26 de octubre de 2011

TRAS LA DERROTA EN LAS ELECCIONES ¿LA ANIBALISTA NORA CUESTAS SE REALINEÓ CON GUTIERREZ?

Archivaron sin tratamiento el pedido de Interpelación a Gutiérrez con el apoyo de Cuestas
ESTE MARTES, EL PROYECTO QUE IMPULSABA CITAR AL JEFE COMUNAL AL RECINTO DEL DELIBERANTE PARA QUE EXPLIQUE LAS ALTERNATIVAS DE LA LICITACIÓN QUE AVANZA EN ADJUDICARLE EL PISO DE TRANSPORTE COLECTIVO QUE UNE EL CENTRO QUILMEÑO CON EL BARRIO LOS EUCALIPTUS, A UNA EMPRESA CUYO ACCIONISTA ES EL DIRECTOR DE SISTEMAS DEL MUNICIPIO Y ESPOSO DE LA HERMANA DEL JEFE COMUNAL, FUE ARCHIVADO SIN TRATAMIENTO. LA AJUSTADA VOTACIÓN QUE EL OFICIALISMO GANÓ, CONTÓ CON LA INESPERADA AYUDA DE LA ANIBALISTA NORA CUESTAS.
 

Dentro del recinto y en medio de la sesión, el autor del proyecto, concejal Mario Sahagun (ARI-CC), sostuvo: “Entiendo que es una barbaridad que se archive un expediente que solo intenta aportar claridad al desarrollo de lo que en definitiva es un acto de gobierno. Un derecho que en el caso nuestro es una facultad, y amen de esto incluso, una obligación.”
El edil indicó que “Los condimentos sospechosos que rodean la licitación que hoy tiene a la firma COVEMA casi a las puertas de convertirse en la concesionaria del piso de transporte público que une el centro quilmeño con Los Eucaliptus, han sido refrendados por el propio Ejecutivo e incluso confirmados por los dichos del presidente del Cuerpo, José Migliaccio.”
“Un funcionario municipal no puede ser proveedor de su empleadora en ningún caso y bajo ningún supuesto”, aseguró Sahagun.
“Es necesario por lo tanto que sepamos exactamente que es lo que está sucediendo con ese proceso, y no es otro que el intendente o quien éste designe el obligado a aportar la información que se pide. No hay traumas ni dramatismos que deban intervenir. Esto es pedir información, nada más. Desde luego, si de lo que se trata es de ocultar las respuestas, estamos ante un problema que no se resolverá archivando en forma infantil éste pedido.”
“Quiero reafirmar, que más allá de las facultades que tenemos como concejales, existe un derecho superior y general consagrado por la propia Constitución Nacional, que garantiza el principio de publicidad de los actos de Gobierno y el derecho de acceso a la información pública a través del artículo 1º, de los artículos 33, 41, 42 y concordantes del Capítulo Segundo —que establece nuevos Derechos y Garantías— y del artículo 75 inciso 22, que incorpora con jerarquía constitucional diversos Tratados Internacionales.”