que a la parálisis del máximo centro de salud del municipio, se suman las deficiencias en la infraestructura de las unidades sanitarias, sus insumos y su estructura de recursos humanos. En éste sentido, cabe señalar que existen gravísimas denuncias elevadas desde las dos asociaciones sindicales que nuclean a los profesionales de la salud –A.M.R.A y CICOP- que han sido desoídas por el Ejecutivo municipal.
Que existe a ésta altura una causa penal radicada en la Unidad Funcional de Instrucción nro. 9, que investiga la muerte de un recién nacido, hijo de Pablo Barco y Silvia Molina; y en cuyo encuadre estarían dados los supuestos de un deceso por causales evitables y negligencias que se atribuirían a la estructura de salud del municipio.
Que a los hechos se suman las puntualizaciones que la Asociación Médica de la república Argentina –A.M.R.A- viene haciendo en el marco de las audiencias que desde hace meses se celebran en la subsecretaría de Trabajo Delegación Quilmes, y en la que se han exigido respuestas sobre:
-Nombramientos en los servicios de Cirugía, Hemoterapia, Neonatología, Diagnóstico por Imágenes del Hospital Materno Infantil.
-Necesidad de refuerzos del personal afectado al servicio de Enfermería, estructura diezmada en dicho nosocomio.
-Reclamos por plazos y características de la obra de gas que es necesario llevar adelante en el nosocomio, cuyo servicio ha sido cortado a inicios del 2010 por la prestadora y nunca restablecidos.
-Necesidad de aporte de personal de seguridad en el centro de atención Don Bosco, situado en una zona francamente crítica.
Que la inacción municipal ante todo éste cúmulo de situaciones, amerita una urgente y exhaustiva intervención de éste Cuerpo, atento verse evidentemente vulnerado el principal de los derechos con que el Estado debe asistir a los ciudadanos, tal es el de la salud.
Por todo lo expuesto los concejales abajo firmantes aconsejan la aprobación del siguiente proyecto de:
ORDENANZA
Articulo 1º: DECLARASE la “Emergencia sanitaria” en el ámbito del partido de Quilmes.
Articulo 2º: La emergencia declarada tendrá una vigencia de 90 días, a partir de la sanción de la presente.
Articulo 3º: CREASE en el ámbito del Concejo Deliberante una Comisión Especial Investigadora –art.74 Reglamento Interno- la que tendrá por objeto evaluar la gestión de la Secretaria de Salud en lo que hace al manejo integral del sistema sanitario local, cantidad de personal, insumos médicos, situación edilicia de da cada un de los centros de Salud Municipal. La comisión se regirá por el citado Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 4º: La Comisión Especial Investigadora estará conformada de la siguiente manera: a) Un representante de cada uno de los bloque políticos con representación en el Concejo Deliberante, b) Un representante de cada una de las asociaciones gremiales profesionales con presencia en los centros sanitarios del distrito.
Articulo 5º: La Comisión Especial Investigadora vencido el término de los 90 días emitirá un dictamen en el que aconsejara al Departamento Ejecutivo la adopción de medidas para satisfacer de manera eficiente la atención en el sistema de salud municipal y/o evaluará, en función a las responsabilidades determinadas, los mecanismos previstos en el art 249 de la Ley Orgánica Municipal.
"Las organizaciones gremiales médicas han dado la voz de alerta, la gente está desprotegida sanitariamente en el cordón periférico. Es necesario que el Ejecutivo entienda que debe dar urgentes respuestas y en todo caso, trabajar con el conjunto de los legisladores para dar respuestas. Nuestro hospital municipal está al 20 % de su capacidad hace 9 meses", indicó Mario Sahagún, impulsor de la iniciativa.
Apoyaron la iniciativa los bloques ARI, PJ-MPA, Unión PRO, Radicales en la CC, UCR, Confederación Peronista (José Casazza) y Convocatoria Peronista (Carlos Posch).
Aquí el texto completo de la norma:Visto: La grave situación puesta de manifiesto en diversas iniciativas legislativas referente al mal y en algunos casos nulo funcionamiento de la atención medica del sistema de salud pública municipal, así como las puestas de manifiesto por las asociaciones profesionales médicas locales.
Considerando:
Que la atención primaria es el eslabón más importante del sistema público de salud.
Que la falta de médicos de manera constante o aleatoria genera en la población necesitada de atención medica la obligación de trasladarse a diferentes centros asistenciales lo que importa un enorme gasto en transporte y la sobrecarga de pacientes no previstos estadísticamente en otro efectores del sistema de salud.
Que el caso paradigmático lo representa el porcentaje de atenciones realizadas en el Hospital Materno Infantil de San Francisco Solano en el primer semestre de 2010, que ha trabajado al 20% de su volumen de prestaciones históricas, dato éste incluso confirmado por su director, Gustavo Wanschaffe.
Que las explicaciones públicas han transitado, en éste sentido, por la obra de remodelación del Hospital, que no ha sido otra cosa que la de un solo quirófano, el que las previsiones –incluso las oficiales- indicaron con una demora de obra de 45 días, resultando ésta a la postre de casi ocho meses. Para abundar cabe consignar que el Hospital Interzonal “El Cruce”, nosocomio cuya obra costó más de cien millones de pesos y resulta con capacidad de absorber pacientes derivados de cuatro distritos, tuvo un plazo de obra de 20 meses. Esto concluye que para un solo quirófano, la administración insumió casi el 40 % del tiempo que llevó a construir el mayor centro sanitario de toda la provincia de Buenos Aires.
Que a la parálisis del máximo centro de salud del municipio, se suman las deficiencias en la infraestructura de las unidades sanitarias, sus insumos y su estructura de recursos humanos. En éste sentido, cabe señalar que existen gravísimas denuncias elevadas desde las dos asociaciones sindicales que nuclean a los profesionales de la salud –A.M.R.A y CICOP- que han sido desoídas por el Ejecutivo municipal.
Que existe a ésta altura una causa penal radicada en la Unidad Funcional de Instrucción nro. 9, que investiga la muerte de un recién nacido, hijo de Pablo Barco y Silvia Molina; y en cuyo encuadre estarían dados los supuestos de un deceso por causales evitables y negligencias que se atribuirían a la estructura de salud del municipio.
Que a los hechos se suman las puntualizaciones que la Asociación Médica de la república Argentina –A.M.R.A- viene haciendo en el marco de las audiencias que desde hace meses se celebran en la subsecretaría de Trabajo Delegación Quilmes, y en la que se han exigido respuestas sobre:
-Nombramientos en los servicios de Cirugía, Hemoterapia, Neonatología, Diagnóstico por Imágenes del Hospital Materno Infantil.
-Necesidad de refuerzos del personal afectado al servicio de Enfermería, estructura diezmada en dicho nosocomio.
-Reclamos por plazos y características de la obra de gas que es necesario llevar adelante en el nosocomio, cuyo servicio ha sido cortado a inicios del 2010 por la prestadora y nunca restablecidos.
-Necesidad de aporte de personal de seguridad en el centro de atención Don Bosco, situado en una zona francamente crítica.
Que la inacción municipal ante todo éste cúmulo de situaciones, amerita una urgente y exhaustiva intervención de éste Cuerpo, atento verse evidentemente vulnerado el principal de los derechos con que el Estado debe asistir a los ciudadanos, tal es el de la salud.
Por todo lo expuesto los concejales abajo firmantes aconsejan la aprobación del siguiente proyecto de:
ORDENANZA
Articulo 1º: DECLARASE la “Emergencia sanitaria” en el ámbito del partido de Quilmes.
Articulo 2º: La emergencia declarada tendrá una vigencia de 90 días, a partir de la sanción de la presente.
Articulo 3º: CREASE en el ámbito del Concejo Deliberante una Comisión Especial Investigadora –art.74 Reglamento Interno- la que tendrá por objeto evaluar la gestión de la Secretaria de Salud en lo que hace al manejo integral del sistema sanitario local, cantidad de personal, insumos médicos, situación edilicia de da cada un de los centros de Salud Municipal. La comisión se regirá por el citado Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 4º: La Comisión Especial Investigadora estará conformada de la siguiente manera: a) Un representante de cada uno de los bloque políticos con representación en el Concejo Deliberante, b) Un representante de cada una de las asociaciones gremiales profesionales con presencia en los centros sanitarios del distrito.
Articulo 5º: La Comisión Especial Investigadora vencido el término de los 90 días emitirá un dictamen en el que aconsejara al Departamento Ejecutivo la adopción de medidas para satisfacer de manera eficiente la atención en el sistema de salud municipal y/o evaluará, en función a las responsabilidades determinadas, los mecanismos previstos en el art 249 de la Ley Orgánica Municipal.