A continuación, se detallan los porcentajes correspondientes, los requisitos y los lugares donde se realiza. Más información sobre requisitos y centros de trámite en el sitio web (http://www.quilmes.gov.ar/) o en la línea gratuita de Atención al Vecino 0-800-999-5656.
El Municipio de Quilmes, a través de la Agencia de Recaudación Quilmes (ARQUI), informa a todos los vecinos jubilados y/o pensionados de la ciudad que está vigente hasta mediados de diciembre el trámite de exención de la Tasa de Servicios Urbanos Municipales (Tasa S.U.M.).
A través de la Resolución 30/13 Decreto Municipal Nº 1111, se estipulan los siguientes Porcentajes con tope hasta 2 haberes mínimos:
Porcentajes: (mínimo mes de marzo $ 2165.- Anses)
Hasta $ 3.247.50.- 100 % (1 mínima y ½)
Desde $ 3.247.51 hasta 3.788.75.- 75 % (1 mínima y ¾)
Desde $ 3.788.75 hasta $ 4.330.00.- 50 % (2 mínimas)
Requisitos:
A continuación, se detallan los requisitos para la realización del trámite de exención de jubilados y/o pensionados año 2013 (ordenanza 12012/12 art. 88 inciso a: subinciso 4) 4.1)
-PARA RENOVACIÓN:
o Ultimo recibo del haber (marzo a agosto inclusive) percibido del peticionante y del grupo que convive.
o DNI con domicilio actualizado, 1ª y 2ª hoja tanto del presentante como del cónyuge o convivientes.
o Para el caso de condominios, deberán acreditarlo con el DNI de cada uno de sus miembros.
o Recibo del Impuesto Inmobiliario (ARBA).
o En caso de ser ciudadano extranjero, Certificación Negativa de haberes del país de origen, salvo aquellos nacidos en países limítrofes.
o En caso de fallecimiento del cónyuge, Certificado de Defunción.
o Constancia de exención año 2011 y / o tramite iniciado para el año 2011.
-PARA RETROACTIVA O PRIMERA VEZ:
o Titulo de propiedad o boleto de compra-venta.
o Recibo de haber jubilatorio, de los meses marzo a agosto inclusive del peticionante y grupo que conviviente (uno por cada año que registra deuda a partir de 2008 y por cada beneficio )
o Constancia de Anses (RUB) que acredite los beneficios percibidos.
o DNI con domicilio actualizado, 1ª y 2ª hoja tanto del presentante como del cónyuge y/o convivientes.
o Para el caso de condominios, deberán acreditarlo con el DNI de cada uno de sus miembros
o Recibo de la Tasa Municipal.
o Recibo de Impuesto Inmobiliario (ARBA).
o Recibo de Edesur.
o En caso de fallecimiento del cónyuge, Certificado de Defunción.
o En caso de ser ciudadano extranjero, Certificación Negativa de haberes del país de origen, salvo aquellos nacidos en países limítrofes.
Es importante resaltar que de la documentación requerida deberá presentar originales y fotocopias.
Dónde se realiza el trámite
Si se trata de la Renovación de la exención año 2013, el trámite puede iniciarse en las Unidades Municipio:
Bernal - Belgrano N° 450
Tel.: 4251-8727
San Francisco Solano - Calle 897 Esq. 843
Tel.: 4212-6383/1523
Quilmes Oeste - 12 de Octubre y Vélez Sarsfield
Tels.: 4224-5066 / 4224-9981
Quilmes Centro - Sarmiento N° 608
Ezpeleta - Honduras N° 5259
Tel.: 4216-7573
Cuando el trámite es por primera vez o retroactiva, se realiza en Alberdi 500 Planta baja - Dirección Rentas Inmobiliarias - Rentas ARQUI.
El Municipio de Quilmes, a través de la Agencia de Recaudación Quilmes (ARQUI), informa a todos los vecinos jubilados y/o pensionados de la ciudad que está vigente hasta mediados de diciembre el trámite de exención de la Tasa de Servicios Urbanos Municipales (Tasa S.U.M.).
A través de la Resolución 30/13 Decreto Municipal Nº 1111, se estipulan los siguientes Porcentajes con tope hasta 2 haberes mínimos:
Porcentajes: (mínimo mes de marzo $ 2165.- Anses)
Hasta $ 3.247.50.- 100 % (1 mínima y ½)
Desde $ 3.247.51 hasta 3.788.75.- 75 % (1 mínima y ¾)
Desde $ 3.788.75 hasta $ 4.330.00.- 50 % (2 mínimas)
Requisitos:
A continuación, se detallan los requisitos para la realización del trámite de exención de jubilados y/o pensionados año 2013 (ordenanza 12012/12 art. 88 inciso a: subinciso 4) 4.1)
-PARA RENOVACIÓN:
o Ultimo recibo del haber (marzo a agosto inclusive) percibido del peticionante y del grupo que convive.
o DNI con domicilio actualizado, 1ª y 2ª hoja tanto del presentante como del cónyuge o convivientes.
o Para el caso de condominios, deberán acreditarlo con el DNI de cada uno de sus miembros.
o Recibo del Impuesto Inmobiliario (ARBA).
o En caso de ser ciudadano extranjero, Certificación Negativa de haberes del país de origen, salvo aquellos nacidos en países limítrofes.
o En caso de fallecimiento del cónyuge, Certificado de Defunción.
o Constancia de exención año 2011 y / o tramite iniciado para el año 2011.
-PARA RETROACTIVA O PRIMERA VEZ:
o Titulo de propiedad o boleto de compra-venta.
o Recibo de haber jubilatorio, de los meses marzo a agosto inclusive del peticionante y grupo que conviviente (uno por cada año que registra deuda a partir de 2008 y por cada beneficio )
o Constancia de Anses (RUB) que acredite los beneficios percibidos.
o DNI con domicilio actualizado, 1ª y 2ª hoja tanto del presentante como del cónyuge y/o convivientes.
o Para el caso de condominios, deberán acreditarlo con el DNI de cada uno de sus miembros
o Recibo de la Tasa Municipal.
o Recibo de Impuesto Inmobiliario (ARBA).
o Recibo de Edesur.
o En caso de fallecimiento del cónyuge, Certificado de Defunción.
o En caso de ser ciudadano extranjero, Certificación Negativa de haberes del país de origen, salvo aquellos nacidos en países limítrofes.
Es importante resaltar que de la documentación requerida deberá presentar originales y fotocopias.
Dónde se realiza el trámite
Si se trata de la Renovación de la exención año 2013, el trámite puede iniciarse en las Unidades Municipio:
Bernal - Belgrano N° 450
Tel.: 4251-8727
San Francisco Solano - Calle 897 Esq. 843
Tel.: 4212-6383/1523
Quilmes Oeste - 12 de Octubre y Vélez Sarsfield
Tels.: 4224-5066 / 4224-9981
Quilmes Centro - Sarmiento N° 608
Ezpeleta - Honduras N° 5259
Tel.: 4216-7573
Cuando el trámite es por primera vez o retroactiva, se realiza en Alberdi 500 Planta baja - Dirección Rentas Inmobiliarias - Rentas ARQUI.