24 de abril de 2013

Recordatorio: 25% de exención de la tasa SUM para jubilados que perciban 2 y ¼ haberes mínimos

Este trámite está vigente hasta mediados de diciembre. A continuación, se detallan los porcentajes correspondientes, los requisitos y los lugares donde se realiza. Más información en el sitio web (http://www.quilmes.gov.ar/) o en la línea gratuita de Atención al Vecino 0-800-999-5656.
El Municipio de Quilmes, a través de la Agencia de Recaudación Quilmes (ARQUI), informa a los contribuyentes que mediante Decreto 1061/2013 se  establece 25% de exención de la Tasa de Servicios Urbanos Municipales (Tasa S.U.M.) para aquellos jubilados que perciban 2 y 1/4 haberes mínimos. Cabe recordar que este trámite está vigente hasta mediados de diciembre.

Porcentajes: (mínimo mes de marzo $ 2165.- Anses)

Hasta $ 3.247.50.-                       100 % (1 mínima y ½)
Desde $ 3.247.51 hasta 3.788.75.-          75 %  (1 mínima y ¾)
Desde $ 3.788.75 hasta $ 4.330.00.-                50 %  (2 mínimas)
Desde $ 4.330.00 hasta $4871, 25.                 25 % (2 mínimas y ¼)

Requisitos:
A continuación, se recuerdan los requisitos para la realización del trámite  de exención de jubilados y/o pensionados año 2013.

-PARA RENOVACIÓN:
o    Ultimo recibo del haber (marzo a agosto inclusive) percibido  del peticionante y del grupo   que convive.
o    DNI con domicilio actualizado, 1ª y 2ª hoja tanto del presentante como del cónyuge o convivientes.
o    Para el caso de condominios, deberán acreditarlo con el DNI de cada uno de sus miembros.
o    Recibo del Impuesto Inmobiliario (ARBA).
o    En caso de ser ciudadano extranjero, Certificación Negativa de haberes del país de origen, salvo aquellos nacidos en países limítrofes.
o    En caso de fallecimiento del cónyuge, Certificado de Defunción.
o    Constancia de exención año 2011 y / o tramite iniciado para el año 2011.

-PARA RETROACTIVA O PRIMERA VEZ:
o    Titulo de propiedad o boleto de compra-venta.
o    Recibo de haber jubilatorio, de los meses marzo a agosto inclusive del peticionante y grupo que conviviente (uno por cada año que registra deuda a partir de 2008 y por cada beneficio )
o    Constancia de Anses (RUB) que acredite los beneficios percibidos.
o    DNI con domicilio actualizado, 1ª y 2ª hoja tanto del presentante como del cónyuge y/o convivientes.
o    Para el caso de condominios, deberán acreditarlo con el DNI de cada uno de sus miembros
o    Recibo de la Tasa Municipal.
o    Recibo de Impuesto Inmobiliario (ARBA).
o    Recibo de Edesur.
o    En caso de fallecimiento del cónyuge, Certificado de Defunción.
o    En caso de ser ciudadano extranjero, Certificación Negativa de haberes del país de origen, salvo aquellos nacidos en países limítrofes.

Es importante resaltar que de la documentación requerida deberá presentar originales y fotocopias.

Dónde se realiza el trámite
Si se trata de la Renovación de la exención año 2013, el trámite puede iniciarse en las Unidades Municipio:

Bernal - Belgrano N° 450
Tel.: 4251-8727

San Francisco Solano - Calle 897 Esq. 843
Tel.: 4212-6383/1523

Quilmes Oeste - 12 de Octubre y Vélez Sarsfield
Tels.: 4224-5066 / 4224-9981

Quilmes Centro - Sarmiento N° 608
Ezpeleta - Honduras N° 5259
Tel.: 4216-7573

Cuando el trámite es por primera vez o retroactiva, se realiza en Alberdi  500 Planta baja - Dirección Rentas Inmobiliarias - Rentas ARQUI.
Más información en el sitio web (http://www.quilmes.gov.ar/) o en la línea gratuita de Atención al Vecino 0-800-999-5656.

Quilmes, 24 de abril de 2013

Para más información, contactarse al 4350-3043 – Dirección de Prensa.
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