Proyecto de ordenanza del concejal Luis Bratti para un “Quilmes 100% libre de maltrato animal”
VISTO LA INEFICIENCIA DE LA METODOLOGÍA UTILIZADA HASTA EL PRESENTE PARA ERRADICAR EL MALTRATO Y LA PROLIFERACIÓN DE ANIMALES ABANDONADOS Y LA NECESIDAD DE IMPLEMENTAR UN SISTEMA MODERNO EFICIENTE Y HUMANITARIO QUE COLABORE EN ESTA PROBLEMÁTICA, FOMENTANDO LA EDUCACIÓN ECOLÓGICA Y AMOR A LA NATURALEZA SANCIONANDO EL MALTRATO Y LA CRUELDAD.
CONSIDERANDO.
Que se debe promover el desarrollo controlado y sanitario de la población animal, en una concepción de respeto por la vida, para armonizar su relación con el hombre.-
Que es necesaria la profundización de las campañas de prevención y educación específica para lograr grados de concientización y responsabilidad en la sociedad.-
Que la prevención y la educación son fundamentales para evitar las causas y no tener que actuar sobre los efectos.-
Que la tenencia responsable es fundamental para alcanzar la protección integral de los animales y un desarrollo armónico de la Ciudad.-
Que la actitud adulta y reflexiva es lo que debe primar a la hora de aceptar un animal de compañía en el hogar, sabiendo que el compromiso adquirido, resguardo, alimentación y cuidados varios, se extenderá a lo largo de toda la vida de la mascota; Que una mascota puede ser una necesidad pero jamás una obligación, por ello quien decide tener un animal de compañía, debe hacerse responsable de su cuidado, contención y control de su reproducción.-
Que además se debe concientizar y sensibilizar a la población sobre la importancia de la tenencia responsable, de respetar la vida, su bienestar y de disminuir los efectos negativos del animal abandonado.-
Que los animales sueltos y sin control, son un problema para la salud pública; Que esta Ordenanza y los programas existentes tienden a que los animales comunitarios disminuyan progresivamente.-
Que del total de los animales sueltos en la vía pública, un alto porcentaje tiene propietarios, los cuales deben hacerse responsable de los mismos.-
Que es absoluta responsabilidad del tenedor de mascota todo daño o trastorno que esta ocasione en el ámbito público o privado.-
Que la práctica de la esterilización quirúrgica, la tenencia responsable y la adopción, son aceptadas como procedimientos eficaces para controlar la población animal y preservar el equilibrio ecológico.-
Que el no afrontar y dar solución a la superpoblación de animales conlleva a situaciones de alto riesgo para la salud humana y de especies autóctonas y domésticas, como el contagio de patologías zoonóticas como la rabia, parasitosis, brucelosis, salmonelosis, tiña, enfermedad de chagas, toxoplasmosis, enfermedades transmitidas por artrópodos, virosis diversas, etc.; en las cuales actúan como reservorios o vectores dichas enfermedades.-
Que la presencia de animales en la vía pública provoca una alteración grave del ecosistema local, rompiendo el equilibrio de la triada ecológica, interviniendo dichas especies como agentes etiológicos de dichas patologías, además de alterar la calidad de vida y la seguridad de la población responsable.-
Que un Programa de Salud Animal debe tener por objeto controlar la proliferación de los mismos, siendo fundamental en los resultados obtenidos la tarea voluntaria llevada adelante por Asociaciones protectoras de animales.-
Que las acciones llevadas a cabo para evitar la proliferación de animales, aún no son suficientes para controlar la población existente en Quilmes y es necesario profundizarlas.-
Que es menester llegar a un consenso sobre un sistema eficiente, moderno y humanitario para el control de la población animal que incluya a todos los actores involucrados, como veterinarios, asociaciones de protección, ciudadanos y el Estado Municipal.-
Que en la atención primaria de la salud, la prevención y la educación son fundamentales, por lo tanto debemos evitar la causa para no tener que actuar sobre los efectos.-
Que la Legislación Nacional vigente (Ley 14.346/54) prohíbe expresamente los actos de crueldad hacia los animales y por lo tanto exceptuaría el exterminio como método para el control de la superpoblación animal.-
Que se debe promover el desarrollo controlado y sanitario de la población animal, en una concepción de respeto por la vida, para armonizar su relación con el hombre.-
Que la práctica de la esterilización quirúrgica es aceptada como un procedimiento eficaz para controlar la superpoblación canina y felina, evitando además cualquier desequilibrio ecológico.-
Que existe un grado de concientización en la población que acepta y reclama este método ético, eficaz y en definitiva la más económica forma de control de la población animal.-
Que los perros de gran porte y tamaño son difíciles de controlar por sus dueños ante un ataque hacia otras personas siendo potencialmente peligrosos en los espacios públicos y espacios privados de uso público.-
Que es necesario regular la tenencia y permanencia de animales potencialmente peligrosos en estos espacios (calles, avenidas, plazas, negocios o todo espacio considerando de dominio público) e intentar evitar de accidentes.-
Que una de las mayores dificultades que existe a la hora de legislar sobre la tenencia de perros potencialmente peligrosos es la de definir que animales deben ser incluidos ya que esta característica de peligrosidad estaría dada más por la crianza y el trato que por la raza.-
Que se ha preferido estimar la peligrosidad de los perros según su porte y tamaño y que parámetros como tamaño de la mandíbula, fuerza de la mordida y capacidad para derribar un niño y/o adulto son los rasgos por los que se los considera potencialmente peligrosos.-
Que existen legislaciones vigentes sobre esta materia que definen la peligrosidad de los perros en función de peso y tamaño y otras que además consideran aquellos animales que hayan sido denunciados por agresiones graves a personas y/o a otros animales.-
Que la responsabilidad y el compromiso social de cada propietario sumado a la colaboración de los vecinos para identificar a los perros peligrosos permitiendo que los mismos sean registrados y controlados colaborará en alcanzar los objetivos de esta normativa.-
Que el objetivo general es que ayudará a reducir el número de perros abandonados en refugios de animales en todo el distrito de Quilmes .-
Que la problemática de los carreros involucra varias áreas que hay que controlar: el trabajo infantil, la marginación social, la seguridad vial, la salubridad. Que es frecuente ver carros conducidos por menores, a veces sin supervisión o compañía de mayores.-
Que es necesario prestar atención a la presencia de equinos en espacios públicos y privados, dotando a la Autoridad de Aplicación de una herramienta de control sobre los mismos.-
Que se debe proteger a los animales equinos de su deterioro por trabajo forzado, como así también por las malas condiciones de salubridad.-
Que resulta necesario entender la estrecha relación existente entre la actividad del cirujeo en basurales y la vía pública y la tracción a sangre. Es enorme la cantidad de carreros, cuya actividad primaria es el cirujeo. La basura puede ser la causa principal de más de cuarenta enfermedades. Algunas de las patologías infecciosas que están directamente relacionadas con los residuos son: Hepatitis viral, fiebre tifoidea, diarrea aguda, parasitosis intestinales (áscaris, tenias, guardias, amebas), cólera, enfermedades de la piel, alergias, gangrena, abscesos, tuberculosis, toxoplasmosis, encefalitis, enfermedades respiratorias, conjuntivitis, brucelosis, etc.".-
Que las enfermedades que pueden transmitir los equinos al ser humano son la rabia, brucelosis, ántrax, muermo, leptopirosis, entre otras. Todas estas enfermedades están vinculadas estrechamente con la exclusión social y la pobreza, dado que surgen en contextos de gran marginalidad. Que es frecuente ver caballos de tiro en medio de los basurales comiendo lo primero que encuentran en estados calamitosos. Son generalmente animales rústicos y provienen mayormente de adquisiciones irregulares; carecen de revisación durante el transcurso de sus vidas y suelen ser canales directos para transmitir enfermedades.-
Que la erradicación definitiva de los micro basurales a cielo abierto es aún una asignatura pendiente, y significaría, por otra parte, un importante avance en la conciencia social de los habitantes de la Ciudad de Quilmes en beneficio de la salud y preservación del medio ambiente-
Que este Proyecto de Ordenanza tiene por objeto sacar de la marginalidad a una población considerable del municipio a través de nuevos emprendimientos y a su vez, contempla la situación real de los equinos.-
Que los vehículos a tracción a sangre generan inseguridad en las calles de la ciudad, para aquellos que los utilizan y para todos quienes transitan por las calles de nuestra ciudad y el mal estado y maltrato que sufren los equinos que tiran los carros.-
Que el municipio debe velar por la seguridad de los que conducen los carros, en su mayoría menores de edad y por todos los ciudadanos que transitan por las calles de la ciudad y proteger a los animales del maltrato.-
Que la mayoría de los carros además, no cumplen con las normas viales, por lo que se tornan aun más peligrosos.-
Que todos los días los equinos sufren maltrato atados a carros.-
Que muchas veces hembras de equinos han parido en plena calle.-
Que han muerto equinos por arrastrar el carro con su cuerpo enfermo y malherido.-
Que fueron encontrados dos caballos muertos y mutilados en un basural de nuestra ciudad.-
Que por las calles se puede observar a los caballos que tiran los carros desnutridos, deshidratados, con lesiones óseas
irreversibles, heridas y patas lastimadas por no contar con herraduras.-
Que las distintas agrupaciones han hecho presentaciones ante el municipio derivadas de esta problemática.
Que todos los días en cartas de lectores y denuncias ciudadanas nos enteramos de algún caso de maltrato a los caballos.-
Que somos sensibles a la situación económica por la que atraviesan los denominados cartoneros que utilizan estos animales para trabajar pero no podemos aceptar el maltrato a que son sometidos los caballos y el peligro que implica ese vehículo en las calles.-
Que es necesario en forma urgente prohibir este tipo de metodología pudiendo ser reemplazado el caballo y utilizarse otro método-
Que el municipio debe implementar un control para que esto no siga sucediendo.-
Que deberá disponer de un lugar adecuado con infraestructura apropiada, donde puedan ser curados los caballos, por personal especializado en equinos, que hoy están en muy mal estado de salud, para su recuperación.-
Que son las agrupaciones las que por su cuenta y costos se ocupan de ayudarlos y curarlos.-
Que se busca con el Proyecto de Ordenanza comenzar a dar un correcto marco jurídico a una situación irregular, como primer paso a un cambio que procure la inclusión social de un sector marginado, con un alto impacto ambiental, ético y social.-
Por ello el Boque Unión-Pro aconseja la aprobación del siguiente proyecto de
ORDENANZA
CAPITULO I
DEL PROGRAMA QUILMES 100% LIBRE DE MALTRATO ANIMAL
Articulo Nº1: Crease el programa Quilmes 100% Libre de Maltrato Animal
Articulo Nº2: Declarese al distrito de Quilmes Municipio no Eutanasico
Articulo N°3: Declarese al distrito de Quilmes Libre de Tracción a Sangre con ……………………Animales de Tiro
Articulo Nº4 : Declarese en el distrito de Quilmes de Interés Municipal la …………………….Protección Integral de los Animales.-
Articulo Nº5: Crease la Secretaria Municipal de Salud Animal
Articulo Nº6: Crease el Consejo Asesor Municipal Animal
Articulo Nº7: Crease el Parque Zoosananitario Municipal para Pequeños Animales ……………………y Equinos
Articulo Nº8: Impleméntese un numero de teléfono gratuito para recibir …………………….denuncias sobre Abuso y Maltrato Animal
Articulo Nº9: Crease la Policía Municipal Animal
Articulo Nº10: Crease el Consejo Asesor Municipal de Animales
Articulo Nº11: Crease el Cementerio de Animales de Quilmes
Articulo Nº12: Crease el Registro Único Municipal de Mascotas Gratuito y ……………………..Obligatorio
Articulo Nº13: Crease el Registro Único Municipal de Animales preparados para ……………………..Zooterapia y Equino terapia Gratuito y Obligatorio
Articulo Nº14: Crease el Registro Único Municipal de Tenedores de Perros ……………………..Peligrosos Gratuito y Obligatorio
Articulo Nº15: Crease el Registro Único Municipal de Criaderos de Perros ……………………..Obligatorio
Articulo Nº16: Crease el Registro Único Municipal de Paseadores de Perros ……………………..Obligatorio
Articulo Nº17:Crease el Registro Único Municipal de Animales Equinos Gratuito y ……………………..Obligatorio
Articulo Nº18: Crease el Registro Único Municipal de Tenencia y/o Propietarios ……………………..de Equinos Obligatorio
Articulo Nº19: Crease el Registro Único Municipal de Asociaciones Protectoras de ……………………..Animales y Entidades a tal fin Gratuito y Obligatorio
Articulo Nº20: Adóptese en el distrito de Quilmes como medio eficiente para el ……………………..control de la reproducción de animales domésticos, la practica de esterilización quirúrgica.-
Articulo Nº21: Definiciones: A los fines de esta Ordenanza se entiende por:
………………….1.- Animales Domésticos de Compañía: son aquellos que por sus hábitos, características físicas y sanitarias, pueden y se adaptan a convivir con el hombre, sirven de compañía al mismo, no son destinados al consumo, y no está prohibida su tenencia.-
2.- Perros Guías y/ o Lazarillos: aquellos utilizados por personas discapacitadas para poder circular.-
3.- Perro geronte: se denomina así a los perros de tamaño grande y mediano mayores de siete (7) años, y a los perros pequeños mayores de diez (10) años.-
4.- Perro vagabundo: Aquellos animales que se encuentran merodeando en vías y espacios públicos sin propietario conocido ni responsable a cargo, sea este último persona física o entidad proteccionista y sin identificación alguna que proporcione antecedentes de propiedad.-
5.-Perro comunitario: Aquellos animales que se encuentran merodeando en vías y espacios públicos y que es cuidado por vecinos.-
6.- Criadero de Perros: Todo establecimiento que cuente con uno o más de un ejemplar macho reproductor y/o con una o más de un ejemplar hembra en estado actual o potencial de gestación y/o lactancia, dedicado exclusivamente a la cría y el mantenimiento de perros con vista a su reproducción y posterior comercialización de los cachorros obtenidos.-
7.-Socializar: criar al animal en un entorno adecuado en contacto con distintas personas para permitirle la adaptación a múltiples situaciones variables.-
5.- Adiestrar: implementar un sistema, a través del cual, el ser humano pretende mantener cierto dominio sobre el animal, aplicando técnicas específicas con el objetivo de crear hábitos adecuados para la convivencia con seres humanos y favorecer el desarrollo de su inteligencia natural, en provecho del control sobre el animal por parte del propietario y/o tenedor responsable.-
8.- Instituciones Afines con los Animales Domésticos de Compañía: Asociaciones Protectoras, Grupos de Rescate y/o Resguardo, Colegio de Veterinarios, Instituciones educativas oficiales dedicadas a la enseñanza de Ciencias vinculadas con los Animales, entre otras.-
9.- Definición de animales en riesgo: Aquellos que por ser propietarios, personas de escasos recursos económicos comprobados, se vean imposibilitados de afrontar un método eficiente para el control reproductivo de sus animales. Será también condición de animales en riesgo los perros acogidos bajo responsabilidad de entidades proteccionistas registradas y reconocidas como tales, y en las que es menester un método definitivo para evitar la reproducción.-
CAPITULO II
DE LAS OBLIGACIONES
Articulo Nº22: El dueño o tenedor de un animal domestico o que lo tenga bajo ……………………..su cuidado y responsabilidad, deberá registrar al animal en forma obligatoria en el Registro Único de Mascotas. La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.-
Articulo Nº 23: Extremar las medidas de precaución a los fines de evitar a los ……………………….vecinos y a la comunidad en general, las molestias, inconvenientes y excesivos ruidos más allá del límite tolerable que pueda causar el animal, alterando la paz y tranquilidad de estos. En consecuencia se prohíbe dejar al animal solo en la vivienda o en lugares en los cuales se aloje durante lapsos que pongan en peligro su vida y su bienestar, y la tranquilidad y convivencia de los vecinos. La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.-
Articulo Nº 24: A los efectos de dar cumplimiento a la prohibición establecida en ………………………el artículo anterior, los vecinos afectados podrán denunciar los hechos o situaciones ante la autoridad municipal correspondiente. En tales casos, si no se lograre la paz y la tranquilidad pública, será obligatoria que los dueños, tenedores o responsables encomienden la guarda del animal a personas responsables o instituciones dedicadas a su atención o al Parque Zoosanitario Municipal. La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.-
Articulo Nº25: El dueño del animal doméstico o el que lo tenga a su cuidado está ……………………..en la obligación de retirar, recoger de las calles, avenidas, parques u otros lugares públicos las deposiciones o materias fecales de sus animales. Se prohíbe que los animales domésticos realicen sus deposiciones sobre las aceras, zonas verdes o restantes elementos de la vía pública destinados al paso o estancia de los ciudadanos. Los propietarios o tenedores de los animales deberán recoger y retirar los excrementos, limpiando la vía pública, aceras, zonas verdes, parques, etc. que hubiesen ensuciado.-
Los excrementos podrán:
1.- Incluirse en la basura por medio de la bolsa de recogida habitual.
2.- Depositarse sin envoltorio alguno en los lugares habilitados para los perros, si los hubiere.
3.- Depositarse dentro de bolsas perfectamente cerradas, en papeleras y contenedores.
La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.-
Articulo Nº26: Todo animal doméstico que fuese encontrado en un lugar publico ……………………..sin estar acompañado de su dueño o de alguna persona que vele por su cuidado, podrá ser recogido bien por la Policía Municipal de Animal, o por Asociaciones protectoras y deberan ser llevados al Parque zoosanitario Municipal. Los animales que ingresen al Parque Zoosanitario Municipal, y no sean reclamados por sus dueños en un lapso no menor de Ocho (8) días contados a partir de su captura, cumplidos los trámites legales atinentes a la localización del propietario, tenedor o responsable del animal serán registrados en el caso que no lo esten, castrados y entregados en adpcion.
Articulo Nº 27: Todo animal comunitario debe estar registrado como tal por tres ………………………vecinos, debiendo cumplir con las normas sanitarias si esto no se cumpliera se tomara al animal como vagabundo.-
Articulo Nº28: Todo animal doméstico, procedente de otras jurisdicciones que ---……………………..deban permanecer temporalmente en el Municipio de Quilmes, por más de noventa (90) días deberá estar acompañado de su propietario, tenedor o responsable de su cuidado, quedando obligado a portar el correspondiente registro de Vacunación vigente. . La violación de esta norma será sancionada con una multa leve.-
Articulo Nº29: Al transportar perros, gatos u otros animales domésticos dentro ……………………..de la jurisdicción de este Municipio, estos deberán portar la correspondiente chapa identificatoria y su Certificado de Vacunación Antirrábica. . La violación de esta norma será sancionada con una multa leve.-
Articulo Nº30:El Propietario, tenedor o responsable de un animal que haya sido objeto del procedimiento establecido en el art. 26 , deberá rembolsar al municipio los gastos ocasionados.
Articulo Nº 31: La Municipalidad considerará y podrá celebrar acuerdos o ………………………convenios con cualquier entidad, facultad veterinaria, (privada, pública o semipública) que ofrezcan soluciones a la problemática planteada en esta Ordenanza.-
Articulo Nº32: El Departamento Ejecutivo Municipal promoverá campañas de ……………………..educación en la comunidad sobre la forma en que deben ser tratados los animales, como así también de las necesidades de los mismos en cuanto a su correcto manejo. Esta debe ser aplicada desde los niveles escolares, en programas concertados con las autoridades educativas.-
Articulo Nº33: Igualmente, la Municipalidad realizará campañas masivas de ………………………divulgación donde se harán conocer las medidas dispuestas con respecto a los perros existentes en la vía pública.-
Articulo Nº34: Contar con un móvil de Salud, para efectuar emergencias, las ……………………..castraciones en la periferia y zonas de bajos recursos.-
Articulo Nº35: Los animales que se encuentren en la vía pública serán recogidos ……………………..por la Policía Municipal Animal ,con un vehículo adecuado para su traslado no traumático, quienes podrán solicitar el apoyo de veterinarios y/o de la sociedades protectoras de animales.-
Articulo Nº36: La presente Ordenanza podrá ser aplicada por extensión a ……………………..animales que aún sin ser caninos ni felinos, se encuentren dentro de la problemática que se desea prevenir, como animales de zoológico, circos u otras mascotas.-
Articulo Nº37: El tenedor de perros, gatos u otros animales con tenencia ……………………..permitida y que corresponda vacunarlos, deberá obtener dentro de los seis (6) primeros meses de vida del animal el correspondiente certificado de vacunación antirrábica, expedido por un médico veterinario en ejercicio de su profesión debidamente colegiado. La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.-
CAPITULO III
DE LA PROTECCION DE LOS ANIMALES
Articulo Nº 38 : Sólo se permitirá la circulación y permanencia de perros, gatos y ………………………otros animales domésticos en parques, plazas, avenidas, calles y otros lugares de uso público y privado cuando estén acompañados por su dueño, tenedor o persona que se haga responsable. Aquellos animales que por su especie lo requieran deberán estar sujetos con collar, cadena y usar bozal si su carácter agresivo lo requiere. Asimismo, deberán estar vacunados contra las enfermedades que señalen los organismos, nacionales, estatales y municipales competentes. Es obligatorio que los mismos usen chapas identificatorias. . La violación de esta norma será sancionada con una multa grave.-
Articulo Nº 39: El dueño, o el que tenga en su cuidado un animal deberá ………………………atenderlo, alimentarlo y cumplir con todas las medidas profilácticas higiénico- sanitarias que las autoridades nacionales, estatales o municipales determinen. . La violación de esta norma será sancionada con una multa gravisima.-
Articulo Nº 40: En ningún caso el dueño del animal, o quien lo tenga bajo su ………………………responsabilidad, podrá:
1. Arrojarlo en la vía pública ni vivo ni muerto.-
2. Maltratarlo, agredirlo físicamente o someterlo a cualquier otra acción que le ocasione sufrimiento o daño.-
3. Privarlo de aire, luz, sombra o alimentos, movimiento, espacio suficiente, abrigo o higiene.-
4. Practicarle mutilaciones, excepto las controladas por médicos veterinarios, y sólo en caso de necesidad para salvar la "Vida del animal".-
5. Usar animales cautivos como blanco de tiros, con objetos capaces de causarle daño o la muerte, con arma de fuego o cualquier otro instrumento.-
6. Castrar animales cuando quien lo realice no sea médico veterinario debiendo ser previamente insensibilizados con anestesia.-
7. Usar animales en prácticas de hechicería, causándoles dolor, sufrimiento o muerte.-
8. Eliminar animales con sustancias que les provoque agonía dolorosa y prolongada-
9. Utilizar para cualquier atracción, actividad, carga, monta o espectáculos a un animal ciego, herido, viejo o enfermo.-
10. Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles el descanso físico adecuado.-
11. Ejercer el comercio ambulante de animales.-
12. Vender animales a niños, niñas y adolescentes, entredichos, inhabilitados, salvo que lo haga a sus representantes legales quienes se responsabilizarán ante el vendedor de la adecuada subsistencia y cuido del animal.-
13. Obligar a los animales a ingerir excesivas dosis de alimentos, así como suministrarle cualquier sustancia para alterar sus funciones digestivas o características físicas para destinarles a la matanza.-
14. Practicar riñas entre animales.-
15. Utilizar al animal como elemento de carga utilizar a los animales en cualquier trabajo de cargo paseo o diversión en el distrito de Quilmes salvo aquellos casos expresamente autorizados en la presente ordenanza.-
La violación de estas normas serán sancionadas con una multa gravisima.-
Articulo Nº41: Prohíbanse en todo el ámbito del Partido de Quilmes los ……………………..espectáculos circenses o similares, cuando entre sus números artísticos figuren animales como protagonistas o partícipes-. La violación de esta norma será sancionada con una multa gravísima.-
Articulo Nº42: Sin prejuicios de las disposiciones previstas en la Ley de ……………………..Protección a la Fauna Silvestre, queda prohibida la tenencia de animales salvajes o no domésticos sean o no autóctonos en el distrito de Quilmes
Los animales no domésticos que sean encontrados en tales condiciones serán entregados inmediatamente a los organismo competentes de conformidad por lo dispuesto en las mencionadas leyes especiales . La violación de esta norma será sancionada con una multa gravisima.-
Articulo Nº43:La permanencia de animales domésticos en establecimientos ……………………..públicos o privados estará sujeta a la normativa que al respecto dicten las autoridades y/o encargados, y en el caso de espacios privados los dueños o responsables de los lugares, debiéndose establecer las pautas y exhibir los correspondientes reglamentos en lugar visible y destacado en caso contrario se considerara q no existe impedimento para el acceso o permanencia de los mismos. La prohibición prevista en este articulo, rige para los establecimientos comerciales o industriales, de oficinas, bares, restaurantes y similares..., solo durante las horas laborables de los mismos. Están exentos los animales que impliquen fines educativos, terapéuticos o de readaptación y los que presten un servicio social como lazarillos o función similar. La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.-
Articulo Nº44: El sacrificio destinado al consumo humano se hará por métodos, ……………………..que no entrañen crueldad, sufrimiento o prolongación de la agonía. Deberá efectuarse en locales adecuados y específicamente previstos para tal efecto. Queda prohibido que menores sacrifiquen animales o presencien el acto del sacrificio. Esta disposición es aplicable a cualquier animal. Queda expresamente prohibido el sacrificio de hembras preñadas . La violación de esta norma será sancionada con una multa grave.-
A los efectos de esta ordenanza se entiende por eutanasia o sacrificio eutanásico de un animal, provocar la muerte del mismo sin dolor o sufrimiento.-
Articulo Nº45: Se prohíbe la tenencia, transporte, venta, comercio interno y ……………………….exportación de animales salvajes y silvestres en las áreas urbanas del Municipio de Quilmes. Asimismo se prohíbe sustraerlos de su hábitat natural con fines de cautiverios. La violación de esta norma será sancionada con una multa grave.-
Todo ciudadano tiene derecho de denunciar la violación de este artículo ante La autoridad habilitante de esta ordenanza a fin de que practiquen el decomiso de las especies animales comercializadas y de ser posible gestionar su devolución a su hábitat natural, aplicándose las previstas en estas ordenanzas y en la Ley.-
CAPITULO IV
DE LA MATRICULACION DE PERROS, GATOS Y OTROS ANIMALES DOMESTICOS.
Del registro Único Municipal de Mascotas
Articulo Nº 46:El Departamento Ejecutivo establecerá el alcance de la categorización e informará a la población de las obligaciones emergentes Se podrá acceder al formulario y realizar la correspondiente inscripción tanto personalmente o desde la página Web del municipio.-
Articulo Nº47:El municipio en conjunto con las entidades protectoras la policía Municipal Animal y el Parque Zoosanitario Municipal serán los encargados de registrar a los perros vagabundos del distrito de Quilmes la inscripción La chapa identificadora y el tatuaje identificatorio de castración se harán en forma gratuita dichos animales serán enviados a los lugares q esta ordenanza específica para ser dados en adopción ,ya sea a tenedores responsables o a instituciones con fines terapéuticos.-
Articulo Nº48:Los perros, gatos u otros animales domésticos que circulen en .......................jurisdicción del Municipio de Quilmes deberán ser registrados por sus dueños, tenedores o representantes, ante el Registro Único Municipal de Mascotas , dentro de los primeros cuatro (4) meses de vida del animal. . La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.-
Articulo Nº49: A los efectos de efectuar el registro correspondiente, el ……………………..propietario o tenedor responsable deberá consignar el certificado de vacunación antirrábica vigente expedido por la autoridad sanitaria o por un médico veterinario en ejercicio de la profesión, quien entregará la tarjeta sanitaria respectiva. Registro Único Municipal de Mascotas una vez registrado el animal expedirá una chapa metálica de registro, que deberá portar el animal para poder salir a la calle.-
Articulo Nº50:La tarjeta sanitaria de Registro estará debidamente numerada y ……………………..especificará los siguientes datos minimos:
1. Identificación del domicilio del propietario del animal.
2. La reseña del animal con indicación de edad, nombre, raza, color y sexo.
3. Datos de vacunación, en la cual se dará prioridad a la vacunación antirrábica si fuere el caso y la de su expiración y lote de vacuna.
4. Identificación del médico veterinario que efectuó la vacunación antirrábica.-
La tarjeta sanitaria será permanente y en ella se incorporarán periódicamente los datos relativos a la vacunación.
Articulo Nº51: La chapa metálica de registro tendrá grabado el código y el ………………………número asignado en forma exclusiva al animal y la fecha de inscripción en el registro.-
Articulo Nº52 :Los perros vagabundos, los comunitarios y los que estén en ……………………….adopción y hayan sido castrados deberán no solo poseer la chapa identificatoria sino se deberá emplear la identificación por medio de tatuaje indoloro.-
Articulo Nº53: No están sujetos al registro previsto en esta ordenanza los perros ………………………y gatos que estén transitando por el Municipio de Quilmes por un tiempo no mayor de noventa (90) días.
Articulo Nº54: Están exentos del registro gratuito Las compañías privadas de ……………………..vigilancia canina quienes deben registrar a los canes en forma obligatoria ,con un costo que se establecerá por vía reglamentaria el monto será destinado al Programa 100% Libre De Maltrato Animal. Así mismo para registrar a los canes deben cumplir con las condiciones sanitarias detalladas en esta ordenanza los perros que utilicen para la prestación de su servicio deben estar suficientemente entrenados para la vigilancia en cuestión. La empresa velará por la alimentación y salvedad adecuada que garanticen el bienestar de los animales. La violación de esta norma será sancionada con una multa grave.-
Articulo Nº55: La inscripción en el sistema de identificación de animales, no ………………………podrá ser utilizada para el cobro de impuesto, tasa o pago alguno a partir de la vigencia de la presente ordenanza.
CAPITULO V
DE LA CAPTURA, ALOJAMIENTO Y DESTINO POSTERIORES DE PERROS Y GATOS y EQUINOS
Articulo Nº56:El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Policía ……………………..Municipal Animal y el Parque Zoosanitario Municipal en conjunto con el Consejo Asesor Municipal Animal , y las Asociaciones Protectoras de Animales procederá a la captura, alojamiento y destino posterior, de todo perro suelto en la vía pública y que no reúna los requisitos de identificación
Articulo Nº57: Para la captura, el personal afín deberá contar con los elementos ……………………..indispensables mínimos, como son: lazos, collares, bozales, medios de transporte (jaulones móviles y un sistema de camillas para traslado hasta el vehículo de aquellos que hubiesen sido hallados en estado inadecuado de salud) y un lugar físico para el primer alojamiento dentro del mismo, además de incorporar elementos sedantes para aquellos animales que manifiesten resistencia o agresividad acentuada, los cuales serán manejados por personal adecuadamente entrenado o por un profesional veterinario. Debe utilizarse como primer método de captura la persuasión del animal
Articulo Nº58: El alojamiento se efectuará en el Parque Zoosanitario Animal, ……………………..dependencias o un sitio dependiente de la Municipalidad destinado para tal fin (albergue de la Asociación Protectora de Animales o de otra entidad que reúna las condiciones, previa suscripción del convenio pertinente), durante un periodo de tres días en los cuales el animal será debidamente identificado en forma indeleble para que en caso de una posterior captura se multe a su dueño por reincidente, es decir por permitir que su perro transite nuevamente por la vía pública sin los medios de contención adecuados, la compañía de su dueño o de alguien responsable por la conducta del mismo
Articulo Nº 59: El perro que sea recogido como mordedor deberá ser alojado en ……………………..lugares independientes de los otros animales y ser sometido a observación veterinaria durante un periodo no inferior a los diez (10) días, además se deberá notificar a su dueño, si es que lo tuviera, de tal situación quien deberá costear los gastos que la estadía y la atención demanden. Los animales que no fueran retirados en los plazos previstos, según su condición y los que superen la observación veterinaria, serán dados en adopción a nuevos dueños o a la Asociación Protectora de Animales para que continúen con los cuidados de los mismos.
CAPÍTULO VI
RECOLECCIÓN DE ANIMALES EXTRAVIADOS Y/O ABANDONADOS
Articulo Nº 60:La Autoridad Municipal Competente deberá instrumentar las ……………………..medidas necesarias, tendientes a la creación de un predio y/o a la adecuación de un predio ya existente y/o de propiedad de las instituciones afines con las que oportunamente se celebraren convenios, para la internación y atención transitoria de los animales extraviados y/o abandonados en la vía pública
Articulo Nº 61: Los Animales Domésticos de Compañía que fueren hallados ………………………sueltos en la vía pública serán recogidos por personal Municipal o personal de las instituciones afines, y serán conducidos a los lugares mencionados en esta ordenanza para su internación transitoria animal doméstico que tuviera residencia habitual en la calle o lugares públicos sin propietario identificado, será reconocido en la categoría de "animal comunitario" con residencia en el sitio, el que deberá estar debidamente inscripto en el Registro Único Municipal Animal
Articulo Nº62: Para considerarse a los mismos dentro de la presente categoría, ………………………deberá presentarse una planilla con la firma de por lo menos 3 personas, todas domiciliadas en la zona de hábitat del animal, y cada una en domicilios distintos, quienes deberán hacerse solidariamente responsables de los daños que el perro pudiera ocasionar, siendo sus obligaciones:
1.- Cumplimentar con la totalidad de los preceptos de la presente ordenanza.
2.- Tomar a su cargo la manutención del animal.
3.-Acreditar la castración del animal. Mediante tatuaje indoloro
Articulo Nº63: Todo animal capturado podrá ser restituido a su propietario y/o ……………………..tenedor responsable dentro de los ocho (8) días, debiendo cumplir los responsables del predio con los siguientes requisitos:
1.-Realizar la evaluación clínica del animal por un Profesional Veterinario Matriculado.
2.- Administrar las vacunas obligatorias y desparasitarlo, de no tenerse prueba documentada del estado sanitario.
3.- Realizar las tareas necesarias para la localización de los propietarios y/o tenedores responsables de los animales capturados sin identificación cuando se obtuviese alguna información al respecto.
4.- Identificar y registrar en el Registro Único Municipal de Mascotas a los animales sin identificación.
5.- Notificar al propietario y/o tenedor responsable sobre las medidas preventivas contra la rabia y otras zoonosis.
6.- Notificar al propietario y/o tenedor responsable de las infracciones cometidas y dar aviso a la Autoridad Municipal Competente de las mismas.
Todos los costos que el cumplimiento de este Artículo produjese, inclusive el de la manutención durante la internación en el predio deberán ser abonados por el propietario y/o tenedor responsable del animal secuestrado previo a su restitución.
Articulo Nº64 :Vencido el plazo establecido en el Artículo precedente sin que los ……………………….animales hubieren sido reclamados por sus propietarios o tenedores responsables, y cumplimentados los requisitos estipulados en el mismo, se procederá a lo siguiente:
1.-Los que hubieren sido identificados, serán restituidos a sus propietarios y/o tenedores responsables. Los no identificados, quedarán en situación de adopción.
2.-Los requisitos necesarios para la mencionada adopción serán fijados por vía reglamentaria.
3.-En este caso, las personas que adopten un perro no deberán abonar ninguna cantidad por gastos ocasionados o sanciones pendientes
CAPITULO VII
DEL TRASLADO DE ANIMALES VIVOS
Articulo Nº65: El traslado de los animales vivos con fines comerciales en ………………………cualquier tipo de vehículo, obliga a emplear en todo momento procedimientos que no entrañen crueldad, malos tratos, fatiga extrema carencia de descanso, bebida o alimentos para los animales transportados, por ende, queda estrictamente prohibido transportar animales arrastrándolos suspendidos de los miembros superiores o inferiores, en costales o en cajuelas de automóviles, y tratándose de aves, con las alas cruzadas. . La violación de esta norma será sancionada con una multa gravisima.-
Articulo Nº66: Para el transporte de cuadrúpedos, se emplearán vehículos que ……………………..los protejan del sol y la lluvia. Para el caso de animales más pequeños, las transportadoras deberán tener ventilación y amplitud y su construcción será lo suficientemente sólida y cómoda
Articulo Nº67: Por ningún motivo los receptáculos conteniendo animales, serán ……………………..arrojados de cualquier altura y las operaciones de carga, descarga o traslado, deberán hacerse evitando todo movimiento brusco, conforme a las normas de esta ordenanza . La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.-
Articulo Nº68:En el caso de animales transportados que fueran detenidos en su ……………………..camino o se demorara su descarga por complicaciones accidentales, fortuitas o administrativas, se les deberá proporcionar en lo posible, abrevaderos y alimentos hasta que sea solucionado el conflicto y puedan proseguir a su destino, sean descargados o bien entregados a instituciones autorizadas para su custodia y disposición.
Articulo Nº69: Quedan estrictamente prohibidas las prácticas dolorosas o ……………………..rutilantes en animales vivos con el objeto de hacinarlos en un espacio reducido para su traslado. La violación de esta norma será sancionada con una multa gravisima.-
Articulo Nº70:Queda prohibido dejar animales enjaulados en las bodegas de las ......................compañías transportistas o en los carros o camiones por un lapso de tiempo mayor de 6 horas para las aves y 4 horas para las demás especies sin proporcionarles agua, alimentos y espacio suficiente para que puedan descansar sueltos por un periodo mínimo de 4 horas consecutivas. . La violación de esta norma será sancionada con una multa grave.-
Articulo Nº71: Tratándose del traslado de animales en autotransportes, se ……………………..deberá dejar un espacio suficiente entre el flete y las jaulas o transportadores para la libre respiración de los animales. . La violación de esta norma será sancionada con una multa grave.-
Articulo Nº72: En el transporte se deberá contar con ventilación y pisos ……………………..antiderrapantes.
Articulo Nº73: Para el caso de la transportación de animales pequeños las jaulas ……………………..que se empleen, deberán tener ventilación y amplitud suficiente para que puedan ir de pie o descansar echados. Asimismo para el transporte de cuadrúpedos es necesario que el vehículo que se utilice tenga el espacio suficiente para permitirle viajar sin maltrato y con posibilidad de echarse. La violación de esta sera sancionada con una multa grave
Articulo Nº74: La carga o descarga de animales deberá hacerse por medio de ………………………plataformas a los mismos niveles o elevadores de paso o arribo, o bien por medio de pequeños vehículos o elevadores con las mismas características. Sólo en los casos de que no exista esta posibilidad, se utilizarán rampas con la menor pendiente y con las superficies antiderrapantes. La violación de esta norma sera sancionada con una multa grave.-
Articulo Nº75: El transporte y movilización de animales domésticos en ……………………..jurisdicción del Municipio de Quilmes sólo podrá hacerse en vehículos particulares o en transportes para carga. Queda prohibida la movilización de animales, en unidades destinadas a transportar alimentos y medicinas. Igualmente queda prohibido transportarlos en unidades de transporte público. La violación de esta norma sera sancionada con una multa grave.-
Articulo Nº76:Se prohíbe el transporte de animales hembras en avanzado estado ……………………..de preñez, salvo en caso de emergencia en los cuales sea necesario su traslado. Si se tratase de animales que pertenezcan a distintas especies que vayan en el mismo medio de transporte, los animales deberán separarse físicamente. las hembras con sus cría o las que amamantan, separadas de las otras hembras. Los animales no deben ser transportados conjuntamente con mercancías. . La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.-
Articulo Nº77:Cuando se trate de viajes o traslados de varias horas, antes de la ……………………..carga, los animales deberán ser inspeccionados por un médico veterinario colegiado, que asegure su aptitud para el viaje. La carga de animales deberá ejecutarse bajo las normas previstas en esta ordenanza. El veterinario expedirá un certificado en el que conste la identificación de los animales, su aptitud para el viaje y las características del medio de transporte a utilizar, este certificado será presentado ante el Parque Zoosanitario Municipal quien expedirá un permiso para su traslado. La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.-
CAPITULO VIII
DE LOS ZOOLOGICOS, .CIRCOS, FERIAS, ACUARIOS Y DE LA FAUNA SILVESTRE
Articulo Nº78:Las disposiciones previstas en esta ordenanza referidas a la ……………………..protección de los animales se aplicará a los cautivos en los zoológicos, circos, ferias, acuarios y de la fauna silvestre, independientemente del uso de animal o fauna que se encuentre en ellos, sea o no autóctono de Argentina
Articulo Nº79:Las personas que ofrezcan a los animales cualquier base de …………………….alimentos u objetos, cuya ingestión puedan causar daños o enfermedad a estos, serán sancionadas con multa grave, además, en caso de muerte del animal, que pagar su valor como bien patrimonial al propietario o dueño del mismo.-
Articulo Nº80: Los lugares autorizados para la venta de animales deberán …………………….mantenerlos en locales suficientemente amplios que le permitan libertad de movimientos. Durante su traslado no podrán ser inmovilizados en posición antinatural que les ocasiones sufrimientos y lesiones, provistos de suficiente luz y espacio para respirar. La violación de esta norma sera sancionada con una multa grave.-
Articulo Nº81:Se prohíbe la tenencia de animales salvajes en todo el distrito ……………………..de Quilmes . La violación de esta norma será sancionada con una multa gravisima.-
CAPITULO IX
DEL USO DE ANIMALES EN EXPERIMENTACION
Articulo Nº82: Sólo se podrá utilizar animales vivos en experimentos, realizados ……………………..en lugares idóneos destinados para ello, que sean imprescindibles para el estudio y avance de la ciencia, siempre que se demuestre que los mismos tienden al control, prevención, diagnóstico o tratamiento de enfermedades que afectan al hombre y a los animales. En todo caso, las condiciones higiénicas- sanitarias deberán ser óptimas, tanto respecto al personal competente que intervenga en tales experimentos, como para los animales. La violación de esta norma sera sancionada con una multa gravisima.-
Articulo Nº83:La actividad científica que requiera el uso de animales sólo podrá ……………………….ser realizada por Centros o Laboratorios de Experimentación, Hospitales, Universidades Públicas y Privadas, principalmente bajo el asesoramiento de expertos en Zootecnia, Veterinaria, Medicina u otra carrera científica e involucrar a las Facultades de Ciencias Veterinarias de todas las Universidades Públicas y Privadas y Escuelas de Zootecnia.
Articulo Nº84:Queda prohibida la vivisección (el acto o práctica de hacer ......................operaciones quirúrgicas en animales vivos con el propósito de llevar a cabo una investigación psicológica o demostración, exanimación o crítica sin piedad y minuciosa") y disección (es la división en partes de un animal muerto para examinarlos y estudiar sus órganos) de animales por personas que no hayan sido debidamente autorizadas para ello por los organismos de institutos competentes, de acuerdo a la Ley. La violación de esta norma será sancionada con una multa gravisima.-
Articulo Nº85: Queda prohibido abandonar a un animal después de haber sido ......................utilizado en experimentación. La violación de esta norma sera sancionada con una multa grave.-
Articulo Nº86:Se prohíbe el uso de animales en ensayos y experimentos, cuando ……………………..existan métodos alternativos, tales como, Pruebas In Vitro, modelos computarizados, videos, fotografías y demás técnicas idóneas permitidas para estos fines. La violación de esta norma será sancionada con una multa grave.-
CAPITULO X
DE LOS ANIMALES PELIGROSOS
Articulo Nº87: Se consideran animales potencialmente peligrosos todos los que, ……………………..siendo utilizados como animales domésticos, de compañía o de vigilancia, con independencia de su agresividad o de la especie o raza a la que pertenezcan, se encuentren al menos en alguno de los supuestos siguientes:
1.- Animales con antecedentes de agresiones o violencia con personas u otros animales.
2.- Animales adiestrados en la defensa o ataque.
3.- Los perros pertenecientes a una tipología racial, que por su carácter agresivo, tamaño potencia de mandíbula, tengan capacidad de causar la muerte o lesiones graves a las personas o a otros animales y daños a las cosas.
4.-En particular se consideran incluidos en esta categoría, los perros que, siendo de raza pura o nacidos de cruces interracial es poseen alguna de estas Características fisionómicas :fuerte musculatura, marcado carácter, pelo corto, tórax entre 60 y 80 cm. altura entre 50 y 70 cm, peso superior a 30 Kg, cabeza voluminosa, cuboides robusta, cráneo ancho y grande, mandíbulas grandes y fuertes boca ancha y profunda, cuello ancho musculoso y corto, extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente larga, formando un Angulo moderado ejemplo: dogo argentino pitbullterrier,rotweiler, doberman,mastin,dogo de burdeos, etc.-
Articulo Nº 88:La tenencia de animales potencialmente peligrosos por personas ………………………que residan o que desarrollen una actividad de comercio o adiestramiento en este municipio, deberán registrarse obligatoriamente, por sus dueños, tenedores o representantes ante el Registro Único Municipal Tenedores de Animales Peligrosos, dentro de los primeros cuatro (4) meses de vida del animal. La violación de esta norma será sancionada con una multa grave.-
Articulo Nº89: A los efectos de efectuar el registro correspondiente, el ……………………..propietario o tenedor responsable deberá consignar:
1.- Datos del animal:
2.- Datos identificativos:
3.-Tipo de animal y raza.
4.-Nombre.
5.- Fecha de nacimiento.
6.- Sexo.
7.- Color.
8.- Signos Particulares (manchas, marcas, cicatrices, etc.).
9.- Certificado de vacunación vigente expedido por la autoridad sanitaria o por un médico veterinario en ejercicio de la profesión, quien entregará la tarjeta sanitaria respectiva. 10.- Lugar habitual de residencia.
11.- Destino del animal (compañía, guarda o vigilancia, protección, defensa,
manejo de ganado, caza, etc.). 12.- Documento Nacional de Identidad cuando se trate de personas físicas , o del representante legal, cuando se trate de personas jurídicas.
13. Poder de representación suficiente, si se actúa en representación de otra persona.
14.- Escritura de constitución de entidad jurídica y número de identificación fiscal. En caso de tratarse de personas jurídicas 15.- Certificado de capacitación en el caso de adiestradores.
16.- En el supuesto de personas, establecimientos o asociaciones dedicados al adiestramiento, cría, venta, residencia o mantenimiento temporal de animales, deberán aportar la acreditación correspondiente.
17.-Localización de los locales o viviendas que habrán de albergar a los animales, con indicación de las medidas de seguridad adoptadas. 18.- Certificado de antecedentes penales. No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública o asociación con banda armada. 19.-No haber sido anteriormente sancionado por infracciones graves en materia de tenencia de animales 20.-Certificado de aptitud psicológica para la tenencia de animales de estas características, expedido por psicólogo colegiado.
21.- Identificación del domicilio del propietario del animal.
Articulo Nº90: Para poder albergar a los perros potencialmente peligrosos, las ………………………..instalaciones deberán tener las siguientes características:
1-Las paredes y vallas deben ser suficientemente altas y consistentes y deben estar fijadas a fin de soportar el peso y la presión del animal.
2.-Las puertas de las instalaciones deben ser tan resistentes y efectivas como el resto del contorno y deben diseñarse para evitar que los animales puedan desencajar o abrir ellos mismos los mecanismos de seguridad.
3.-El recinto debe estar convenientemente señalizado con la advertencia de que hay un perro de este tipo. En caso de que la instalación tenga rejas, las mismas no deberán permitir que la boca del animal la atraviese.
La violación de estas normas serán sancionadas con una multa grave.-
Articulo Nº91:Se comprobará la idoneidad y seguridad de los locales o ………………………viviendas que habrán de albergar a los animales, mediante la supervisión de la autoridad competente
Articulo Nº92:La Policía Municipal de Mascotas en conjunto con el Concejo ………………………..Asesor de Mascotas y la colaboración de las Asociaciones Protectoras de animales consignará los resultados de su inspección
expidiendo un informe que describa la situación del inmueble y, en su caso, las medida de seguridad que sea necesario adoptar en el mismo y el plazo para su ejecución. De dicho informe se dará traslado al interesado para que ejecute las obras precisas o adopte las medidas consignadas en el informe técnico, en el término que en el mismo se establezca, decretándose la suspensión de la habilitación para el tenedor de animales peligrosos hasta tanto se certifique su cumplimiento.-
Articulo Nº93: Corresponde al municipio, a la vista del expediente tramitado, ……………………….resolver, de forma motivada, sobre la concesión o denegación de la licencia. Dicha resolución deberá notificarse al interesado en el plazo máximo de un mes, contado desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro Único de Animales Peligrosos la licencia expedida será registrada y dotada de un número de identificación.-
Articulo Nº94:Si se denegase la licencia a un solicitante que estuviere en ……………………...posesión de un animal potencialmente peligroso, en la misma resolución denegatoria se acordará la obligación de su tenedor de entregarlo inmediatamente al Parque zoosanitario Municipal para ser asistido, esterilizado y darlo en tenencia responsable.
Articulo Nº95: Los responsables de animales inscritos en el Registro, deberán ……………………….comunicar cualquier cambio de residencia permanente o por más de tres meses, la esterilización, enfermedad o muerte del animal, así como cualquier incidencia reseñable en relación con el comportamiento o situación del animal; sin perjuicio de que la Administración, de oficio, practique la anotación de las circunstancias de que tenga conocimiento por sus medios, por comunicación de otras autoridades o por denuncia de particulares en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos. La violación de esta norma será sancionada La violación de esta norma sera sancionada con una multa moderada.-
Articulo Nº96: El Registro Único de Animales Peligrosos otorgara una chapa ……………………metálica de registro tendrá grabado el código y el número asignado en forma exclusiva al animal y la fecha de inscripción en el registro y su condición de animal potencialmente peligroso.-
Articulo Nº97: No estarán sujetos al registro previsto en esta ordenanza los ………………………..perros que estén transitando por el Municipio de Quilmes por un tiempo no mayor de treinta (30) días.
Articulo Nº 98: Las compañías privadas de vigilancia canina están en obligación ………………………..de estar suficientemente entrenados para la vigilancia en cuestión. La empresa velará por la alimentación y salvedad adecuada que garanticen el bienestar de los animales. La violación de esta norma será sancionada con una multa gravisima.-
Articulo Nº99: Los animales deberán estar en todo momento provistos de su ……………………….correspondiente identificación. La violación de esta norma será La violación de esta norma sera sancionada con una multa moderada.-
Articulo Nº 100: Será obligatoria la utilización de correa o cadena de menos de ………………………..dos metros de longitud, así como un bozal homologado y adecuado para su raza. La violación de esta norma será sancionada con una multa leve.-
Articulo Nº 101:En ningún caso podrán ser conducidos por menores de edad.
Articulo Nº102:Se deberá evitar que los animales se aproximen a las personas a ……………………….distancia inferior a un metro, salvo consentimiento expreso de aquellos, y en todo caso, a los menores de dieciocho años si éstos no van acompañados de una persona adulta.
Articulo Nº103:Se evitará cualquier incitación a los animales para arremeter ……………………….contra las personas u otros animales.
Articulo Nº 104: Se prohíbe la presencia y circulación de estos animales en …………………………parques y jardines públicos, así como en las inmediaciones de centros escolares, guarderías infantiles, mercados, centros recreativos o deportivos y en general en las zonas públicas caracterizadas por un tránsito intenso de personas, entre las 7 y las 22 horas. La violación de esta norma será sancionada con una multa grave.-
Articulo Nº 105: Exceptuados de esta obligación están a los perros ……………………….pertenecientes a las Fuerzas Armadas y de Seguridad del Estado.
Articulo Nº 106: El perro no podrá ser dejado en lugares comunes de inmuebles ………………………...que pertenezcan a más de un propietario y tampoco abandonado, atado o obligado a cumplir horas de trabajo de guardia sin los descansos pertinentes. La violación de esta norma sera sancionada con una multa grave.-
CAPÍTULO XI
DE LOS CRIADEROS DE MASCOTAS
Articulo Nº107: En el Registro de Criaderos de mascotas deberán inscribirse todas aquellas personas o establecimientos dedicados a esta actividad. Este registro es de carácter obligatorio y el costo del mismo se establecerá por vía reglamentaria. El monto será destinado al Programa 100% Libre De Maltrato Animal
Articulo Nº108: Es obligación de los criadores de mascotas informar de cada ………………………nacimiento mediante un informe de camada por animal en el registro único de mascotas al momento de nacimiento en caso de fallecimiento debe informarse motivo y causa del deceso. La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.
Articulo Nº 109: Para obtener los permisos, los criadores de mascotas deben dar ……………………….su consentimiento a una inspección de sus instalaciones . Los criadores también estarían sujetos a inspecciones anuales al recibir la autorización.
Articulo Nº110: A las hembras utilizadas para la reproducción deberá dársele un descanso de 18 meses entre los ciclos de cría. La violación de esta norma será sancionada con una multa gravisima.-
Articulo Nº111: La habilitación para el funcionamiento del criadero, estará sujeta ………………………..a una Evaluación de Impacto Ambiental por parte de las autoridades competentes
Articulo Nº112: A los fines de la presente ordenanza se considerará perro ………………………..pequeño a aquel que pesa hasta dieciséis (16) kilogramos; perro mediano a aquel que pesa entre dieciséis (16) y veintitrés (23) kilogramos y perro grande a aquel que pesa más de veintitrés (23) kilogramos
Articulo Nº 113: Sin perjuicio de lo establecido en la presente Ordenanza, los …………………………criaderos de perros deberán satisfacer los siguientes requisitos:
1.- Estar cercados por una pared de material o vallado perimetral de alambre de malla adecuadamente cubierta, que impida la salida de los animales del ámbito habilitado.
2.-Tener una superficie mínima por cada animal de ocho con cincuenta (8,50) metros cuadrados para los perros grandes; siete con cincuenta (7,50) metros cuadrados para los medianos y seis (6) metros cuadrados para los pequeños. Se deberá destinar un cincuenta por ciento (50 %) de la misma para la circulación de los animales cuando éstos no se encuentren dentro de sus respectivos caniles. El interior básico de un criadero deberá incluir varias áreas de trabajo, además de pasillos y caniles.
3.- Poseer espacios verdes convenientemente forestados en el sector de estacas o agarraderas, para la tenencia al aire libre de los animales en horas del día.
4.- Permitir la fácil limpieza de las distintas áreas de trabajo, pasillos, caniles y demás instalaciones; y garantizar la existencia de medios apropiados de desinfección, desinsectación, desratización y de eliminación de excrementos y aguas residuales, de manera que no comporten peligro para la salud pública, lo que será establecido por vía reglamentaria.
5.-Disponer de servicio de agua potable. En el caso de no disponer de este servicio, deberán gestionar los medios y autorizaciones necesarias por ante la autoridad competente, a fin de garantizar un mínimo de 30 litros por animal y por día.
6.- Tener habilitada un área especial destinada a la limpieza y baño de los animales, la que deberá cumplir con los requisitos exigidos en el apartado correspondiente a los caniles.
7.- Disponer de un espacio determinado, previamente habilitado y distante a más de 10 mts. del resto de los caniles, como área de cuarentena para el aislamiento de aquellos animales que presenten evidencia clínica de padecer enfermedad infecto-contagiosa, y de modo especial, zoonosis transmisibles al hombre
La violación de estas normas será sancionada con una multa gravísimas.-
Articulo Nº114: Durante la noche, los perros deberán estar albergados en sus ………………………..respectivos caniles, exceptuándose de esta obligación solo a un número de animales proporcional a la superficie del criadero, los cuales podrán quedar sueltos dentro del establecimiento como guardianes. Dicha proporcionalidad, será de un animal cada cincuenta (50) mts.2 La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.
Articulo Nº 115: En caso de deceso de algún animal deberán tomarse ………………………..los recaudos necesarios a fin de garantizar la destrucción y eliminación higiénica de los cadáveres de los animales e informar al Registro Único de Mascota causa y motivo de deceso de los animales La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.
Articulo Nº 116:Los caniles serán individuales y deberán tener las siguientes …………………………características:
1) Superficie mínima:
1.a. Para perros grandes: 2,50 mts (largo) por 2,50 mts (ancho) ó 6,25 mts2
1.b. Para perros medianos: 1,80 mts (largo) por 1,50 mts (ancho) ó 2,70 mts2
1.c. Para perros pequeños: 1,50 mts (largo) por 1,30 mts. (ancho) ó 1,95 mts2
2) Pisos:
2.a. Los pisos deben tener un declive hacia el desagüe para evitar la acumulación de agua en las perreras.
2.b. Los pisos deben ser de textura lisa, de hormigón sellado, no poroso, o de algún otro material no poroso que pueda desinfectarse.
3) Paredes:
3.a. Las paredes entre los caniles deben tener una altura de por lo menos 1,20 mts. y deben evitar que fluya agua y material de desecho entre una perrera y otra.
3.b. Para las paredes entre los caniles, deberá utilizarse material no poroso, y que no produzca daño a los animales.
3.c. Deberá agregarse una cadena o malla metálica que en altura sobrepase al menos 60 cm. a las paredes de los caniles. Los caniles deben recubrirse con malla hexagonal o malla metálica para contener a los animales en celo o a los que podrían saltar o trepar las paredes.
4) Desagües:
4.a. Los caniles deberán poseer cañerías y desagües apropiados para el volumen de material necesario para la limpieza diaria.
4.b. Los desagües de cada unidad de los caniles deben estar construidos de manera que no sea posible la contaminación cruzada por la orina o materia fecal.
5) Ventilación: Los caniles deberán contar con ventilación adecuada, refrigeración y calefacción, según sea necesario y conforme a la estación climática, de manera que los animales no sufran las intemperancias del clima
La violación de estas normas será sancionada con una multa gravísima.-
Articulo Nº 117:Los criaderos deberán contar con la habilitación propia de los ………………………..establecimientos comerciales y con un asesor veterinario matriculado con domicilio real en la Ciudad de Quilmes, que será responsable del estado sanitario de los animales alojados en el criadero, en forma conjunta con el propietario y/ o responsable de su cuidado.- La violación de esta norma será sancionada con una multa gravísima.-
Articulo Nº118:Los profesionales veterinarios asesores de los criaderos están ……………………….obligados a comunicar fehacientemente las contingencias que pudieran producirse en el estado sanitario de los animales por escrito, a su contratante y a la dependencia municipal correspondiente. La violación de estas normas será sancionada con una multa grave.-
Articulo Nº119: Los responsables de los criaderos deberán llevar un registro ………………………..detallado de la entrada y salida de los animales a su cargo, que deberá estar a disposición de la Autoridad Municipal La violación de estas norma será sancionada con una multa grave.
Articulo Nº 120: Prohíbase la comercialización y/ u ofrecimiento de perros en …………………………vías y espacios públicos. La violación de esta norma será sancionada con una multa grave
CAPITULO XII
DEL ENTRANAMIENTO DE ANIMALES
Articulo Nº 121: Toda persona que se dedique al entrenamiento de animales ………………………..de cualquier especie deberá cumplir con las siguientes disposiciones:
1.- Obtener la licencia municipal y los permisos correspondientes de las autoridades estatales y federales competentes en la materia.
2.-Tener constancia que la acredite para dar entrenamiento especializado a la especie animal que entrene.
3.- Contar con las instalaciones adecuadas.
4.-Llevar un registro de los perros que entrene especialmente si lo hace en estrategias de ataque. Y presentarlo en el registro creado a tal efecto
Podrá prestar sus servicios a don horem en el trabajo de zooterapia y equinoterapia que realice la Secretaria Municipal Animal
La violación de estas normas será sancionada con una multa grave y la inhabilitación para esta actividad en el distrito de Quilmes por el transcurso de un año
CAPITULO XIII
DE LOS PASEADORES DE PERROS
Articulo Nº122 :Requisitos: 1.-Poseer credencial identificatoria
…………………………2.-Acreditar ser mayor de 18 años con la presentación de su documento de identidad
3-Acreditar domicilio legal en la Ciudad Quilmes y denunciar el domicilio real;
4.-Completar el formulario de alta de inscripción en la municipalidad de Quilmes
Articulo Nº123 La credencial identificadora de paseador de perros tiene 10 años ----------------------de validez, debiéndose renovar dentro de los treinta (30) días corridos posteriores a la fecha de vencimiento. Establéese la caducidad de las credenciales de paseadores de perros que no fueran renovadas en el plazo indicado. El titular de la credencial debe llevarla consigo en todo momento que desarrolle la actividad juntamente con la documentación que acredite su identidad, debiéndose exhibir ante la solicitud de la autoridad pertinente que la solicite, toda vez que constituye el documento habilitante pertinente para realizar la tarea como paseador de perros.
Articulo Nº124 El paseador de perros deberá presentar en caso de robo o -------………………………..extravío de la credencial identificadora la siguiente documentación: Acreditar tal situación mediante denuncia policial;
La credencial reemplazante tendrá el mismo plazo de validez que la credencial original, teniendo en cuenta la fecha de expedición de ésta.
Articulo Nº125: El paseador de perros deberá completar el parte semestral ,en ………………………..donde conste el nombre, apellido, domicilio, tipo y número de documento, teléfono y firma del propietario o tenedor del perro.
Articulo Nº126: El paseador debe llevar consigo esta documentación ………………………complementaria en todo momento que desarrolle la actividad juntamente con la credencial, debiéndolo exhibir a la autoridad competente cada vez que se le solicite
Articulo Nº127: El paseador de perros que no esté inscripto en el ……………………….correspondiente Registro Único de Paseadores de Perros, deberá retornar la mascota al domicilio del propietario o tenedor del perro, con la finalidad de hacer cesar la infracción. Dicho reintegro en cada uno de los domicilios podrá ser supervisado por el Consejo Asesor de Mascota y por la Policía de Municipal Animal.
Articulo Nº128: El paseador de perros que cese en el desarrollo de la ………………………..actividad, podrá solicitar la baja de la inscripción en el Registro Único de Paseadores de Perros, de conformidad con el procedimiento que se establece a continuación:
1.- Completar el formulario de baja de inscripción en la municipalidad de Quilmes.
2.- Entregar la credencial identificadora emitida oportunamente por el Registro Único de Paseadores de Perros, o en su defecto la denuncia policial que acredite su robo o extravío.
Articulo Nº129: El propietario o tenedor del perro tiene la obligación de requerir ………………………..al paseador de perros, la credencial identificadora emitida por el Registro de Paseadores de Perros.
Articulo Nº130:El propietario o tenedor del perro responde solidariamente con el ………………………paseador de perros por las multas referidas a la falta de Inscripción en el registro de éste, sus representantes o dependientes o por quien o quienes actúen en su nombre, bajo su amparo o con su autorización.
Articulo Nº131: Crease en las plazas predios específicos cerrados para las ………………………..deposiciones de los canes
Articulo Nº 132: Los paseadores de perros no podrán pasear más de cinco canes ………………………..a la vez, los cuales deberán estar sujeto por correas y llevar bozal y en ningún caso podrán soltarlo durante el paseo.
Articulo Nº 133: Los animales considerados potencialmente peligrosos solo ………………………..pueden ser paseados en forma individual los cuales deberán estar sujeto por correas y llevar bozal y en ningún caso podrán soltarlo durante el paseo, aquellos perros que pesan más de veinte kilogramos deberán llevar pecheras..
Articulo Nº 134: Las zonas establecidas para la actividad o permanencia son los ………………………..espacios verdes y el predio de la costanera del río quedando expresamente prohibido la permanencia de los perros en otros espacios públicos de la Ciudad.
Articulo Nº135: Los paseadores están obligados a limpiar y recolectar los ………………………..excrementos de los animales para lo cual deberán contar con los correspondientes elementos de limpieza (pala y bolsa).
Articulo Nº136: Los paseadores deberán poseer
1.- Los datos correspondientes a los dueños de los canes. Y número de registro del animal .
2.- La credencial identificadora de paseador de perros
3.- Deberán llevar pecheras con el nombre. Número de registro de credencial habilitante, y el numero telefonico gratuito de denuncia por maltrato animal
4.- Los paseadores deberán presentar la documentación cada vez q se la solicite
Articulo Nº137 :En el caso q los paseadores sean denunciados y se compruebe maltrato animal podrán ser inhabilitados para ejercer esta actividad o cualquier otra que involucre animales por el termino de de dos a diez años, debiendo realizar un curso de trato con los animales que determine el Para la rehabilitación de la credencial identificatoria .-
CAPITULO XIV
DEL CEMENTERIO DE ANIMALES
Articulo Nº138: El Cementerio de Animales de Quilmes para pequeñas ………………………..Mascotas funcionara en el predio Municipal que El Departamento Ejecutivo designe para tal efecto.
Articulo Nº 139: Habilitase el servicio de entierro y cremación de animales para …………………………particulares que lo soliciten en la parcela previamente convenida, mediante el pago de un canon a establecer cuyo valor se establecerá por vía reglamentaria el monto será destinado al Programa 100% Libre De Maltrato Animal. Pasado un año, de no renovarse el pago, los restos serán enviados para su cremación. El Departamento Ejecutivo en la reglamentación a dictar deberá precisar las condiciones en que deberán ser enterrados los animales en cuanto a profundidad, método, etc.; así como también tener en cuenta las medidas de seguridad para evitar la transmisión de enfermedades.
Articulo Nº 140: Habilitase el servicio de cremación en forma gratuita para …………………………animales que mueren en la vía pública, dependencias municipales, Asociaciones Protectoras de animales, en el horno crematorio que dispone la Municipalidad para la cremación de residuos patológicos.
Articulo Nº141:Habilítase el servicio de traslado de animales muertos a pedido ………………………del interesado, cuyo valor se establecerá por vía reglamentaria el monto será destinado al Programa 100% Libre De Maltrato Animal
Están exentas del pago de este servicio las dependencias Municipales y las Asociaciones Protectoras de Animales que se encuentren registradas.
Articulo Nº142: La administración, mantenimiento, traslado y otras tareas ………………………..inherentes a los servicios habilitados estarán a cargo del personal Municipal
Articulo Nº143:Todas las defunciones deben comunicarse administrativamente al ………………………..Registro Único de Mascota especificando :
1.- especie
2.- raza
3.- nº de registro del animal
4.- datos del dueño
5.- motivo del deceso
6.- Servicio realizado. Costos del mismo
Articulo Nº 144: La supervisión, mantenimiento y asesoramiento de este …………………………cementerio se hará en conjunto con el Concejo Asesor de Mascotas y las Asociaciones Protectoras de Animales
CAPÍTULO XV
EXPOSICIÓN EN COMERCIOS, FERIAS, CONCURSOS
Articulo Nº145: Todos los interesados que deseen realizar ferias, concursos, ………………………..exposiciones/o competencias que involucren animales deberán solicitar, previa realización del evento, la habilitación por parte de la Autoridad Municipal Competente. Para obtener la habilitación correspondiente deberán cumplir con los requisitos que se mencionan a continuación:
1.- Presencia de un Servicio Médico Veterinario permanente, integrado como mínimo por un médico veterinario matriculado, que deberá permanecer en el recinto de la muestra todo el tiempo que dure la misma, con elementos de primeros auxilios, y deberá controlar el estado de salud de los animales que ingresen al predio y el certificado de vacunación antirrábica correspondiente.
2.- En caso de que los animales examinados presenten signos de enfermedades contagiosas y/o infecto-contagiosas y/o cualquier otra afección que haga peligrar el estado sanitario de los demás animales y/o se trate de hembras en estado de celo declarado o en avanzado estado de preñez, se prohibirá el ingreso de los mismos al predio
3.- El predio y sus instalaciones, que sean elegidos para realizar las exposiciones, ferias o competencias deberá poseer el espacio óptimo que garantice, entre otras cosas: seguridad, orden e higiene, contención de los animales; ventilación adecuada, refrigeración y calefacción, según sea necesario y conforme a la estación climática; permanencia y tránsito del público presente; un sector destinado a libre ambulación de los animales y un sector destinado exclusivamente para que los animales efectúen sus deposiciones.
4.- Presencia de un servicio médico para las personas, designado por la entidad organizadora
Articulo Nº146: En caso de comprobarse el incumplimiento de los deberes del ……………………….Médico Veterinario, el Órgano de Aplicación y Control, procederá a elevar la denuncia ante el Colegio Médico Veterinario.-
CAPITULO XVI
DE LOS SERVICIOS DE ESTETICA PARA LOS ANIMALES
Articulo Nº147: En los locales en que se preste el servicio de estética para ……………………….animales se deberá cumplir con las siguientes disposiciones:
1.-Contar con la licencia municipal correspondiente; si en el mismo local se prestare otro tipo de servicios, se deberá obtener la licencia de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento.
2.- Contar con las instalaciones adecuadas, a juicio de la autoridad municipal.
3.- Tener personal especializado que preste el servicio con los aditamentos adecuados, evitando molestar innecesariamente al animal o lesionarlo.-
4.- Las demás que estén establecidas en el presente reglamento o que dispongan las autoridades municipales para la protección de los animales.
Articulo Nº148: Los dueños de las estéticas para animales y los encargados de ………………………...prestar el servicio, serán responsables de la custodia de los animales, evitando que se lesionen por peleas que se susciten entre ellos. Asimismo evitarán su huida o extravío. En los casos en que esto suceda estarán obligados a utilizar todos los medios que sean posibles para localizarlo y restituirlo a su dueño. De no lograr su localización, estarán obligados a pagar un resarcimiento.- La violación de estas normas serán sancionadas con una multa grave.-
CAPITULO XVII
DE EQUINOS
Articulo Nº149: Declarese al distrito de Quilmes Libre de Tracción a ……………………….sangre con animales de tiro Prohíbase en todo el municipio de la ciudad de Quilmes la circulación, monta y utilización en todas sus formas de animales en el tiro de vehículos de tracción a sangre. Esta prohibición comenzara a regir a partir de los sesenta (60) dias de promulgada la presente-
.Articulo Nº150: Los vehículos de tracción a sangre de carácter histórico, …………………………folklórico y otros similares, podrán transitar por vías públicas con carácter excepcional y previa autorización emitida por autoridad municipal y/o policial según circunstancias que serán determinadas por la reglamentación.
Articulo Nº151: La autorización emitida por la autoridad municipal y/o policial a ……………………….los vehículos de tracción a sangre de carácter histórico, folklórico y/o otros similares, deberá contener los siguientes datos:
1.- Nombre y apellido del propietario y/o responsable de los vehículos de tracción a sangre.
2.- Itinerario del recorrido a realizar.
3.- Fecha del evento.
4.-Todo otro dato que resulte de interés para el órgano autorizante
Articulo Nº152: Requerir al Ejecutivo que a través de la Subsecretaría de ……………………….Tránsito y Seguridad Vial de la Municipalidad de Quilmes ,en conjunto con el Consejo Asesor de Mascotas la Policía Municipal Animal y las Asociaciones protectoras de animales se efectúe un censo integral de los vehículos de tracción a sangre que existen y circulan en el tejido municipal de la ciudad
Articulo Nº153: Tal censo deberá indicar:
1.- los datos completos (nombre y apellido, DNI, domicilio, etc.) de los propietarios de los vehículos de tracción a sangre especificando su actividad laboral o comercial principal, situación habitacional.-
2.-detallando además el tipo de animal de tiro, su pelo, marca o señal.
3.-Estado de salubridad del animal
4.-Habitad del equino
5.-cantidad de animales por vivienda
Articulo Nº154: El censo referido deberá ser efectuado en el plazo de 30 días de ……………………….entrada en vigencia de la presente.-
Articulo Nº155: Durante este periodo se dispondrá de inspectores que
……………………….informen y adviertan la pronta entrada en vigencia de la prohibición de la circulación a quienes circulen con vehículos a tracción a sangre.
Articulo Nº156: El Departamento Ejecutivo al censar al equino a través de la …………………………Repartición que corresponda deberá:
1.- Revisar el estado de salud del animal afectado al vehículo de tracción a sangre, por personal idóneo en equinos, asegurando su bienestar y que no sea utilizado para tracción a sangre
2.-Deberá registrar al equino en el registro Único de Regulación de animales Equinos detallando tipo de animal, pelo, marca o señal y el lugar donde quedó alojado. Asimismo, se dejará asentado el estado de salud del mismo luego de su revisión por parte de personal idóneo en equinos.
3-. Deberá convocar a voluntarios especialistas en equinos para controlar el estado de salud de los caballos y para que colaboren en su cuidado.
Articulo Nº157: La Municipalidad deberá estudiar la factibilidad de brindar los ……………………….medios para que todos los actuales propietarios de vehículos a tracción a sangre que utilizasen los mismos como medio de trabajo se incorporen al mercado laboral
Articulo Nº158: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá realizar una ……………………….Campaña de Información educación destinada a los tenedores de caballos que son utilizados para tirar de carros.
Articulo Nº159: El Departamento Ejecutivo a través de la repartición que ……………………….corresponda, realizara gestiones ante granjas y estancias que se dediquen al cuidado de animales y garanticen el bienestar de los caballos , para promover la adopción de los equinos que se retiren de la calle
Articulo Nº160: En el Registro Único de Regulación de animales Equinos
Se distinguirán los usos a los que puede ser afectado un animal equino:
1.-Uso deportivo.
2.-Uso como integrante de agrupaciones gauchas o tradicionalistas
3.- Uso terapéutico equino terapia
Articulo Nº161: Los requisitos para la registración del equino son los siguientes:
1.- Declaración sobre el destino de los animales.
2.- Descripción del animal, cumplimentando con las leyes nacionales números 20.378 y 22.939
3.- Declaración del solicitante referida al conocimiento de las obligaciones y responsabilidades respecto de los daños que pueda ocasionar a terceros
4.- Estructura disponible para el alojamiento del animal
5.- Declaración de conocimiento de las penalidades que surgen de la presente ordenanza
6.- No contar con reincidencia en infracciones a la presente normativa.
Articulo Nº162: Toda inscripción en el Registro debe complementarse con la ……………………….Habilitación Bromatológica, que certifique el cumplimiento de las pautas exigidas legalmente.
Articulo Nº163: Alojamiento de animales equinos. Radio de radicación: Las ……………………….áreas permitidas son determinadas por el Departamento Ejecutivo, fuera de la Zona Urbana de la Ciudad. Se prohíbe el traslado de equinos por la vía pública de manera que entorpezca la normal circulación vehicular, salvo cuando mediare autorización del Departamento Ejecutivo para la realización de eventos, espectáculos y desfiles.
Articulo Nº164: Infraestructura mínima requerida para su alojamiento. Teniendo ……………………….en cuenta las normas de seguridad, higiene y limpieza, el alojamiento de equinos podrá ser:
a) Boxes comunes (piso de tierra)
b) Boxes tipo caballerizas (piso de ladrillo o similares)
c) Corral techado.
Articulo Nº165: El Departamento Ejecutivo reglamenta las características de ……………………….cada tipo de alojamiento.
Articulo Nº166: Infracciones y sanciones específicas. En caso que el animal salga ……………………….de su alojamiento a la vía pública o ingrese a una propiedad privada, sin autorización del dueño del predio, la autoridad de aplicación deberá restituir el equino a su alojamiento y se asentará una amonestación en el Registro. Ante la reincidencia, se revocará al infractor, en forma automática y definitiva, la autorización para la radicación de animales en la jurisdicción de la Ciudad. También será causal de revocación de autorización la falsedad en la Declaración estipulada en el artículo 161 de la presente ordenanza.
Articulo Nº167: Se prohíbe colocar animales equinos a pastorear …………………………en terrenos baldíos.
Articulo Nº168: Gratuidad. Toda actividad requerida a los fines de la Inscripción …………………………y Control será gratuita para las personas y asociaciones que adopten a un equino para ser utilizado terapéuticamente como por ejemplo equino terapia
Articulo Nº169: Serán sancionados con multa gravisima a los propietarios y/o tenedores de equinos que carezcan de:
1.- Las vacunas exigidas son contra la anemia equino infecciosa, cada dos meses, y la vacuna triple, cada tres meses.
2.-Alimentación adecuada .Los elementos fundamentales dentro de una buena dieta son: proteínas, hidratos de carbono, grasas, minerales, oligoelementos y agua.
3.- Espacio amplio y condiciones de infraestructura Teniendo en cuenta las normas de seguridad, higiene y limpieza
Articulo Nº170: Serán sancionados con multa gravísima a los propietarios y/o tenedores de equinos que padezcan de:
1.- Deshidratación
2.- Lesiones en el aparato digestivo: tales como Parasitosis, cólicos abdominales y rupturas intestinales sin recibir el tratamiento adecuado
3.- Fatiga Extrema: producida por La sobrecarga y las extensas horas de trabajo
4.- Laceraciones y caídas de la piel sin tratamiento adecuado o producidas por malos tratos
5.- Problemas dentales sin tratamiento adecuado o por mal trato.
6.- Infección y fractura de cascos producidos por la carencia de herraduras o por estar herrados en forma deficiente.
7.- Desnutrición
8.- Estrés general por ser sometidos a condiciones inapropiadas
9.- Alteraciones de la visión debidas a golpes de soga o tapaojos inadecuados
O padezcan cualquier otro tipo de maltrato no especificado en los incisos anteriores de este artículo
Articulo Nº171: Todos los equinos incautados dentro de la Ciudad de Quilmes ……………………….por los organismos competentes, serán llevados al Parque zoosanitario Municipal o a un predio destinado para ese fin para recibir en forma totalmente gratuita servicio veterinario, alimentación, vacunas, desparasitación , internación, herraduras, compostura de arneses.
Articulo Nº172: Una vez que los tenedores de los equinos van al predio con la ………………………..orden firmada por el Juez el equino es devuelto con una libreta sanitaria expedida por el registro creado a tal efecto siempre y cuando éste no haya sido víctima de actos de crueldad. En este último caso se iniciará una causa penal en virtud de la Ley Nacional 14346/54 solicitando su guarda judicial.
Articulo Nº173: Si los equinos no fueran reclamados por el propietario para ser ……………………….retirados del predio transcurridos los 40 días desde la incautación en la vía pública, la entidad a cargo dispondrá de los equinos para ser dados en adopción a tenedores responsables que no deseen hacerlos trabajar
Articulo Nº174: Las infracciones de la presente Ordenanza, sin perjuicio de ……………………….las que correspondan en virtud de la violación de disposiciones contenidas en leyes nacionales y provinciales, serán sancionadas con multas , cuya imposición corresponderá aplicar al Juzgado Municipal de Faltas, previo cumplimiento de los extremos legales.
CAPITULO XVIII
DE LAS ASOCIACIONES PROTECTORAS DE ANIMALES
Articulo Nº175: Las personas jurídicas dedicadas a la protección de animales, ………………………deberán funcionar bajo la figura legal de Fundación o Asociaciones civiles sin fines de lucro, las cuales deberán cumplir con los requisitos establecidos en la Ley y estar debidamente protocolizado por el Registro Municipal Único de Asociaciones Protectoras de Animales .
Tendran las siguientes atribuciones y competencias:
1.-Capturar a los animales que se encuentran abandonados , o cuando sea evidente que pertenece a alguien y se encuentran extraviados.
2.-Tener acceso a las instalaciones, del Centro de Zoonosis, del Parque Zoosanitario Animal, los Circos y a las Instituciones Docentes a las que el Centro Antirrábico entregue animales para experimentación, para dar asesoramiento en materia de la protección a los animales.
3.- Recoger a los animales que se encuentren en el desamparo en la vía pública, y darlos en adopción o bien entregarlos a los albergues o al Parque zoosanitario Municipal.
4.-Rescatar con el apoyo de la autoridad a los animales que estén sufriendo por el maltrato de sus dueños.
5.- Alojar a los animales capturados en el Parque zoosanitario Municipal.
6.- Someter a todo animal alojado en el Centro a un estricto control veterinario.
7.- Inspeccionar a los animales mordedores y/ó potencialmente peligrosos sospechosos de rabia a un período de observación no menor de diez (10) días.
8.- Solicitar la guarda judicial de los animales de dueños infractores.
9.-La Realización de Censo de animales.
Articulo Nº176: Las Fundaciones o Asociaciones Jurídicas dedicadas a la ……………………….protección de animales, que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley, podrán participar del Consejo Asesor Municipal en calidad de miembros
Articulo Nº177: Las asociaciones que no cumplan con el articulo precedente pero ……………………….que por su trayectoria ameriten su inclusión serán exceptuados de su personería jurídica y podrán participar en el Consejo Asesor.-Estas podrán anotarse en el registro del Consejo Asesor con el grado de familias sustitutas con no más guarda que la de cinco (5) animales quienes deben ser dados en adopción bajo las mismas condiciones que la presente ordenanza
Articulo Nº178: Los albergues para animales, tanto municipales como de ………………………..sociedades protectoras de animales o de particulares, deberán cumplir obligatoriamente con las normas técnico-sanitarias establecidas en la presente Ordenanza con los siguientes requisitos:
1. Los alojamientos de los animales deben observar las normas higiénico-sanitarias y de aislamiento adecuados a las especies, características y edad de los animales, evitando en todo caso que los animales puedan agredirse entre sí. Serán de fácil acceso, para facilitar tanto la observación de animales enfermos, como su limpieza y desinfección.
2. La asistencia veterinaria estará asegurada, tanto para profilaxis como para los tratamientos zoosanitarios que se precisen, como puedan ser reproducción controlada e incluso sacrificio eutanásico, si es necesario.
3. La alimentación será regular y suficiente y deberá garantizar los requerimientos energéticos adecuados para cada animal según su especie y características.
4. Deberán disponer de una zona separada para el aislamiento y observación de animales de nuevo ingreso o animales sospechosos de enfermedad, hasta que el servicio veterinario dictamine su estado sanitario.
5. Las instalaciones deberán permitir unas condiciones de vida dignas para los animales, de acuerdo con sus necesidades específicas.
6. Dispondrán de los medios necesarios para que la eliminación de excrementos y aguas residuales se realice de forma que no comporte, según la legislación vigente, riesgo para la salud pública, ni peligro de contaminación del medio.
7. El emplazamiento será el que la Autoridad Municipal y la legislación vigente designen a este fin.
8. Deberán asumir, respecto de los animales, todas las obligaciones establecidas en esta Ordenanza Municipal para los propietarios de animales, mientras éstos permanezcan en la instalación: Comunicación al Registro Único de Mascotas Municipal y/o Registro de Animales Potencialmente Peligrosos, Identificación, vacunaciones, etc.
9. Deberán disponer de un Registro de entrada y salida de animales. Los datos de consignación obligatoria serán: Fecha de entrada. Especie, Raza, Edad, Sexo, Datos de identificación registral, Vacunas obligatorias Fecha de entrada y salida.
Este registro se hallará en el establecimiento a disposición de las Autoridades competentes
El incumplimiento de esta norma acarreará la aplicación de multa grave y la inhabilitación para la actividad por un periodo de uno a cinco años.
Articulo Nº179: Las sociedades protectoras de animales, coadyuvarán con las ……………………….autoridades municipales, en las campañas de vacunación y esterilización de animales.
Articulo Nº180: En función de los animales derivados de la "Asociación ……………………….Protectora de Animales" se deberá disponer de una partida de dinero para apuntalar el rol que cumplen estas entidades mediante una acción asistencialista.
1.-Los fondos que se destinarán estarán en directa proporción con la cantidad características de los animales transferidos.y
2.-Para la ponderación de la suma correspondiente se conformará una comisión asesora integrada por personal municipal idóneo y representantes de la Asociación Protectora de Animales y autoridades que se designen para tal efecto.
3.- La entidad receptora de los fondos deberá formular la rendición de cuentas en forma semestral y respondiendo al formulario que se creará al efecto.
Articulo Nº181: El municipio proveerá asistencia veterinaria en forma gratuita a los animales que se encuentren a cargo de las Asociaciones Protectoras de animales que se encuentren registradas.
Articulo Nº182: Las Fundaciones o Asociaciones de Protección Animal se ……………………….considerarán como colaboradoras y ejecutoras en lo que se refiera a la aplicación de la presente Ordenanza, y podrá intervenir en defensa de la integridad y bienestar de los animales, sea cual fuere el lugar donde dichos animales se encuentre. A tal efecto, las autoridades civiles y Policiales del Municipio están obligadas a prestar la atención y colaboración necesarias para hacer cumplir las normas y procedimientos.
Articulo Nº183: Las Fundaciones o Asociaciones de Protección Animal, ……………………….además podrán presentar proyectos relativos a Reglamentos e instrucciones necesarias para la mejor aplicación de la protección de los animales y fomentarán la concientización ciudadana mediante charlas, folletos, entre otros. Para ello contarán con la colaboración del municipio, Juntas Parroquiales, Policía Municipal, parque zoosanitario municipal, Concejo Asesor Municipal de Mascotas, Consejos Comunales y Escuelas.
Articulo Nº184: El personal capacitado de las Fundaciones o Asociaciones de ………………………….Protección Animal podrán efectuar las inspecciones que sean necesarias en zoológicos, clínicas, retenes, Laboratorios, hospitales, tiendas, criaderos, mataderos, transporte y viviendas, que sean solicitadas por el municipio o por los ciudadanos con el fin de constatar el cumplimiento de esta Ordenanza.
Articulo Nº185:Se impondrá un trabajo mancomunado entre los responsables del ………………………Concejo Asesor Municipal de Mascotas, el Registro Único Municipal de Mascotas, el Cementerio Municipal de Mascotas, la Policía Municipal de Mascotas, El Parque Zoosanitario Municipal y las entidades protectoras de animales que compartan el espíritu de esta ordenanza, para que esta se efectivice en términos reales. Estas entidades brindarán a la Municipalidad todo el asesoramiento técnico y la colaboración necesaria, teniendo como meta la protección y la esterilización de los animales domésticos con el fin de evitar la proliferación indiscriminada.
CAPITULO IXX
DEL CONSEJO ASESOR MUNICIPAL DE LOS ANIMALES
Articulo Nº186: El Consejo Asesor Municipal de los Animales estará integrado ……………………….por cinco representante del Departamento Ejecutivo Municipal, tres representante del Honorable Concejo Deliberante, dos representante de cada una de las Entidades Protectoras de Animales que estén registradas en el municipio, un miembro de las entidades de familias mascoteras sustitutas y dos médicos veterinarios nombrados por los colegios o asociaciones de médicos veterinarios, todos estos cargos que serán honoríficos.
Articulo Nº187: El Consejo Asesor Municipal de los animales colaborará en la ………………………..aplicación de normas sanitarias, educativas, de implementación y cumplimiento de la presente Ordenanza.
Articulo Nº188: Los integrantes del Consejo durarán en su encargo dos años ……………………….pudiendo ser designados para un periodo inmediato.
Articulo Nº189: Las ausencias definitivas de cualquiera de los integrantes del ………………………..Consejo podrán ser suplidas de acuerdo a lo establecido.
Articulo Nº190: El Consejo sesionará por lo menos una vez al mes y las ………………………..decisiones se tomarán por la simple mayoría de sus integrantes.
Articulo Nº191:El Consejo Municipal tendrá las siguientes facultades y ……………………….obligaciones:
1.- Proponer modificaciones a la reglamentación municipal en la materia.
2.- Proponer a la autoridad municipal campañas a favor de la protección a los animales.
3.- Organizar con el apoyo del municipio, cursos, conferencias y congresos con temas sobre la protección a los animales.
4.- Coordinarse con la Secretaría de Educación Pública para realizar campañas de orientación de los escolares en la protección de los animales.
5.-Proponer medidas y estrategias para evitar el maltrato de los animales.
6.-Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Consejo.
Articulo Nº192: El Consejo creará comités de protección a los animales, en las ………………………...colonias y barrios de la ciudad, los que colaborarán con la autoridad para el cumplimiento del presente reglamento y el fomento de la cultura de la protección a los animales.
Articulo Nº193: Los comités estarán integrados por tres ciudadanos interesados ………………………..en la protección de los animales, cargos que serán honoríficos.
Articulo Nº 194: Los integrantes de los comités durarán en su encargo dos años, …………………………pudiendo ser designados para un periodo inmediato. Sus ausencias podrán ser suplidas por las personas que designe el Consejo.
Articulo Nº195: El concejo Asesor Municipal de los animales tendrá también la ……………………….facultad de mediar ante un conflicto entre propietarios de animales.
CAPITULO XX
POLICIA ANIMAL
Articulo Nº196: Crease la Policía Municipal Animal cuyo objetivo es velar por el ……………………….cumplimiento de la normativa municipal para propietarios, así como la protección animal en el municipio.
Articulo Nº197: Facultades: Su trabajo diario está relacionado con :
1.-La identificación de animales, paseadores, tenedores de animales Peligrosos, comercios de venta de animales, peluquería canina, criaderos, etc.
2.- Control del censo municipal de animales,
3.- Control de las obligaciones de propietarios
4.-Inspección
5.-Captura de animales en la vía Pública
6.-Traslado
7.-Rescate
8.- Resguardar y garantizar los derechos de los animales.
Articulo Nº198: La Unidad establecerá protocolos de actuación, instruirá ……………………….diligencias por abandono o maltrato animal o por daños de mordedura y mediará en conflictos.
Articulo Nº199:Trabajara en conjunto con las Asociaciones Protectoras de ………………………..Animales, Consejo Asesor, Parque Zoosanitario Municipal y dependencias creadas a tal fin.
Articulo Nº 200: En caso de que se impidiese u obstaculizase la observación de …………………………un animal que hubiere lesionado y/o agredido y/o contactado, en forma real o potencialmente riesgosa a alguna persona y/o animal, la Autoridad de Aplicación podrá requerir el auxilio de la fuerza pública.
Articulo Nº201: La Policía Municipal Animal debe estar uniformada, poseer un ………………………..número de registro Único y tener medios de comunicación y móviles disponibles.
Articulo Nº202: La unidad Sanitaria o de traslado será requerida prioritariamente ………………………..por La Policía Municipal Animal
Articulo Nº203: La Policía Municipal Animal debe realizar un curso preparatorio …………………………para desempeñarse en esta área según lo disponga el Consejo Asesor
Articulo Nº204: Solicitase la colaboración de la Fuerza Pública para que en forma ……………………….conjunta con la Municipalidad, el Consejo Asesor y la población se haga cumplir la presente Ordenanza.
CAPÍTULO XXI
PROGRAMA MUNICIPAL DE SALUD ANIMAL
Articulo Nº205: Crease el "Programa Municipal de Salud Animal",
Articulo Nº206: La Autoridad Municipal Competente deberá instrumentar las ………………………..medidas necesarias, tendientes a la creación de distintos acuerdos con el Colegio de Médicos Veterinarios de Quilmes a fin de garantizar el efectivo cumplimiento de la presente Ordenanza.
Articulo Nº207: Los acuerdos con el Colegio de Médicos Veterinarios procurarán, ………………………..entre otras, el cumplimiento por parte de los profesionales de las siguientes actividades:
1.- Informar y denunciar a todos aquellos animales que sean llevados para su atención, que no se hallen registrados. Mediante una planilla que será entregada en el Registro Único Municipal
2.-Informar a los propietarios de la obligación de registrar a sus mascotas
3.- Efectuar la vacunación antirrábica y toda aquella que se establezca por la Autoridad Municipal Competente.
4.- Observar a los animales que hubieren herido y/o contactado en forma real o potencialmente riesgosa a personas y/u otros animales debiendo notificar estos hechos a la Autoridad Competente, en un plazo máximo de 24 hs de tomado conocimiento del hecho.
5.- Elevar puntualmente a las Autoridades toda información que les sea requerida respecto de los aspectos señalados en los incisos precedentes.
Articulo Nº208: Asimismo, se procurará la realización conjunta de campañas ………………………..públicas que faciliten las actividades mencionadas en el presente artículo, así como cualquier otra que sea acorde a los fines de la presente Ordenanza
Articulo Nº209: Los profesionales veterinarios deberán respetar las siguientes ………………………..disposiciones respecto de las prácticas médicas que a continuación se describen:
1.- Eutanasia: se prohibe en el distrito de Quilmes la eutanasia –en caso extremo el sacrificio de los animales deberá ser realizado exclusivamente por el profesional veterinario, y el cual deberá optar por la forma menos dolorosa posible, y sólo en los siguientes casos: enfermedad incurable, transmisible o no, que produzca sufrimiento desmedido del animal y/o que ponga en peligro la salud humana, heridas o mutilaciones irreversibles, o todo aquel estado o situación insalvable que provoque sufrimiento al animal, incompatible con la vida. Esto debe realizarse según las normas prescriptas de esta ordenanza previa inspección y consenso del Concejo Asesor Municipal Animal y de las entidades protectoras de animales
2.- Cordectomía y amputación de pabellón auditivo: se recomienda la no realización de este tipo de cirugías cuando las mismas no persigan fines exclusivamente curativos. Las mismas solo podrán ser realizadas por Médicos Veterinarios matriculados.
3.- Extirpación de cuerdas vocales: solo podrá ser realizada con fines terapéuticos
Articulo Nº210: EL Programa tendrá como objetivo general el control de la ……………………….superpoblación canina y de otros animales domésticos y en estado de abandono.
Articulo Nº211: El Programa cuantificará el número de animales en estado de ………………………..abandono, para clasificarlos en las siguientes categorías: A Animales con dueños y tenencia responsable B Animales con dueños sin tenencia responsable C Animales en estado de abandono y comunitarios
Articulo Nº212: Serán utilizadas como prácticas para el control de la ………………………...superpoblación de animales las campañas educativas, la tenencia responsable, la adopción y la esterilización quirúrgica masiva, temprana, sistemática y extendida en todo el ámbito del Municipio.
Articulo Nº213: Los animales de la categoría C serán asistidos en un todo por el ……………………….Programa, trabajando con las distintas prácticas disponibles. Los correspondientes a las otras categorías, entrarán al Programa cuando pertenezcan a familias con escasos recursos económicos o cuando los responsables del Programa, con motivo fundado, lo consideren pertinente. En todos los casos deberá hacerse hincapié fundamentalmente en la educación, para concientizar a la población sobre la tenencia responsable de un animal.
Articulo Nº214: El Programa desarrollará las campañas que sean necesarias a ……………………….fin de promover la tenencia responsable de los animales.
Articulo Nº215: Se crearan Subprograma de control poblacional con las ……………………….siguientes facultades:
1.- Se pondrá énfasis en la Tenencia Responsable de Mascotas, entendiendo la educación de la población como pilar del programa, apoyada por otras prácticas antes descriptas.
2.-Se aplicará en forma gratuita para los animales de la categoría C, y cuando corresponda en las restantes, la metodología de esterilización farmacológica temporaria o definitiva y quirúrgica masiva, temprana, sistemática y extendida en todo el ámbito del Municipio.
3.-Se efectuarán operativos en los barrios con especial énfasis en lugares con animales en estado de abandono.
4.-Toda práctica médica, sea quirúrgica o farmacológica será realizada por un profesional Veterinario matriculado en el Colegio Veterinario de la ciudad de Quilmes
5.- Subprograma de prevención y control de zoonosis: se realizarán actividades priorizando la prevención primaria y secundaria. Tendrán como objetivo el control y erradicación de potenciales o reales focos zonticos que impliquen riesgo para la población humana, especies autóctonas y domésticas con el tratamiento de esas enfermedades. Se efectuará el control de vectores y reservorios (artrópodos, aves, roedores, etc.) de agentes productores de enfermedades epidémicas o endémicas de posible transmisión humana. Se promoverán conductas responsables en el cuidado de la Salud y protección de los animales en todos los aspectos que hacen a la prevención de enfermedades, brindando a la comunidad la información y apoyo que sean necesarios para el mejor cumplimiento de tales fines.
Articulo Nº216: El Programa de Salud Animal tendrá la responsabilidad de retirar ……………………….de la vía pública los animales muertos y proceder a su entierro o su cremacion.
Articulo Nº217: Las atenciones, prácticas sanitarias y esterilizaciones, serán ………………………..llevadas a cabo por médicos veterinarios, en el predio del Parque Zoosanitario Municipal o dependencias que designe el Ejecutivo
Articulo Nº218: Animales abandonados y adopción. Todo animal doméstico que ……………………….fuese encontrado en lugar público sin estar acompañado de su dueño o de una persona que vele por su cuidado deberá, de ser factible, ser recogido por un miembro participante del Programa de Salud Animal y se iniciarán los trámites para su alojamiento en un hogar transitorio y su posterior adopción, en caso que no se haya localizado al dueño o tenedor responsable del animal. Los animales no reclamados por sus dueños en un lapso de ocho (8) días contados a partir de su captura podrán ser entregados en adopción a personas que así lo requieran y que acrediten responsabilidad suficiente para la tenencia y cuidado del animal.
Articulo Nº219: Se deberá disponer de un stock permanente de suero y vacunas ………………………..antirrábicas de uso humano.
Impútese las erogaciones generadas por la aplicación de este Programa a la partida presupuestaria correspondiente.
CAPITULO XXII
DEL PARQUE ZOOSANITARIO MUNICIPAL
Articulo Nº220: El Parque Zoosanitario Municipal será una institución adscrita a ……………………….la Autoridad Municipal competente y se destinara a retener a aquellos animales que circulen en contravención de la presente ordenanza y que se hallaren en estado de rabia, encefalitis equina, toxoplasmosis, erlichosis u otro tipo de enfermedad. Así mismo, el Parque Zoosanitario Municipal se encargara de la guardia y custodia de aquellos animales decomisados por la autoridad competente, derivados del comercio ilegal de los mismos, hasta que se devuelvan a su habitad natural o se remitan a las sociedades protectoras de anímales, para su posterior donación.
Articulo Nº221: Los animales que fueren capturados en sitios públicos de la …………………………ciudad serán transportados en vehículos municipales espacialmente acondicionados para tal fin al Parque Zoosanitario Municipal y se mantendrán allí por un lapso de ocho (8) días continuos, hasta tanto sean reclamados por sus propietarios. Transcurrido dicho lapso serán dados en adopción o entregados a las sociedades protectoras de animales legalizadas para que estas procedan a darlos en adopción a terceras personas.
Articulo Nº222: El Parque Zoosanitario Municipal se encargara de rescatar a los ……………………….animales, trasladarlos efectuar una revisión y chequeo mediante el control sanitario de las enfermedades de las que pueda padecer, vacunarlo, esterilizarlo registrarlos y si los mismos no son reclamados por sus dueños o propietarios proceder a darlos en adopción a las terceras personas cumpliendo los requisitos exigidos por la presente ordenanza.
Articulo Nº223: Los animales que fueren llevados al Parque Zoosanitario ………………………Municipal, así como también aquellos sospechosos de padecer rabia, serán mantenidos y observados durante un plazo no menor de Ocho (8) días continuos pasados los cuales, si no se presentaren ninguna manifestación de enfermedad, podrán ser devueltos a sus dueños una vez cumplidos los requisitos que establece esta ordenanza.
Articulo Nº224: Los animales, tanto domésticos como silvestres, que ingresen al ……………………….Parque Zoosanitario Municipal, bien por haber sido capturados en sitios públicos, o por sospecha de padecer de una enfermedad grave o simplemente para observación, deberán permanecer separados de los otros animales que se encuentren en el refugio y aislados en jaulas o casetas individuales, durante los ocho (8) días siguientes a su ingreso, vencido este plazo, sino hubiere presentado algún síntoma de enfermedad, podrá ser suspendido por aislamiento.
Articulo Nº225: Los encargados de la Administración del Parque Zoosanitario ……………………….Municipal darán aviso inmediato a las Autoridades sanitarias y Veterinarias cuando muera un perro que se encuentre en observación haya o no presentado signos de rabia. Los encargados del Parque Zoosanitario Municipal deberán tener suficiente entrenamiento para que en estos casos de muerte o sacrificio por estar contaminado de padecerla puedan tomar del cadáver las piezas anatómicas necesarias para conservarlas debidamente, a los fines de las investigaciones conducentes al diagnóstico del caso.
Articulo Nº226: Para retirar un animal del Parque Zoosanitario Municipal, bien ………………………..haya ingresado como simple sospechoso por simple captura, o por haberse encontrado deambulando por la ciudad deberá exigirse a quien lo solicite lo siguiente:
1. Que esté debidamente registrado de acuerdo a las disposiciones que fija esta ordenanza.
2. Que durante su permanencia en el Parque Zoosanitario Municipal no haya sido mordido por otro animal enfermo o sospechoso de enfermedad.
3. Que a juicio del veterinario autorizado del Parque Zoosanitario Municipal no sea sospechoso de padecer enfermedades ni síntomas de maltrato animal.-
4. Que su dueño cancele todos los gastos causados por la permanencia del animal en el Refugio.
Articulo Nº227: Los gastos de alimentación, cuidado y otros imprevistos con …………………………motivo de la permanencia, observación, aislamiento de animales capturados o llevado de cualquier forma al refugio, se cobrarán a la tarifa especial que se establezca en el Parque Zoosanitario Municipal y deberán ser cancelados por los dueños de dichos animales. El Parque Zoosanitario Municipal contará con una Unidad de Rescate de animales especialmente acondicionada para el traslado de los mismos.
Articulo Nº228: El Parque Zoosanitario Municipal se encargará de difundir la ………………………..presente ordenanza en el Municipio de Quilmes, así como también de organizar jornadas de vacunación en las diferentes parroquias, campañas de concienciación ciudadana, comenzando por preescolares y otros sectores de interés dentro de las comunidades.
Articulo Nº229: El Parque Zoosanitario Municipal estará dotado del personal ……………………….necesario para el mejor cumplimiento de sus funciones.
Su dirección y administración estarán a cargo del personal que, a tal efecto, designe El Ejecutivo. Las autoridades sanitarias del estado, las Facultades de Veterinaria y de Zootecnia de las Universidades Públicas y Privadas que funciones en el Municipio de Quilmes, el Concejo Sanitario Municipal, las Sociedades Protectoras de Animales legalmente constituidas, podrán asesorar, supervisar y colaborar técnicamente al Parque Zoosanitario Municipal, así como también coadyuvarán ad-honoren con todo lo relacionado a la vigilancia veterinaria de los animales allí retenidos.
Articulo Nº230: En el Parque Zoosanitario Municipal se llevarán cuidadosamente ………………………...todos los registros necesarios sobre los ingresos, observación y egreso de los animales que fuesen llevados a él.
Articulo Nº231: El Colegio de Veterinarios, las Sociedades Protectoras de ………………………..Animales que operan en el Municipio, podran prestar su colaboración ad-honoren, para realizar campañas de vacunación, esterilización, control sanitario y, en general, cuando el refugio Municipal de Animales requiera de ellos.
Articulo Nº232: Las Universidad Pública o Privada en sus facultades de ………………………..veterinaria, zootecnia pueden realizar sus prácticas hospitalarias en nuestro distrito.
Articulo Nº233: Crear un Departamento Legal encargado de canalizar las …………………………denuncias sobre abuso y maltrato animal, de recibir y sustanciar todos los casos de denuncias por accidentes ocasionados por imprudencia o negligencia de los tenedores o propietarios del animal, y en general, de cualquier denuncia a las prohibiciones previstas en la presente ordenanza. Esto dependerá del Parque Zoosanitario Municipal
Articulo Nº234: El Parque Zoosanitario Municipal deberá tener dependencias ………………………..según lo establezca el ejecutivo, para la guarda de animales en observación y animales peligrosos según lo dicta la norma en esta ordenanza
Articulo Nº235: El Parque Zoosanitario Municipal se encargara de la guardia y …………………………custodia de animales equinos decomisados por la autoridad competente, o se remitirán a las sociedades protectoras de anímales, para su posterior entrega en adopción.
Articulo Nº236: El Parque Zoosanitario Municipal Animal deberá contar con los …………………………siguientes servicios.
1.-Albergue
2.-Servicio Médico Veterinario gratuito, debiendo tener una guardia permanente las 24 horas
3.- estructura suficiente para la atención de equinos
4.-Laboratorio de análisis clínicos
5.-Oficina administrativa para el registro de entrada y salida de animales
6.- Tener una superficie mínima por cada animal de ocho con cincuenta (8,50) metros cuadrados para los perros grandes; siete con cincuenta (7,50) metros cuadrados para los medianos y seis 7 metros cuadrados para los pequeños. Se deberá destinar un cincuenta por ciento (50 %) de la misma para la circulación de los animales cuando éstos no se encuentren dentro de sus respectivos caniles. El interior básico de un criadero deberá incluir varias áreas de trabajo, además de pasillos y caniles.
7.- Poseer espacios verdes convenientemente forestados en el sector de estacas o agarraderas, para la tenencia al aire libre de los animales en horas del día.
8.- Permitir la fácil limpieza de las distintas áreas de trabajo, pasillos, caniles y demás instalaciones; y garantizar la existencia de medios apropiados de desinfección, desinsectación, desratización y de eliminación de excrementos y aguas residuales, de manera que no comporten peligro para la salud pública, lo que será establecido por vía reglamentaria.
9.- Disponer de servicio de agua potable. En el caso de no disponer de este servicio, deberán gestionar los medios y autorizaciones necesarias por ante la autoridad competente, a fin de garantizar un mínimo de 30 litros por animal y por día.
10.-Tener habilitada un área especial destinada a la limpieza y baño de los animales, la que deberá cumplir con los requisitos exigidos en el apartado correspondiente a los caniles.
11.-Disponer de un espacio determinado, previamente habilitado y distante a más de 10 mts. del resto de los caniles, como área de cuarentena para el aislamiento de aquellos animales que presenten evidencia clínica de padecer enfermedad infecto-contagiosa, y de modo especial, zoonosis transmisibles al hombre
12.- Infraestructura mínima requerida para el alojamiento de equinos teniendo en cuenta las normas de seguridad, higiene y limpieza, el alojamiento de equinos podrá ser:
a) Boxes comunes (piso de tierra)
b) Boxes tipo caballerizas (piso de ladrillo o similares)
c) Corral techado.
Articulo Nº237: Durante la noche, los perros deberán estar albergados en sus ………………………..respectivos caniles, exceptuándose de esta obligación solo a un número de animales proporcional a la superficie del criadero, los cuales podrán quedar sueltos dentro del establecimiento como guardianes. Dicha proporcionalidad, será de un animal cada cincuenta (50) mts.2
CAPITULO XXIII
DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES
ARTÍCULO 238:Los infractores a la presente ordenanza serán sancionados con --………………………..multas, cuya imposición corresponderá a la Autoridad Municipal correspondiente.
ARTÍCULO 239 : La imposición de las sanciones podrá comportar el traslado de ………………………..los animales por parte de la Unidad de Rescate y su posterior entrega al Parque Zoosanitario Municipal. Dicha retención tendrá carácter preventivo.
ARTÍCULO 240 : Las infracciones leves serán sancionadas con multas que van ………………………..desde cien (10) módulos hasta trescientos (30) módulos.
Las infracciones moderadas serán sancionadas con multas que van desde los trescientos (30) módulos hasta los seiscientos (60) módulos.
Las infracciones graves con multas que van desde seiscientos (60) módulos hasta tres mil (300) módulos.
Las infracciones gravísimas serán sancionadas, con multas que van desde tres mil módulos (300) módulos hasta doce mil (1200) módulos.
El monto de la unidad tributaria será ajustado anualmente de acuerdo al Código Orgánico Tributario.
En la imposición de sanciones, se tomará en cuenta para graduar la cuantía, los siguientes aspectos:
1. El grado de daño infringido al animal.
2. La trascendencia social y el perjuicio causado.
3. El ánimo de lucro ilícito y la cuantía del beneficio, obtenido por la comisión de la infracción.
4. La reiteración o reincidencia en la comisión de las infracciones.
ARTÍCULO 241: En caso de flagrancia, al momento de ser sorprendida una ………………………..persona en la comisión de cualesquiera de las conductas prohibidas por la presente ordenanza, será notificada inmediatamente de cuál es la forma concreta que está infringiendo y seguidamente, en compañía del funcionario actuante, se trasladará a la sede de la Policía Municipal, o del Refugio Municipal de Animales a fin de que, se levante un acta motivada, donde consten los siguientes datos: fecha y hora, nombre y apellidos y demás datos del funcionario actuante: nombre, apellido, cédula de identidad, dirección, grado de instrucción y profesión del infractor; descripción de los hechos que constituyen la falta cometida e indicación de la sanción concreta a aplicar.
Constatarán igualmente en el acta los argumentos que tenga en su descargo la persona objeto de la sanción.
ARTÍCULO 242: El acta descrita en el artículo anterior será sometida de ………………………….inmediato a la consideración de la Autoridad competente, la cual oirá al presunto infractor y decidirá acerca de la procedencia de la sanción prevista.
ARTÍCULO 243: En caso de denuncia, esta será tramitada por ante la Autoridad ………………………..Municipal correspondiente , la cual librará la notificación al presunto infractor, así como los elementos de convicción que aportaren.
ARTÍCULO 244: Contra la decisión tomada se podrá intentar Recurso de …………………………Reconsideración Administrativa y el Recurso Jerárquico, de conformidad con los plazos y procedimientos previstos en la Ley Orgánica de Procedimiento Administrativo.
ARTÍCULO 245: Cualesquiera de las sanciones aplicadas al infractor conllevan la ………………………….obligación de asistir a un curso sobre protección y cuidado de animales que podrá ser dictado en alguna de las instituciones de protección de animales.
ARTÍCULO 246: Derogase toda ordenanza que legisle en la materia que ……………………….anteceda a la presente-
ARTÍCULO 247: Todos los montos recaudados por aplicación de esta …………………………ordenanza formaran una partida especial afectada al programa “Quilmes 100 % Libre de Maltrato Animal”-
ARTÍCULO 248: Facultase al Departamento Ejecutivo a reglamentar la …………………………presente ordenanza y a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias.
ARTÍCULO 249: De Forma.-
Que es necesaria la profundización de las campañas de prevención y educación específica para lograr grados de concientización y responsabilidad en la sociedad.-
Que la prevención y la educación son fundamentales para evitar las causas y no tener que actuar sobre los efectos.-
Que la tenencia responsable es fundamental para alcanzar la protección integral de los animales y un desarrollo armónico de la Ciudad.-
Que la actitud adulta y reflexiva es lo que debe primar a la hora de aceptar un animal de compañía en el hogar, sabiendo que el compromiso adquirido, resguardo, alimentación y cuidados varios, se extenderá a lo largo de toda la vida de la mascota; Que una mascota puede ser una necesidad pero jamás una obligación, por ello quien decide tener un animal de compañía, debe hacerse responsable de su cuidado, contención y control de su reproducción.-
Que además se debe concientizar y sensibilizar a la población sobre la importancia de la tenencia responsable, de respetar la vida, su bienestar y de disminuir los efectos negativos del animal abandonado.-
Que los animales sueltos y sin control, son un problema para la salud pública; Que esta Ordenanza y los programas existentes tienden a que los animales comunitarios disminuyan progresivamente.-
Que del total de los animales sueltos en la vía pública, un alto porcentaje tiene propietarios, los cuales deben hacerse responsable de los mismos.-
Que es absoluta responsabilidad del tenedor de mascota todo daño o trastorno que esta ocasione en el ámbito público o privado.-
Que la práctica de la esterilización quirúrgica, la tenencia responsable y la adopción, son aceptadas como procedimientos eficaces para controlar la población animal y preservar el equilibrio ecológico.-
Que el no afrontar y dar solución a la superpoblación de animales conlleva a situaciones de alto riesgo para la salud humana y de especies autóctonas y domésticas, como el contagio de patologías zoonóticas como la rabia, parasitosis, brucelosis, salmonelosis, tiña, enfermedad de chagas, toxoplasmosis, enfermedades transmitidas por artrópodos, virosis diversas, etc.; en las cuales actúan como reservorios o vectores dichas enfermedades.-
Que la presencia de animales en la vía pública provoca una alteración grave del ecosistema local, rompiendo el equilibrio de la triada ecológica, interviniendo dichas especies como agentes etiológicos de dichas patologías, además de alterar la calidad de vida y la seguridad de la población responsable.-
Que un Programa de Salud Animal debe tener por objeto controlar la proliferación de los mismos, siendo fundamental en los resultados obtenidos la tarea voluntaria llevada adelante por Asociaciones protectoras de animales.-
Que las acciones llevadas a cabo para evitar la proliferación de animales, aún no son suficientes para controlar la población existente en Quilmes y es necesario profundizarlas.-
Que es menester llegar a un consenso sobre un sistema eficiente, moderno y humanitario para el control de la población animal que incluya a todos los actores involucrados, como veterinarios, asociaciones de protección, ciudadanos y el Estado Municipal.-
Que en la atención primaria de la salud, la prevención y la educación son fundamentales, por lo tanto debemos evitar la causa para no tener que actuar sobre los efectos.-
Que la Legislación Nacional vigente (Ley 14.346/54) prohíbe expresamente los actos de crueldad hacia los animales y por lo tanto exceptuaría el exterminio como método para el control de la superpoblación animal.-
Que se debe promover el desarrollo controlado y sanitario de la población animal, en una concepción de respeto por la vida, para armonizar su relación con el hombre.-
Que la práctica de la esterilización quirúrgica es aceptada como un procedimiento eficaz para controlar la superpoblación canina y felina, evitando además cualquier desequilibrio ecológico.-
Que existe un grado de concientización en la población que acepta y reclama este método ético, eficaz y en definitiva la más económica forma de control de la población animal.-
Que los perros de gran porte y tamaño son difíciles de controlar por sus dueños ante un ataque hacia otras personas siendo potencialmente peligrosos en los espacios públicos y espacios privados de uso público.-
Que es necesario regular la tenencia y permanencia de animales potencialmente peligrosos en estos espacios (calles, avenidas, plazas, negocios o todo espacio considerando de dominio público) e intentar evitar de accidentes.-
Que una de las mayores dificultades que existe a la hora de legislar sobre la tenencia de perros potencialmente peligrosos es la de definir que animales deben ser incluidos ya que esta característica de peligrosidad estaría dada más por la crianza y el trato que por la raza.-
Que se ha preferido estimar la peligrosidad de los perros según su porte y tamaño y que parámetros como tamaño de la mandíbula, fuerza de la mordida y capacidad para derribar un niño y/o adulto son los rasgos por los que se los considera potencialmente peligrosos.-
Que existen legislaciones vigentes sobre esta materia que definen la peligrosidad de los perros en función de peso y tamaño y otras que además consideran aquellos animales que hayan sido denunciados por agresiones graves a personas y/o a otros animales.-
Que la responsabilidad y el compromiso social de cada propietario sumado a la colaboración de los vecinos para identificar a los perros peligrosos permitiendo que los mismos sean registrados y controlados colaborará en alcanzar los objetivos de esta normativa.-
Que el objetivo general es que ayudará a reducir el número de perros abandonados en refugios de animales en todo el distrito de Quilmes .-
Que la problemática de los carreros involucra varias áreas que hay que controlar: el trabajo infantil, la marginación social, la seguridad vial, la salubridad. Que es frecuente ver carros conducidos por menores, a veces sin supervisión o compañía de mayores.-
Que es necesario prestar atención a la presencia de equinos en espacios públicos y privados, dotando a la Autoridad de Aplicación de una herramienta de control sobre los mismos.-
Que se debe proteger a los animales equinos de su deterioro por trabajo forzado, como así también por las malas condiciones de salubridad.-
Que resulta necesario entender la estrecha relación existente entre la actividad del cirujeo en basurales y la vía pública y la tracción a sangre. Es enorme la cantidad de carreros, cuya actividad primaria es el cirujeo. La basura puede ser la causa principal de más de cuarenta enfermedades. Algunas de las patologías infecciosas que están directamente relacionadas con los residuos son: Hepatitis viral, fiebre tifoidea, diarrea aguda, parasitosis intestinales (áscaris, tenias, guardias, amebas), cólera, enfermedades de la piel, alergias, gangrena, abscesos, tuberculosis, toxoplasmosis, encefalitis, enfermedades respiratorias, conjuntivitis, brucelosis, etc.".-
Que las enfermedades que pueden transmitir los equinos al ser humano son la rabia, brucelosis, ántrax, muermo, leptopirosis, entre otras. Todas estas enfermedades están vinculadas estrechamente con la exclusión social y la pobreza, dado que surgen en contextos de gran marginalidad. Que es frecuente ver caballos de tiro en medio de los basurales comiendo lo primero que encuentran en estados calamitosos. Son generalmente animales rústicos y provienen mayormente de adquisiciones irregulares; carecen de revisación durante el transcurso de sus vidas y suelen ser canales directos para transmitir enfermedades.-
Que la erradicación definitiva de los micro basurales a cielo abierto es aún una asignatura pendiente, y significaría, por otra parte, un importante avance en la conciencia social de los habitantes de la Ciudad de Quilmes en beneficio de la salud y preservación del medio ambiente-
Que este Proyecto de Ordenanza tiene por objeto sacar de la marginalidad a una población considerable del municipio a través de nuevos emprendimientos y a su vez, contempla la situación real de los equinos.-
Que los vehículos a tracción a sangre generan inseguridad en las calles de la ciudad, para aquellos que los utilizan y para todos quienes transitan por las calles de nuestra ciudad y el mal estado y maltrato que sufren los equinos que tiran los carros.-
Que el municipio debe velar por la seguridad de los que conducen los carros, en su mayoría menores de edad y por todos los ciudadanos que transitan por las calles de la ciudad y proteger a los animales del maltrato.-
Que la mayoría de los carros además, no cumplen con las normas viales, por lo que se tornan aun más peligrosos.-
Que todos los días los equinos sufren maltrato atados a carros.-
Que muchas veces hembras de equinos han parido en plena calle.-
Que han muerto equinos por arrastrar el carro con su cuerpo enfermo y malherido.-
Que fueron encontrados dos caballos muertos y mutilados en un basural de nuestra ciudad.-
Que por las calles se puede observar a los caballos que tiran los carros desnutridos, deshidratados, con lesiones óseas
irreversibles, heridas y patas lastimadas por no contar con herraduras.-
Que las distintas agrupaciones han hecho presentaciones ante el municipio derivadas de esta problemática.
Que todos los días en cartas de lectores y denuncias ciudadanas nos enteramos de algún caso de maltrato a los caballos.-
Que somos sensibles a la situación económica por la que atraviesan los denominados cartoneros que utilizan estos animales para trabajar pero no podemos aceptar el maltrato a que son sometidos los caballos y el peligro que implica ese vehículo en las calles.-
Que es necesario en forma urgente prohibir este tipo de metodología pudiendo ser reemplazado el caballo y utilizarse otro método-
Que el municipio debe implementar un control para que esto no siga sucediendo.-
Que deberá disponer de un lugar adecuado con infraestructura apropiada, donde puedan ser curados los caballos, por personal especializado en equinos, que hoy están en muy mal estado de salud, para su recuperación.-
Que son las agrupaciones las que por su cuenta y costos se ocupan de ayudarlos y curarlos.-
Que se busca con el Proyecto de Ordenanza comenzar a dar un correcto marco jurídico a una situación irregular, como primer paso a un cambio que procure la inclusión social de un sector marginado, con un alto impacto ambiental, ético y social.-
Por ello el Boque Unión-Pro aconseja la aprobación del siguiente proyecto de
ORDENANZA
CAPITULO I
DEL PROGRAMA QUILMES 100% LIBRE DE MALTRATO ANIMAL
Articulo Nº1: Crease el programa Quilmes 100% Libre de Maltrato Animal
Articulo Nº2: Declarese al distrito de Quilmes Municipio no Eutanasico
Articulo N°3: Declarese al distrito de Quilmes Libre de Tracción a Sangre con ……………………Animales de Tiro
Articulo Nº4 : Declarese en el distrito de Quilmes de Interés Municipal la …………………….Protección Integral de los Animales.-
Articulo Nº5: Crease la Secretaria Municipal de Salud Animal
Articulo Nº6: Crease el Consejo Asesor Municipal Animal
Articulo Nº7: Crease el Parque Zoosananitario Municipal para Pequeños Animales ……………………y Equinos
Articulo Nº8: Impleméntese un numero de teléfono gratuito para recibir …………………….denuncias sobre Abuso y Maltrato Animal
Articulo Nº9: Crease la Policía Municipal Animal
Articulo Nº10: Crease el Consejo Asesor Municipal de Animales
Articulo Nº11: Crease el Cementerio de Animales de Quilmes
Articulo Nº12: Crease el Registro Único Municipal de Mascotas Gratuito y ……………………..Obligatorio
Articulo Nº13: Crease el Registro Único Municipal de Animales preparados para ……………………..Zooterapia y Equino terapia Gratuito y Obligatorio
Articulo Nº14: Crease el Registro Único Municipal de Tenedores de Perros ……………………..Peligrosos Gratuito y Obligatorio
Articulo Nº15: Crease el Registro Único Municipal de Criaderos de Perros ……………………..Obligatorio
Articulo Nº16: Crease el Registro Único Municipal de Paseadores de Perros ……………………..Obligatorio
Articulo Nº17:Crease el Registro Único Municipal de Animales Equinos Gratuito y ……………………..Obligatorio
Articulo Nº18: Crease el Registro Único Municipal de Tenencia y/o Propietarios ……………………..de Equinos Obligatorio
Articulo Nº19: Crease el Registro Único Municipal de Asociaciones Protectoras de ……………………..Animales y Entidades a tal fin Gratuito y Obligatorio
Articulo Nº20: Adóptese en el distrito de Quilmes como medio eficiente para el ……………………..control de la reproducción de animales domésticos, la practica de esterilización quirúrgica.-
Articulo Nº21: Definiciones: A los fines de esta Ordenanza se entiende por:
………………….1.- Animales Domésticos de Compañía: son aquellos que por sus hábitos, características físicas y sanitarias, pueden y se adaptan a convivir con el hombre, sirven de compañía al mismo, no son destinados al consumo, y no está prohibida su tenencia.-
2.- Perros Guías y/ o Lazarillos: aquellos utilizados por personas discapacitadas para poder circular.-
3.- Perro geronte: se denomina así a los perros de tamaño grande y mediano mayores de siete (7) años, y a los perros pequeños mayores de diez (10) años.-
4.- Perro vagabundo: Aquellos animales que se encuentran merodeando en vías y espacios públicos sin propietario conocido ni responsable a cargo, sea este último persona física o entidad proteccionista y sin identificación alguna que proporcione antecedentes de propiedad.-
5.-Perro comunitario: Aquellos animales que se encuentran merodeando en vías y espacios públicos y que es cuidado por vecinos.-
6.- Criadero de Perros: Todo establecimiento que cuente con uno o más de un ejemplar macho reproductor y/o con una o más de un ejemplar hembra en estado actual o potencial de gestación y/o lactancia, dedicado exclusivamente a la cría y el mantenimiento de perros con vista a su reproducción y posterior comercialización de los cachorros obtenidos.-
7.-Socializar: criar al animal en un entorno adecuado en contacto con distintas personas para permitirle la adaptación a múltiples situaciones variables.-
5.- Adiestrar: implementar un sistema, a través del cual, el ser humano pretende mantener cierto dominio sobre el animal, aplicando técnicas específicas con el objetivo de crear hábitos adecuados para la convivencia con seres humanos y favorecer el desarrollo de su inteligencia natural, en provecho del control sobre el animal por parte del propietario y/o tenedor responsable.-
8.- Instituciones Afines con los Animales Domésticos de Compañía: Asociaciones Protectoras, Grupos de Rescate y/o Resguardo, Colegio de Veterinarios, Instituciones educativas oficiales dedicadas a la enseñanza de Ciencias vinculadas con los Animales, entre otras.-
9.- Definición de animales en riesgo: Aquellos que por ser propietarios, personas de escasos recursos económicos comprobados, se vean imposibilitados de afrontar un método eficiente para el control reproductivo de sus animales. Será también condición de animales en riesgo los perros acogidos bajo responsabilidad de entidades proteccionistas registradas y reconocidas como tales, y en las que es menester un método definitivo para evitar la reproducción.-
CAPITULO II
DE LAS OBLIGACIONES
Articulo Nº22: El dueño o tenedor de un animal domestico o que lo tenga bajo ……………………..su cuidado y responsabilidad, deberá registrar al animal en forma obligatoria en el Registro Único de Mascotas. La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.-
Articulo Nº 23: Extremar las medidas de precaución a los fines de evitar a los ……………………….vecinos y a la comunidad en general, las molestias, inconvenientes y excesivos ruidos más allá del límite tolerable que pueda causar el animal, alterando la paz y tranquilidad de estos. En consecuencia se prohíbe dejar al animal solo en la vivienda o en lugares en los cuales se aloje durante lapsos que pongan en peligro su vida y su bienestar, y la tranquilidad y convivencia de los vecinos. La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.-
Articulo Nº 24: A los efectos de dar cumplimiento a la prohibición establecida en ………………………el artículo anterior, los vecinos afectados podrán denunciar los hechos o situaciones ante la autoridad municipal correspondiente. En tales casos, si no se lograre la paz y la tranquilidad pública, será obligatoria que los dueños, tenedores o responsables encomienden la guarda del animal a personas responsables o instituciones dedicadas a su atención o al Parque Zoosanitario Municipal. La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.-
Articulo Nº25: El dueño del animal doméstico o el que lo tenga a su cuidado está ……………………..en la obligación de retirar, recoger de las calles, avenidas, parques u otros lugares públicos las deposiciones o materias fecales de sus animales. Se prohíbe que los animales domésticos realicen sus deposiciones sobre las aceras, zonas verdes o restantes elementos de la vía pública destinados al paso o estancia de los ciudadanos. Los propietarios o tenedores de los animales deberán recoger y retirar los excrementos, limpiando la vía pública, aceras, zonas verdes, parques, etc. que hubiesen ensuciado.-
Los excrementos podrán:
1.- Incluirse en la basura por medio de la bolsa de recogida habitual.
2.- Depositarse sin envoltorio alguno en los lugares habilitados para los perros, si los hubiere.
3.- Depositarse dentro de bolsas perfectamente cerradas, en papeleras y contenedores.
La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.-
Articulo Nº26: Todo animal doméstico que fuese encontrado en un lugar publico ……………………..sin estar acompañado de su dueño o de alguna persona que vele por su cuidado, podrá ser recogido bien por la Policía Municipal de Animal, o por Asociaciones protectoras y deberan ser llevados al Parque zoosanitario Municipal. Los animales que ingresen al Parque Zoosanitario Municipal, y no sean reclamados por sus dueños en un lapso no menor de Ocho (8) días contados a partir de su captura, cumplidos los trámites legales atinentes a la localización del propietario, tenedor o responsable del animal serán registrados en el caso que no lo esten, castrados y entregados en adpcion.
Articulo Nº 27: Todo animal comunitario debe estar registrado como tal por tres ………………………vecinos, debiendo cumplir con las normas sanitarias si esto no se cumpliera se tomara al animal como vagabundo.-
Articulo Nº28: Todo animal doméstico, procedente de otras jurisdicciones que ---……………………..deban permanecer temporalmente en el Municipio de Quilmes, por más de noventa (90) días deberá estar acompañado de su propietario, tenedor o responsable de su cuidado, quedando obligado a portar el correspondiente registro de Vacunación vigente. . La violación de esta norma será sancionada con una multa leve.-
Articulo Nº29: Al transportar perros, gatos u otros animales domésticos dentro ……………………..de la jurisdicción de este Municipio, estos deberán portar la correspondiente chapa identificatoria y su Certificado de Vacunación Antirrábica. . La violación de esta norma será sancionada con una multa leve.-
Articulo Nº30:El Propietario, tenedor o responsable de un animal que haya sido objeto del procedimiento establecido en el art. 26 , deberá rembolsar al municipio los gastos ocasionados.
Articulo Nº 31: La Municipalidad considerará y podrá celebrar acuerdos o ………………………convenios con cualquier entidad, facultad veterinaria, (privada, pública o semipública) que ofrezcan soluciones a la problemática planteada en esta Ordenanza.-
Articulo Nº32: El Departamento Ejecutivo Municipal promoverá campañas de ……………………..educación en la comunidad sobre la forma en que deben ser tratados los animales, como así también de las necesidades de los mismos en cuanto a su correcto manejo. Esta debe ser aplicada desde los niveles escolares, en programas concertados con las autoridades educativas.-
Articulo Nº33: Igualmente, la Municipalidad realizará campañas masivas de ………………………divulgación donde se harán conocer las medidas dispuestas con respecto a los perros existentes en la vía pública.-
Articulo Nº34: Contar con un móvil de Salud, para efectuar emergencias, las ……………………..castraciones en la periferia y zonas de bajos recursos.-
Articulo Nº35: Los animales que se encuentren en la vía pública serán recogidos ……………………..por la Policía Municipal Animal ,con un vehículo adecuado para su traslado no traumático, quienes podrán solicitar el apoyo de veterinarios y/o de la sociedades protectoras de animales.-
Articulo Nº36: La presente Ordenanza podrá ser aplicada por extensión a ……………………..animales que aún sin ser caninos ni felinos, se encuentren dentro de la problemática que se desea prevenir, como animales de zoológico, circos u otras mascotas.-
Articulo Nº37: El tenedor de perros, gatos u otros animales con tenencia ……………………..permitida y que corresponda vacunarlos, deberá obtener dentro de los seis (6) primeros meses de vida del animal el correspondiente certificado de vacunación antirrábica, expedido por un médico veterinario en ejercicio de su profesión debidamente colegiado. La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.-
CAPITULO III
DE LA PROTECCION DE LOS ANIMALES
Articulo Nº 38 : Sólo se permitirá la circulación y permanencia de perros, gatos y ………………………otros animales domésticos en parques, plazas, avenidas, calles y otros lugares de uso público y privado cuando estén acompañados por su dueño, tenedor o persona que se haga responsable. Aquellos animales que por su especie lo requieran deberán estar sujetos con collar, cadena y usar bozal si su carácter agresivo lo requiere. Asimismo, deberán estar vacunados contra las enfermedades que señalen los organismos, nacionales, estatales y municipales competentes. Es obligatorio que los mismos usen chapas identificatorias. . La violación de esta norma será sancionada con una multa grave.-
Articulo Nº 39: El dueño, o el que tenga en su cuidado un animal deberá ………………………atenderlo, alimentarlo y cumplir con todas las medidas profilácticas higiénico- sanitarias que las autoridades nacionales, estatales o municipales determinen. . La violación de esta norma será sancionada con una multa gravisima.-
Articulo Nº 40: En ningún caso el dueño del animal, o quien lo tenga bajo su ………………………responsabilidad, podrá:
1. Arrojarlo en la vía pública ni vivo ni muerto.-
2. Maltratarlo, agredirlo físicamente o someterlo a cualquier otra acción que le ocasione sufrimiento o daño.-
3. Privarlo de aire, luz, sombra o alimentos, movimiento, espacio suficiente, abrigo o higiene.-
4. Practicarle mutilaciones, excepto las controladas por médicos veterinarios, y sólo en caso de necesidad para salvar la "Vida del animal".-
5. Usar animales cautivos como blanco de tiros, con objetos capaces de causarle daño o la muerte, con arma de fuego o cualquier otro instrumento.-
6. Castrar animales cuando quien lo realice no sea médico veterinario debiendo ser previamente insensibilizados con anestesia.-
7. Usar animales en prácticas de hechicería, causándoles dolor, sufrimiento o muerte.-
8. Eliminar animales con sustancias que les provoque agonía dolorosa y prolongada-
9. Utilizar para cualquier atracción, actividad, carga, monta o espectáculos a un animal ciego, herido, viejo o enfermo.-
10. Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles el descanso físico adecuado.-
11. Ejercer el comercio ambulante de animales.-
12. Vender animales a niños, niñas y adolescentes, entredichos, inhabilitados, salvo que lo haga a sus representantes legales quienes se responsabilizarán ante el vendedor de la adecuada subsistencia y cuido del animal.-
13. Obligar a los animales a ingerir excesivas dosis de alimentos, así como suministrarle cualquier sustancia para alterar sus funciones digestivas o características físicas para destinarles a la matanza.-
14. Practicar riñas entre animales.-
15. Utilizar al animal como elemento de carga utilizar a los animales en cualquier trabajo de cargo paseo o diversión en el distrito de Quilmes salvo aquellos casos expresamente autorizados en la presente ordenanza.-
La violación de estas normas serán sancionadas con una multa gravisima.-
Articulo Nº41: Prohíbanse en todo el ámbito del Partido de Quilmes los ……………………..espectáculos circenses o similares, cuando entre sus números artísticos figuren animales como protagonistas o partícipes-. La violación de esta norma será sancionada con una multa gravísima.-
Articulo Nº42: Sin prejuicios de las disposiciones previstas en la Ley de ……………………..Protección a la Fauna Silvestre, queda prohibida la tenencia de animales salvajes o no domésticos sean o no autóctonos en el distrito de Quilmes
Los animales no domésticos que sean encontrados en tales condiciones serán entregados inmediatamente a los organismo competentes de conformidad por lo dispuesto en las mencionadas leyes especiales . La violación de esta norma será sancionada con una multa gravisima.-
Articulo Nº43:La permanencia de animales domésticos en establecimientos ……………………..públicos o privados estará sujeta a la normativa que al respecto dicten las autoridades y/o encargados, y en el caso de espacios privados los dueños o responsables de los lugares, debiéndose establecer las pautas y exhibir los correspondientes reglamentos en lugar visible y destacado en caso contrario se considerara q no existe impedimento para el acceso o permanencia de los mismos. La prohibición prevista en este articulo, rige para los establecimientos comerciales o industriales, de oficinas, bares, restaurantes y similares..., solo durante las horas laborables de los mismos. Están exentos los animales que impliquen fines educativos, terapéuticos o de readaptación y los que presten un servicio social como lazarillos o función similar. La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.-
Articulo Nº44: El sacrificio destinado al consumo humano se hará por métodos, ……………………..que no entrañen crueldad, sufrimiento o prolongación de la agonía. Deberá efectuarse en locales adecuados y específicamente previstos para tal efecto. Queda prohibido que menores sacrifiquen animales o presencien el acto del sacrificio. Esta disposición es aplicable a cualquier animal. Queda expresamente prohibido el sacrificio de hembras preñadas . La violación de esta norma será sancionada con una multa grave.-
A los efectos de esta ordenanza se entiende por eutanasia o sacrificio eutanásico de un animal, provocar la muerte del mismo sin dolor o sufrimiento.-
Articulo Nº45: Se prohíbe la tenencia, transporte, venta, comercio interno y ……………………….exportación de animales salvajes y silvestres en las áreas urbanas del Municipio de Quilmes. Asimismo se prohíbe sustraerlos de su hábitat natural con fines de cautiverios. La violación de esta norma será sancionada con una multa grave.-
Todo ciudadano tiene derecho de denunciar la violación de este artículo ante La autoridad habilitante de esta ordenanza a fin de que practiquen el decomiso de las especies animales comercializadas y de ser posible gestionar su devolución a su hábitat natural, aplicándose las previstas en estas ordenanzas y en la Ley.-
CAPITULO IV
DE LA MATRICULACION DE PERROS, GATOS Y OTROS ANIMALES DOMESTICOS.
Del registro Único Municipal de Mascotas
Articulo Nº 46:El Departamento Ejecutivo establecerá el alcance de la categorización e informará a la población de las obligaciones emergentes Se podrá acceder al formulario y realizar la correspondiente inscripción tanto personalmente o desde la página Web del municipio.-
Articulo Nº47:El municipio en conjunto con las entidades protectoras la policía Municipal Animal y el Parque Zoosanitario Municipal serán los encargados de registrar a los perros vagabundos del distrito de Quilmes la inscripción La chapa identificadora y el tatuaje identificatorio de castración se harán en forma gratuita dichos animales serán enviados a los lugares q esta ordenanza específica para ser dados en adopción ,ya sea a tenedores responsables o a instituciones con fines terapéuticos.-
Articulo Nº48:Los perros, gatos u otros animales domésticos que circulen en .......................jurisdicción del Municipio de Quilmes deberán ser registrados por sus dueños, tenedores o representantes, ante el Registro Único Municipal de Mascotas , dentro de los primeros cuatro (4) meses de vida del animal. . La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.-
Articulo Nº49: A los efectos de efectuar el registro correspondiente, el ……………………..propietario o tenedor responsable deberá consignar el certificado de vacunación antirrábica vigente expedido por la autoridad sanitaria o por un médico veterinario en ejercicio de la profesión, quien entregará la tarjeta sanitaria respectiva. Registro Único Municipal de Mascotas una vez registrado el animal expedirá una chapa metálica de registro, que deberá portar el animal para poder salir a la calle.-
Articulo Nº50:La tarjeta sanitaria de Registro estará debidamente numerada y ……………………..especificará los siguientes datos minimos:
1. Identificación del domicilio del propietario del animal.
2. La reseña del animal con indicación de edad, nombre, raza, color y sexo.
3. Datos de vacunación, en la cual se dará prioridad a la vacunación antirrábica si fuere el caso y la de su expiración y lote de vacuna.
4. Identificación del médico veterinario que efectuó la vacunación antirrábica.-
La tarjeta sanitaria será permanente y en ella se incorporarán periódicamente los datos relativos a la vacunación.
Articulo Nº51: La chapa metálica de registro tendrá grabado el código y el ………………………número asignado en forma exclusiva al animal y la fecha de inscripción en el registro.-
Articulo Nº52 :Los perros vagabundos, los comunitarios y los que estén en ……………………….adopción y hayan sido castrados deberán no solo poseer la chapa identificatoria sino se deberá emplear la identificación por medio de tatuaje indoloro.-
Articulo Nº53: No están sujetos al registro previsto en esta ordenanza los perros ………………………y gatos que estén transitando por el Municipio de Quilmes por un tiempo no mayor de noventa (90) días.
Articulo Nº54: Están exentos del registro gratuito Las compañías privadas de ……………………..vigilancia canina quienes deben registrar a los canes en forma obligatoria ,con un costo que se establecerá por vía reglamentaria el monto será destinado al Programa 100% Libre De Maltrato Animal. Así mismo para registrar a los canes deben cumplir con las condiciones sanitarias detalladas en esta ordenanza los perros que utilicen para la prestación de su servicio deben estar suficientemente entrenados para la vigilancia en cuestión. La empresa velará por la alimentación y salvedad adecuada que garanticen el bienestar de los animales. La violación de esta norma será sancionada con una multa grave.-
Articulo Nº55: La inscripción en el sistema de identificación de animales, no ………………………podrá ser utilizada para el cobro de impuesto, tasa o pago alguno a partir de la vigencia de la presente ordenanza.
CAPITULO V
DE LA CAPTURA, ALOJAMIENTO Y DESTINO POSTERIORES DE PERROS Y GATOS y EQUINOS
Articulo Nº56:El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Policía ……………………..Municipal Animal y el Parque Zoosanitario Municipal en conjunto con el Consejo Asesor Municipal Animal , y las Asociaciones Protectoras de Animales procederá a la captura, alojamiento y destino posterior, de todo perro suelto en la vía pública y que no reúna los requisitos de identificación
Articulo Nº57: Para la captura, el personal afín deberá contar con los elementos ……………………..indispensables mínimos, como son: lazos, collares, bozales, medios de transporte (jaulones móviles y un sistema de camillas para traslado hasta el vehículo de aquellos que hubiesen sido hallados en estado inadecuado de salud) y un lugar físico para el primer alojamiento dentro del mismo, además de incorporar elementos sedantes para aquellos animales que manifiesten resistencia o agresividad acentuada, los cuales serán manejados por personal adecuadamente entrenado o por un profesional veterinario. Debe utilizarse como primer método de captura la persuasión del animal
Articulo Nº58: El alojamiento se efectuará en el Parque Zoosanitario Animal, ……………………..dependencias o un sitio dependiente de la Municipalidad destinado para tal fin (albergue de la Asociación Protectora de Animales o de otra entidad que reúna las condiciones, previa suscripción del convenio pertinente), durante un periodo de tres días en los cuales el animal será debidamente identificado en forma indeleble para que en caso de una posterior captura se multe a su dueño por reincidente, es decir por permitir que su perro transite nuevamente por la vía pública sin los medios de contención adecuados, la compañía de su dueño o de alguien responsable por la conducta del mismo
Articulo Nº 59: El perro que sea recogido como mordedor deberá ser alojado en ……………………..lugares independientes de los otros animales y ser sometido a observación veterinaria durante un periodo no inferior a los diez (10) días, además se deberá notificar a su dueño, si es que lo tuviera, de tal situación quien deberá costear los gastos que la estadía y la atención demanden. Los animales que no fueran retirados en los plazos previstos, según su condición y los que superen la observación veterinaria, serán dados en adopción a nuevos dueños o a la Asociación Protectora de Animales para que continúen con los cuidados de los mismos.
CAPÍTULO VI
RECOLECCIÓN DE ANIMALES EXTRAVIADOS Y/O ABANDONADOS
Articulo Nº 60:La Autoridad Municipal Competente deberá instrumentar las ……………………..medidas necesarias, tendientes a la creación de un predio y/o a la adecuación de un predio ya existente y/o de propiedad de las instituciones afines con las que oportunamente se celebraren convenios, para la internación y atención transitoria de los animales extraviados y/o abandonados en la vía pública
Articulo Nº 61: Los Animales Domésticos de Compañía que fueren hallados ………………………sueltos en la vía pública serán recogidos por personal Municipal o personal de las instituciones afines, y serán conducidos a los lugares mencionados en esta ordenanza para su internación transitoria animal doméstico que tuviera residencia habitual en la calle o lugares públicos sin propietario identificado, será reconocido en la categoría de "animal comunitario" con residencia en el sitio, el que deberá estar debidamente inscripto en el Registro Único Municipal Animal
Articulo Nº62: Para considerarse a los mismos dentro de la presente categoría, ………………………deberá presentarse una planilla con la firma de por lo menos 3 personas, todas domiciliadas en la zona de hábitat del animal, y cada una en domicilios distintos, quienes deberán hacerse solidariamente responsables de los daños que el perro pudiera ocasionar, siendo sus obligaciones:
1.- Cumplimentar con la totalidad de los preceptos de la presente ordenanza.
2.- Tomar a su cargo la manutención del animal.
3.-Acreditar la castración del animal. Mediante tatuaje indoloro
Articulo Nº63: Todo animal capturado podrá ser restituido a su propietario y/o ……………………..tenedor responsable dentro de los ocho (8) días, debiendo cumplir los responsables del predio con los siguientes requisitos:
1.-Realizar la evaluación clínica del animal por un Profesional Veterinario Matriculado.
2.- Administrar las vacunas obligatorias y desparasitarlo, de no tenerse prueba documentada del estado sanitario.
3.- Realizar las tareas necesarias para la localización de los propietarios y/o tenedores responsables de los animales capturados sin identificación cuando se obtuviese alguna información al respecto.
4.- Identificar y registrar en el Registro Único Municipal de Mascotas a los animales sin identificación.
5.- Notificar al propietario y/o tenedor responsable sobre las medidas preventivas contra la rabia y otras zoonosis.
6.- Notificar al propietario y/o tenedor responsable de las infracciones cometidas y dar aviso a la Autoridad Municipal Competente de las mismas.
Todos los costos que el cumplimiento de este Artículo produjese, inclusive el de la manutención durante la internación en el predio deberán ser abonados por el propietario y/o tenedor responsable del animal secuestrado previo a su restitución.
Articulo Nº64 :Vencido el plazo establecido en el Artículo precedente sin que los ……………………….animales hubieren sido reclamados por sus propietarios o tenedores responsables, y cumplimentados los requisitos estipulados en el mismo, se procederá a lo siguiente:
1.-Los que hubieren sido identificados, serán restituidos a sus propietarios y/o tenedores responsables. Los no identificados, quedarán en situación de adopción.
2.-Los requisitos necesarios para la mencionada adopción serán fijados por vía reglamentaria.
3.-En este caso, las personas que adopten un perro no deberán abonar ninguna cantidad por gastos ocasionados o sanciones pendientes
CAPITULO VII
DEL TRASLADO DE ANIMALES VIVOS
Articulo Nº65: El traslado de los animales vivos con fines comerciales en ………………………cualquier tipo de vehículo, obliga a emplear en todo momento procedimientos que no entrañen crueldad, malos tratos, fatiga extrema carencia de descanso, bebida o alimentos para los animales transportados, por ende, queda estrictamente prohibido transportar animales arrastrándolos suspendidos de los miembros superiores o inferiores, en costales o en cajuelas de automóviles, y tratándose de aves, con las alas cruzadas. . La violación de esta norma será sancionada con una multa gravisima.-
Articulo Nº66: Para el transporte de cuadrúpedos, se emplearán vehículos que ……………………..los protejan del sol y la lluvia. Para el caso de animales más pequeños, las transportadoras deberán tener ventilación y amplitud y su construcción será lo suficientemente sólida y cómoda
Articulo Nº67: Por ningún motivo los receptáculos conteniendo animales, serán ……………………..arrojados de cualquier altura y las operaciones de carga, descarga o traslado, deberán hacerse evitando todo movimiento brusco, conforme a las normas de esta ordenanza . La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.-
Articulo Nº68:En el caso de animales transportados que fueran detenidos en su ……………………..camino o se demorara su descarga por complicaciones accidentales, fortuitas o administrativas, se les deberá proporcionar en lo posible, abrevaderos y alimentos hasta que sea solucionado el conflicto y puedan proseguir a su destino, sean descargados o bien entregados a instituciones autorizadas para su custodia y disposición.
Articulo Nº69: Quedan estrictamente prohibidas las prácticas dolorosas o ……………………..rutilantes en animales vivos con el objeto de hacinarlos en un espacio reducido para su traslado. La violación de esta norma será sancionada con una multa gravisima.-
Articulo Nº70:Queda prohibido dejar animales enjaulados en las bodegas de las ......................compañías transportistas o en los carros o camiones por un lapso de tiempo mayor de 6 horas para las aves y 4 horas para las demás especies sin proporcionarles agua, alimentos y espacio suficiente para que puedan descansar sueltos por un periodo mínimo de 4 horas consecutivas. . La violación de esta norma será sancionada con una multa grave.-
Articulo Nº71: Tratándose del traslado de animales en autotransportes, se ……………………..deberá dejar un espacio suficiente entre el flete y las jaulas o transportadores para la libre respiración de los animales. . La violación de esta norma será sancionada con una multa grave.-
Articulo Nº72: En el transporte se deberá contar con ventilación y pisos ……………………..antiderrapantes.
Articulo Nº73: Para el caso de la transportación de animales pequeños las jaulas ……………………..que se empleen, deberán tener ventilación y amplitud suficiente para que puedan ir de pie o descansar echados. Asimismo para el transporte de cuadrúpedos es necesario que el vehículo que se utilice tenga el espacio suficiente para permitirle viajar sin maltrato y con posibilidad de echarse. La violación de esta sera sancionada con una multa grave
Articulo Nº74: La carga o descarga de animales deberá hacerse por medio de ………………………plataformas a los mismos niveles o elevadores de paso o arribo, o bien por medio de pequeños vehículos o elevadores con las mismas características. Sólo en los casos de que no exista esta posibilidad, se utilizarán rampas con la menor pendiente y con las superficies antiderrapantes. La violación de esta norma sera sancionada con una multa grave.-
Articulo Nº75: El transporte y movilización de animales domésticos en ……………………..jurisdicción del Municipio de Quilmes sólo podrá hacerse en vehículos particulares o en transportes para carga. Queda prohibida la movilización de animales, en unidades destinadas a transportar alimentos y medicinas. Igualmente queda prohibido transportarlos en unidades de transporte público. La violación de esta norma sera sancionada con una multa grave.-
Articulo Nº76:Se prohíbe el transporte de animales hembras en avanzado estado ……………………..de preñez, salvo en caso de emergencia en los cuales sea necesario su traslado. Si se tratase de animales que pertenezcan a distintas especies que vayan en el mismo medio de transporte, los animales deberán separarse físicamente. las hembras con sus cría o las que amamantan, separadas de las otras hembras. Los animales no deben ser transportados conjuntamente con mercancías. . La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.-
Articulo Nº77:Cuando se trate de viajes o traslados de varias horas, antes de la ……………………..carga, los animales deberán ser inspeccionados por un médico veterinario colegiado, que asegure su aptitud para el viaje. La carga de animales deberá ejecutarse bajo las normas previstas en esta ordenanza. El veterinario expedirá un certificado en el que conste la identificación de los animales, su aptitud para el viaje y las características del medio de transporte a utilizar, este certificado será presentado ante el Parque Zoosanitario Municipal quien expedirá un permiso para su traslado. La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.-
CAPITULO VIII
DE LOS ZOOLOGICOS, .CIRCOS, FERIAS, ACUARIOS Y DE LA FAUNA SILVESTRE
Articulo Nº78:Las disposiciones previstas en esta ordenanza referidas a la ……………………..protección de los animales se aplicará a los cautivos en los zoológicos, circos, ferias, acuarios y de la fauna silvestre, independientemente del uso de animal o fauna que se encuentre en ellos, sea o no autóctono de Argentina
Articulo Nº79:Las personas que ofrezcan a los animales cualquier base de …………………….alimentos u objetos, cuya ingestión puedan causar daños o enfermedad a estos, serán sancionadas con multa grave, además, en caso de muerte del animal, que pagar su valor como bien patrimonial al propietario o dueño del mismo.-
Articulo Nº80: Los lugares autorizados para la venta de animales deberán …………………….mantenerlos en locales suficientemente amplios que le permitan libertad de movimientos. Durante su traslado no podrán ser inmovilizados en posición antinatural que les ocasiones sufrimientos y lesiones, provistos de suficiente luz y espacio para respirar. La violación de esta norma sera sancionada con una multa grave.-
Articulo Nº81:Se prohíbe la tenencia de animales salvajes en todo el distrito ……………………..de Quilmes . La violación de esta norma será sancionada con una multa gravisima.-
CAPITULO IX
DEL USO DE ANIMALES EN EXPERIMENTACION
Articulo Nº82: Sólo se podrá utilizar animales vivos en experimentos, realizados ……………………..en lugares idóneos destinados para ello, que sean imprescindibles para el estudio y avance de la ciencia, siempre que se demuestre que los mismos tienden al control, prevención, diagnóstico o tratamiento de enfermedades que afectan al hombre y a los animales. En todo caso, las condiciones higiénicas- sanitarias deberán ser óptimas, tanto respecto al personal competente que intervenga en tales experimentos, como para los animales. La violación de esta norma sera sancionada con una multa gravisima.-
Articulo Nº83:La actividad científica que requiera el uso de animales sólo podrá ……………………….ser realizada por Centros o Laboratorios de Experimentación, Hospitales, Universidades Públicas y Privadas, principalmente bajo el asesoramiento de expertos en Zootecnia, Veterinaria, Medicina u otra carrera científica e involucrar a las Facultades de Ciencias Veterinarias de todas las Universidades Públicas y Privadas y Escuelas de Zootecnia.
Articulo Nº84:Queda prohibida la vivisección (el acto o práctica de hacer ......................operaciones quirúrgicas en animales vivos con el propósito de llevar a cabo una investigación psicológica o demostración, exanimación o crítica sin piedad y minuciosa") y disección (es la división en partes de un animal muerto para examinarlos y estudiar sus órganos) de animales por personas que no hayan sido debidamente autorizadas para ello por los organismos de institutos competentes, de acuerdo a la Ley. La violación de esta norma será sancionada con una multa gravisima.-
Articulo Nº85: Queda prohibido abandonar a un animal después de haber sido ......................utilizado en experimentación. La violación de esta norma sera sancionada con una multa grave.-
Articulo Nº86:Se prohíbe el uso de animales en ensayos y experimentos, cuando ……………………..existan métodos alternativos, tales como, Pruebas In Vitro, modelos computarizados, videos, fotografías y demás técnicas idóneas permitidas para estos fines. La violación de esta norma será sancionada con una multa grave.-
CAPITULO X
DE LOS ANIMALES PELIGROSOS
Articulo Nº87: Se consideran animales potencialmente peligrosos todos los que, ……………………..siendo utilizados como animales domésticos, de compañía o de vigilancia, con independencia de su agresividad o de la especie o raza a la que pertenezcan, se encuentren al menos en alguno de los supuestos siguientes:
1.- Animales con antecedentes de agresiones o violencia con personas u otros animales.
2.- Animales adiestrados en la defensa o ataque.
3.- Los perros pertenecientes a una tipología racial, que por su carácter agresivo, tamaño potencia de mandíbula, tengan capacidad de causar la muerte o lesiones graves a las personas o a otros animales y daños a las cosas.
4.-En particular se consideran incluidos en esta categoría, los perros que, siendo de raza pura o nacidos de cruces interracial es poseen alguna de estas Características fisionómicas :fuerte musculatura, marcado carácter, pelo corto, tórax entre 60 y 80 cm. altura entre 50 y 70 cm, peso superior a 30 Kg, cabeza voluminosa, cuboides robusta, cráneo ancho y grande, mandíbulas grandes y fuertes boca ancha y profunda, cuello ancho musculoso y corto, extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente larga, formando un Angulo moderado ejemplo: dogo argentino pitbullterrier,rotweiler, doberman,mastin,dogo de burdeos, etc.-
Articulo Nº 88:La tenencia de animales potencialmente peligrosos por personas ………………………que residan o que desarrollen una actividad de comercio o adiestramiento en este municipio, deberán registrarse obligatoriamente, por sus dueños, tenedores o representantes ante el Registro Único Municipal Tenedores de Animales Peligrosos, dentro de los primeros cuatro (4) meses de vida del animal. La violación de esta norma será sancionada con una multa grave.-
Articulo Nº89: A los efectos de efectuar el registro correspondiente, el ……………………..propietario o tenedor responsable deberá consignar:
1.- Datos del animal:
2.- Datos identificativos:
3.-Tipo de animal y raza.
4.-Nombre.
5.- Fecha de nacimiento.
6.- Sexo.
7.- Color.
8.- Signos Particulares (manchas, marcas, cicatrices, etc.).
9.- Certificado de vacunación vigente expedido por la autoridad sanitaria o por un médico veterinario en ejercicio de la profesión, quien entregará la tarjeta sanitaria respectiva. 10.- Lugar habitual de residencia.
11.- Destino del animal (compañía, guarda o vigilancia, protección, defensa,
manejo de ganado, caza, etc.). 12.- Documento Nacional de Identidad cuando se trate de personas físicas , o del representante legal, cuando se trate de personas jurídicas.
13. Poder de representación suficiente, si se actúa en representación de otra persona.
14.- Escritura de constitución de entidad jurídica y número de identificación fiscal. En caso de tratarse de personas jurídicas 15.- Certificado de capacitación en el caso de adiestradores.
16.- En el supuesto de personas, establecimientos o asociaciones dedicados al adiestramiento, cría, venta, residencia o mantenimiento temporal de animales, deberán aportar la acreditación correspondiente.
17.-Localización de los locales o viviendas que habrán de albergar a los animales, con indicación de las medidas de seguridad adoptadas. 18.- Certificado de antecedentes penales. No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública o asociación con banda armada. 19.-No haber sido anteriormente sancionado por infracciones graves en materia de tenencia de animales 20.-Certificado de aptitud psicológica para la tenencia de animales de estas características, expedido por psicólogo colegiado.
21.- Identificación del domicilio del propietario del animal.
Articulo Nº90: Para poder albergar a los perros potencialmente peligrosos, las ………………………..instalaciones deberán tener las siguientes características:
1-Las paredes y vallas deben ser suficientemente altas y consistentes y deben estar fijadas a fin de soportar el peso y la presión del animal.
2.-Las puertas de las instalaciones deben ser tan resistentes y efectivas como el resto del contorno y deben diseñarse para evitar que los animales puedan desencajar o abrir ellos mismos los mecanismos de seguridad.
3.-El recinto debe estar convenientemente señalizado con la advertencia de que hay un perro de este tipo. En caso de que la instalación tenga rejas, las mismas no deberán permitir que la boca del animal la atraviese.
La violación de estas normas serán sancionadas con una multa grave.-
Articulo Nº91:Se comprobará la idoneidad y seguridad de los locales o ………………………viviendas que habrán de albergar a los animales, mediante la supervisión de la autoridad competente
Articulo Nº92:La Policía Municipal de Mascotas en conjunto con el Concejo ………………………..Asesor de Mascotas y la colaboración de las Asociaciones Protectoras de animales consignará los resultados de su inspección
expidiendo un informe que describa la situación del inmueble y, en su caso, las medida de seguridad que sea necesario adoptar en el mismo y el plazo para su ejecución. De dicho informe se dará traslado al interesado para que ejecute las obras precisas o adopte las medidas consignadas en el informe técnico, en el término que en el mismo se establezca, decretándose la suspensión de la habilitación para el tenedor de animales peligrosos hasta tanto se certifique su cumplimiento.-
Articulo Nº93: Corresponde al municipio, a la vista del expediente tramitado, ……………………….resolver, de forma motivada, sobre la concesión o denegación de la licencia. Dicha resolución deberá notificarse al interesado en el plazo máximo de un mes, contado desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro Único de Animales Peligrosos la licencia expedida será registrada y dotada de un número de identificación.-
Articulo Nº94:Si se denegase la licencia a un solicitante que estuviere en ……………………...posesión de un animal potencialmente peligroso, en la misma resolución denegatoria se acordará la obligación de su tenedor de entregarlo inmediatamente al Parque zoosanitario Municipal para ser asistido, esterilizado y darlo en tenencia responsable.
Articulo Nº95: Los responsables de animales inscritos en el Registro, deberán ……………………….comunicar cualquier cambio de residencia permanente o por más de tres meses, la esterilización, enfermedad o muerte del animal, así como cualquier incidencia reseñable en relación con el comportamiento o situación del animal; sin perjuicio de que la Administración, de oficio, practique la anotación de las circunstancias de que tenga conocimiento por sus medios, por comunicación de otras autoridades o por denuncia de particulares en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos. La violación de esta norma será sancionada La violación de esta norma sera sancionada con una multa moderada.-
Articulo Nº96: El Registro Único de Animales Peligrosos otorgara una chapa ……………………metálica de registro tendrá grabado el código y el número asignado en forma exclusiva al animal y la fecha de inscripción en el registro y su condición de animal potencialmente peligroso.-
Articulo Nº97: No estarán sujetos al registro previsto en esta ordenanza los ………………………..perros que estén transitando por el Municipio de Quilmes por un tiempo no mayor de treinta (30) días.
Articulo Nº 98: Las compañías privadas de vigilancia canina están en obligación ………………………..de estar suficientemente entrenados para la vigilancia en cuestión. La empresa velará por la alimentación y salvedad adecuada que garanticen el bienestar de los animales. La violación de esta norma será sancionada con una multa gravisima.-
Articulo Nº99: Los animales deberán estar en todo momento provistos de su ……………………….correspondiente identificación. La violación de esta norma será La violación de esta norma sera sancionada con una multa moderada.-
Articulo Nº 100: Será obligatoria la utilización de correa o cadena de menos de ………………………..dos metros de longitud, así como un bozal homologado y adecuado para su raza. La violación de esta norma será sancionada con una multa leve.-
Articulo Nº 101:En ningún caso podrán ser conducidos por menores de edad.
Articulo Nº102:Se deberá evitar que los animales se aproximen a las personas a ……………………….distancia inferior a un metro, salvo consentimiento expreso de aquellos, y en todo caso, a los menores de dieciocho años si éstos no van acompañados de una persona adulta.
Articulo Nº103:Se evitará cualquier incitación a los animales para arremeter ……………………….contra las personas u otros animales.
Articulo Nº 104: Se prohíbe la presencia y circulación de estos animales en …………………………parques y jardines públicos, así como en las inmediaciones de centros escolares, guarderías infantiles, mercados, centros recreativos o deportivos y en general en las zonas públicas caracterizadas por un tránsito intenso de personas, entre las 7 y las 22 horas. La violación de esta norma será sancionada con una multa grave.-
Articulo Nº 105: Exceptuados de esta obligación están a los perros ……………………….pertenecientes a las Fuerzas Armadas y de Seguridad del Estado.
Articulo Nº 106: El perro no podrá ser dejado en lugares comunes de inmuebles ………………………...que pertenezcan a más de un propietario y tampoco abandonado, atado o obligado a cumplir horas de trabajo de guardia sin los descansos pertinentes. La violación de esta norma sera sancionada con una multa grave.-
CAPÍTULO XI
DE LOS CRIADEROS DE MASCOTAS
Articulo Nº107: En el Registro de Criaderos de mascotas deberán inscribirse todas aquellas personas o establecimientos dedicados a esta actividad. Este registro es de carácter obligatorio y el costo del mismo se establecerá por vía reglamentaria. El monto será destinado al Programa 100% Libre De Maltrato Animal
Articulo Nº108: Es obligación de los criadores de mascotas informar de cada ………………………nacimiento mediante un informe de camada por animal en el registro único de mascotas al momento de nacimiento en caso de fallecimiento debe informarse motivo y causa del deceso. La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.
Articulo Nº 109: Para obtener los permisos, los criadores de mascotas deben dar ……………………….su consentimiento a una inspección de sus instalaciones . Los criadores también estarían sujetos a inspecciones anuales al recibir la autorización.
Articulo Nº110: A las hembras utilizadas para la reproducción deberá dársele un descanso de 18 meses entre los ciclos de cría. La violación de esta norma será sancionada con una multa gravisima.-
Articulo Nº111: La habilitación para el funcionamiento del criadero, estará sujeta ………………………..a una Evaluación de Impacto Ambiental por parte de las autoridades competentes
Articulo Nº112: A los fines de la presente ordenanza se considerará perro ………………………..pequeño a aquel que pesa hasta dieciséis (16) kilogramos; perro mediano a aquel que pesa entre dieciséis (16) y veintitrés (23) kilogramos y perro grande a aquel que pesa más de veintitrés (23) kilogramos
Articulo Nº 113: Sin perjuicio de lo establecido en la presente Ordenanza, los …………………………criaderos de perros deberán satisfacer los siguientes requisitos:
1.- Estar cercados por una pared de material o vallado perimetral de alambre de malla adecuadamente cubierta, que impida la salida de los animales del ámbito habilitado.
2.-Tener una superficie mínima por cada animal de ocho con cincuenta (8,50) metros cuadrados para los perros grandes; siete con cincuenta (7,50) metros cuadrados para los medianos y seis (6) metros cuadrados para los pequeños. Se deberá destinar un cincuenta por ciento (50 %) de la misma para la circulación de los animales cuando éstos no se encuentren dentro de sus respectivos caniles. El interior básico de un criadero deberá incluir varias áreas de trabajo, además de pasillos y caniles.
3.- Poseer espacios verdes convenientemente forestados en el sector de estacas o agarraderas, para la tenencia al aire libre de los animales en horas del día.
4.- Permitir la fácil limpieza de las distintas áreas de trabajo, pasillos, caniles y demás instalaciones; y garantizar la existencia de medios apropiados de desinfección, desinsectación, desratización y de eliminación de excrementos y aguas residuales, de manera que no comporten peligro para la salud pública, lo que será establecido por vía reglamentaria.
5.-Disponer de servicio de agua potable. En el caso de no disponer de este servicio, deberán gestionar los medios y autorizaciones necesarias por ante la autoridad competente, a fin de garantizar un mínimo de 30 litros por animal y por día.
6.- Tener habilitada un área especial destinada a la limpieza y baño de los animales, la que deberá cumplir con los requisitos exigidos en el apartado correspondiente a los caniles.
7.- Disponer de un espacio determinado, previamente habilitado y distante a más de 10 mts. del resto de los caniles, como área de cuarentena para el aislamiento de aquellos animales que presenten evidencia clínica de padecer enfermedad infecto-contagiosa, y de modo especial, zoonosis transmisibles al hombre
La violación de estas normas será sancionada con una multa gravísimas.-
Articulo Nº114: Durante la noche, los perros deberán estar albergados en sus ………………………..respectivos caniles, exceptuándose de esta obligación solo a un número de animales proporcional a la superficie del criadero, los cuales podrán quedar sueltos dentro del establecimiento como guardianes. Dicha proporcionalidad, será de un animal cada cincuenta (50) mts.2 La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.
Articulo Nº 115: En caso de deceso de algún animal deberán tomarse ………………………..los recaudos necesarios a fin de garantizar la destrucción y eliminación higiénica de los cadáveres de los animales e informar al Registro Único de Mascota causa y motivo de deceso de los animales La violación de esta norma será sancionada con una multa moderada.
Articulo Nº 116:Los caniles serán individuales y deberán tener las siguientes …………………………características:
1) Superficie mínima:
1.a. Para perros grandes: 2,50 mts (largo) por 2,50 mts (ancho) ó 6,25 mts2
1.b. Para perros medianos: 1,80 mts (largo) por 1,50 mts (ancho) ó 2,70 mts2
1.c. Para perros pequeños: 1,50 mts (largo) por 1,30 mts. (ancho) ó 1,95 mts2
2) Pisos:
2.a. Los pisos deben tener un declive hacia el desagüe para evitar la acumulación de agua en las perreras.
2.b. Los pisos deben ser de textura lisa, de hormigón sellado, no poroso, o de algún otro material no poroso que pueda desinfectarse.
3) Paredes:
3.a. Las paredes entre los caniles deben tener una altura de por lo menos 1,20 mts. y deben evitar que fluya agua y material de desecho entre una perrera y otra.
3.b. Para las paredes entre los caniles, deberá utilizarse material no poroso, y que no produzca daño a los animales.
3.c. Deberá agregarse una cadena o malla metálica que en altura sobrepase al menos 60 cm. a las paredes de los caniles. Los caniles deben recubrirse con malla hexagonal o malla metálica para contener a los animales en celo o a los que podrían saltar o trepar las paredes.
4) Desagües:
4.a. Los caniles deberán poseer cañerías y desagües apropiados para el volumen de material necesario para la limpieza diaria.
4.b. Los desagües de cada unidad de los caniles deben estar construidos de manera que no sea posible la contaminación cruzada por la orina o materia fecal.
5) Ventilación: Los caniles deberán contar con ventilación adecuada, refrigeración y calefacción, según sea necesario y conforme a la estación climática, de manera que los animales no sufran las intemperancias del clima
La violación de estas normas será sancionada con una multa gravísima.-
Articulo Nº 117:Los criaderos deberán contar con la habilitación propia de los ………………………..establecimientos comerciales y con un asesor veterinario matriculado con domicilio real en la Ciudad de Quilmes, que será responsable del estado sanitario de los animales alojados en el criadero, en forma conjunta con el propietario y/ o responsable de su cuidado.- La violación de esta norma será sancionada con una multa gravísima.-
Articulo Nº118:Los profesionales veterinarios asesores de los criaderos están ……………………….obligados a comunicar fehacientemente las contingencias que pudieran producirse en el estado sanitario de los animales por escrito, a su contratante y a la dependencia municipal correspondiente. La violación de estas normas será sancionada con una multa grave.-
Articulo Nº119: Los responsables de los criaderos deberán llevar un registro ………………………..detallado de la entrada y salida de los animales a su cargo, que deberá estar a disposición de la Autoridad Municipal La violación de estas norma será sancionada con una multa grave.
Articulo Nº 120: Prohíbase la comercialización y/ u ofrecimiento de perros en …………………………vías y espacios públicos. La violación de esta norma será sancionada con una multa grave
CAPITULO XII
DEL ENTRANAMIENTO DE ANIMALES
Articulo Nº 121: Toda persona que se dedique al entrenamiento de animales ………………………..de cualquier especie deberá cumplir con las siguientes disposiciones:
1.- Obtener la licencia municipal y los permisos correspondientes de las autoridades estatales y federales competentes en la materia.
2.-Tener constancia que la acredite para dar entrenamiento especializado a la especie animal que entrene.
3.- Contar con las instalaciones adecuadas.
4.-Llevar un registro de los perros que entrene especialmente si lo hace en estrategias de ataque. Y presentarlo en el registro creado a tal efecto
Podrá prestar sus servicios a don horem en el trabajo de zooterapia y equinoterapia que realice la Secretaria Municipal Animal
La violación de estas normas será sancionada con una multa grave y la inhabilitación para esta actividad en el distrito de Quilmes por el transcurso de un año
CAPITULO XIII
DE LOS PASEADORES DE PERROS
Articulo Nº122 :Requisitos: 1.-Poseer credencial identificatoria
…………………………2.-Acreditar ser mayor de 18 años con la presentación de su documento de identidad
3-Acreditar domicilio legal en la Ciudad Quilmes y denunciar el domicilio real;
4.-Completar el formulario de alta de inscripción en la municipalidad de Quilmes
Articulo Nº123 La credencial identificadora de paseador de perros tiene 10 años ----------------------de validez, debiéndose renovar dentro de los treinta (30) días corridos posteriores a la fecha de vencimiento. Establéese la caducidad de las credenciales de paseadores de perros que no fueran renovadas en el plazo indicado. El titular de la credencial debe llevarla consigo en todo momento que desarrolle la actividad juntamente con la documentación que acredite su identidad, debiéndose exhibir ante la solicitud de la autoridad pertinente que la solicite, toda vez que constituye el documento habilitante pertinente para realizar la tarea como paseador de perros.
Articulo Nº124 El paseador de perros deberá presentar en caso de robo o -------………………………..extravío de la credencial identificadora la siguiente documentación: Acreditar tal situación mediante denuncia policial;
La credencial reemplazante tendrá el mismo plazo de validez que la credencial original, teniendo en cuenta la fecha de expedición de ésta.
Articulo Nº125: El paseador de perros deberá completar el parte semestral ,en ………………………..donde conste el nombre, apellido, domicilio, tipo y número de documento, teléfono y firma del propietario o tenedor del perro.
Articulo Nº126: El paseador debe llevar consigo esta documentación ………………………complementaria en todo momento que desarrolle la actividad juntamente con la credencial, debiéndolo exhibir a la autoridad competente cada vez que se le solicite
Articulo Nº127: El paseador de perros que no esté inscripto en el ……………………….correspondiente Registro Único de Paseadores de Perros, deberá retornar la mascota al domicilio del propietario o tenedor del perro, con la finalidad de hacer cesar la infracción. Dicho reintegro en cada uno de los domicilios podrá ser supervisado por el Consejo Asesor de Mascota y por la Policía de Municipal Animal.
Articulo Nº128: El paseador de perros que cese en el desarrollo de la ………………………..actividad, podrá solicitar la baja de la inscripción en el Registro Único de Paseadores de Perros, de conformidad con el procedimiento que se establece a continuación:
1.- Completar el formulario de baja de inscripción en la municipalidad de Quilmes.
2.- Entregar la credencial identificadora emitida oportunamente por el Registro Único de Paseadores de Perros, o en su defecto la denuncia policial que acredite su robo o extravío.
Articulo Nº129: El propietario o tenedor del perro tiene la obligación de requerir ………………………..al paseador de perros, la credencial identificadora emitida por el Registro de Paseadores de Perros.
Articulo Nº130:El propietario o tenedor del perro responde solidariamente con el ………………………paseador de perros por las multas referidas a la falta de Inscripción en el registro de éste, sus representantes o dependientes o por quien o quienes actúen en su nombre, bajo su amparo o con su autorización.
Articulo Nº131: Crease en las plazas predios específicos cerrados para las ………………………..deposiciones de los canes
Articulo Nº 132: Los paseadores de perros no podrán pasear más de cinco canes ………………………..a la vez, los cuales deberán estar sujeto por correas y llevar bozal y en ningún caso podrán soltarlo durante el paseo.
Articulo Nº 133: Los animales considerados potencialmente peligrosos solo ………………………..pueden ser paseados en forma individual los cuales deberán estar sujeto por correas y llevar bozal y en ningún caso podrán soltarlo durante el paseo, aquellos perros que pesan más de veinte kilogramos deberán llevar pecheras..
Articulo Nº 134: Las zonas establecidas para la actividad o permanencia son los ………………………..espacios verdes y el predio de la costanera del río quedando expresamente prohibido la permanencia de los perros en otros espacios públicos de la Ciudad.
Articulo Nº135: Los paseadores están obligados a limpiar y recolectar los ………………………..excrementos de los animales para lo cual deberán contar con los correspondientes elementos de limpieza (pala y bolsa).
Articulo Nº136: Los paseadores deberán poseer
1.- Los datos correspondientes a los dueños de los canes. Y número de registro del animal .
2.- La credencial identificadora de paseador de perros
3.- Deberán llevar pecheras con el nombre. Número de registro de credencial habilitante, y el numero telefonico gratuito de denuncia por maltrato animal
4.- Los paseadores deberán presentar la documentación cada vez q se la solicite
Articulo Nº137 :En el caso q los paseadores sean denunciados y se compruebe maltrato animal podrán ser inhabilitados para ejercer esta actividad o cualquier otra que involucre animales por el termino de de dos a diez años, debiendo realizar un curso de trato con los animales que determine el Para la rehabilitación de la credencial identificatoria .-
CAPITULO XIV
DEL CEMENTERIO DE ANIMALES
Articulo Nº138: El Cementerio de Animales de Quilmes para pequeñas ………………………..Mascotas funcionara en el predio Municipal que El Departamento Ejecutivo designe para tal efecto.
Articulo Nº 139: Habilitase el servicio de entierro y cremación de animales para …………………………particulares que lo soliciten en la parcela previamente convenida, mediante el pago de un canon a establecer cuyo valor se establecerá por vía reglamentaria el monto será destinado al Programa 100% Libre De Maltrato Animal. Pasado un año, de no renovarse el pago, los restos serán enviados para su cremación. El Departamento Ejecutivo en la reglamentación a dictar deberá precisar las condiciones en que deberán ser enterrados los animales en cuanto a profundidad, método, etc.; así como también tener en cuenta las medidas de seguridad para evitar la transmisión de enfermedades.
Articulo Nº 140: Habilitase el servicio de cremación en forma gratuita para …………………………animales que mueren en la vía pública, dependencias municipales, Asociaciones Protectoras de animales, en el horno crematorio que dispone la Municipalidad para la cremación de residuos patológicos.
Articulo Nº141:Habilítase el servicio de traslado de animales muertos a pedido ………………………del interesado, cuyo valor se establecerá por vía reglamentaria el monto será destinado al Programa 100% Libre De Maltrato Animal
Están exentas del pago de este servicio las dependencias Municipales y las Asociaciones Protectoras de Animales que se encuentren registradas.
Articulo Nº142: La administración, mantenimiento, traslado y otras tareas ………………………..inherentes a los servicios habilitados estarán a cargo del personal Municipal
Articulo Nº143:Todas las defunciones deben comunicarse administrativamente al ………………………..Registro Único de Mascota especificando :
1.- especie
2.- raza
3.- nº de registro del animal
4.- datos del dueño
5.- motivo del deceso
6.- Servicio realizado. Costos del mismo
Articulo Nº 144: La supervisión, mantenimiento y asesoramiento de este …………………………cementerio se hará en conjunto con el Concejo Asesor de Mascotas y las Asociaciones Protectoras de Animales
CAPÍTULO XV
EXPOSICIÓN EN COMERCIOS, FERIAS, CONCURSOS
Articulo Nº145: Todos los interesados que deseen realizar ferias, concursos, ………………………..exposiciones/o competencias que involucren animales deberán solicitar, previa realización del evento, la habilitación por parte de la Autoridad Municipal Competente. Para obtener la habilitación correspondiente deberán cumplir con los requisitos que se mencionan a continuación:
1.- Presencia de un Servicio Médico Veterinario permanente, integrado como mínimo por un médico veterinario matriculado, que deberá permanecer en el recinto de la muestra todo el tiempo que dure la misma, con elementos de primeros auxilios, y deberá controlar el estado de salud de los animales que ingresen al predio y el certificado de vacunación antirrábica correspondiente.
2.- En caso de que los animales examinados presenten signos de enfermedades contagiosas y/o infecto-contagiosas y/o cualquier otra afección que haga peligrar el estado sanitario de los demás animales y/o se trate de hembras en estado de celo declarado o en avanzado estado de preñez, se prohibirá el ingreso de los mismos al predio
3.- El predio y sus instalaciones, que sean elegidos para realizar las exposiciones, ferias o competencias deberá poseer el espacio óptimo que garantice, entre otras cosas: seguridad, orden e higiene, contención de los animales; ventilación adecuada, refrigeración y calefacción, según sea necesario y conforme a la estación climática; permanencia y tránsito del público presente; un sector destinado a libre ambulación de los animales y un sector destinado exclusivamente para que los animales efectúen sus deposiciones.
4.- Presencia de un servicio médico para las personas, designado por la entidad organizadora
Articulo Nº146: En caso de comprobarse el incumplimiento de los deberes del ……………………….Médico Veterinario, el Órgano de Aplicación y Control, procederá a elevar la denuncia ante el Colegio Médico Veterinario.-
CAPITULO XVI
DE LOS SERVICIOS DE ESTETICA PARA LOS ANIMALES
Articulo Nº147: En los locales en que se preste el servicio de estética para ……………………….animales se deberá cumplir con las siguientes disposiciones:
1.-Contar con la licencia municipal correspondiente; si en el mismo local se prestare otro tipo de servicios, se deberá obtener la licencia de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento.
2.- Contar con las instalaciones adecuadas, a juicio de la autoridad municipal.
3.- Tener personal especializado que preste el servicio con los aditamentos adecuados, evitando molestar innecesariamente al animal o lesionarlo.-
4.- Las demás que estén establecidas en el presente reglamento o que dispongan las autoridades municipales para la protección de los animales.
Articulo Nº148: Los dueños de las estéticas para animales y los encargados de ………………………...prestar el servicio, serán responsables de la custodia de los animales, evitando que se lesionen por peleas que se susciten entre ellos. Asimismo evitarán su huida o extravío. En los casos en que esto suceda estarán obligados a utilizar todos los medios que sean posibles para localizarlo y restituirlo a su dueño. De no lograr su localización, estarán obligados a pagar un resarcimiento.- La violación de estas normas serán sancionadas con una multa grave.-
CAPITULO XVII
DE EQUINOS
Articulo Nº149: Declarese al distrito de Quilmes Libre de Tracción a ……………………….sangre con animales de tiro Prohíbase en todo el municipio de la ciudad de Quilmes la circulación, monta y utilización en todas sus formas de animales en el tiro de vehículos de tracción a sangre. Esta prohibición comenzara a regir a partir de los sesenta (60) dias de promulgada la presente-
.Articulo Nº150: Los vehículos de tracción a sangre de carácter histórico, …………………………folklórico y otros similares, podrán transitar por vías públicas con carácter excepcional y previa autorización emitida por autoridad municipal y/o policial según circunstancias que serán determinadas por la reglamentación.
Articulo Nº151: La autorización emitida por la autoridad municipal y/o policial a ……………………….los vehículos de tracción a sangre de carácter histórico, folklórico y/o otros similares, deberá contener los siguientes datos:
1.- Nombre y apellido del propietario y/o responsable de los vehículos de tracción a sangre.
2.- Itinerario del recorrido a realizar.
3.- Fecha del evento.
4.-Todo otro dato que resulte de interés para el órgano autorizante
Articulo Nº152: Requerir al Ejecutivo que a través de la Subsecretaría de ……………………….Tránsito y Seguridad Vial de la Municipalidad de Quilmes ,en conjunto con el Consejo Asesor de Mascotas la Policía Municipal Animal y las Asociaciones protectoras de animales se efectúe un censo integral de los vehículos de tracción a sangre que existen y circulan en el tejido municipal de la ciudad
Articulo Nº153: Tal censo deberá indicar:
1.- los datos completos (nombre y apellido, DNI, domicilio, etc.) de los propietarios de los vehículos de tracción a sangre especificando su actividad laboral o comercial principal, situación habitacional.-
2.-detallando además el tipo de animal de tiro, su pelo, marca o señal.
3.-Estado de salubridad del animal
4.-Habitad del equino
5.-cantidad de animales por vivienda
Articulo Nº154: El censo referido deberá ser efectuado en el plazo de 30 días de ……………………….entrada en vigencia de la presente.-
Articulo Nº155: Durante este periodo se dispondrá de inspectores que
……………………….informen y adviertan la pronta entrada en vigencia de la prohibición de la circulación a quienes circulen con vehículos a tracción a sangre.
Articulo Nº156: El Departamento Ejecutivo al censar al equino a través de la …………………………Repartición que corresponda deberá:
1.- Revisar el estado de salud del animal afectado al vehículo de tracción a sangre, por personal idóneo en equinos, asegurando su bienestar y que no sea utilizado para tracción a sangre
2.-Deberá registrar al equino en el registro Único de Regulación de animales Equinos detallando tipo de animal, pelo, marca o señal y el lugar donde quedó alojado. Asimismo, se dejará asentado el estado de salud del mismo luego de su revisión por parte de personal idóneo en equinos.
3-. Deberá convocar a voluntarios especialistas en equinos para controlar el estado de salud de los caballos y para que colaboren en su cuidado.
Articulo Nº157: La Municipalidad deberá estudiar la factibilidad de brindar los ……………………….medios para que todos los actuales propietarios de vehículos a tracción a sangre que utilizasen los mismos como medio de trabajo se incorporen al mercado laboral
Articulo Nº158: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá realizar una ……………………….Campaña de Información educación destinada a los tenedores de caballos que son utilizados para tirar de carros.
Articulo Nº159: El Departamento Ejecutivo a través de la repartición que ……………………….corresponda, realizara gestiones ante granjas y estancias que se dediquen al cuidado de animales y garanticen el bienestar de los caballos , para promover la adopción de los equinos que se retiren de la calle
Articulo Nº160: En el Registro Único de Regulación de animales Equinos
Se distinguirán los usos a los que puede ser afectado un animal equino:
1.-Uso deportivo.
2.-Uso como integrante de agrupaciones gauchas o tradicionalistas
3.- Uso terapéutico equino terapia
Articulo Nº161: Los requisitos para la registración del equino son los siguientes:
1.- Declaración sobre el destino de los animales.
2.- Descripción del animal, cumplimentando con las leyes nacionales números 20.378 y 22.939
3.- Declaración del solicitante referida al conocimiento de las obligaciones y responsabilidades respecto de los daños que pueda ocasionar a terceros
4.- Estructura disponible para el alojamiento del animal
5.- Declaración de conocimiento de las penalidades que surgen de la presente ordenanza
6.- No contar con reincidencia en infracciones a la presente normativa.
Articulo Nº162: Toda inscripción en el Registro debe complementarse con la ……………………….Habilitación Bromatológica, que certifique el cumplimiento de las pautas exigidas legalmente.
Articulo Nº163: Alojamiento de animales equinos. Radio de radicación: Las ……………………….áreas permitidas son determinadas por el Departamento Ejecutivo, fuera de la Zona Urbana de la Ciudad. Se prohíbe el traslado de equinos por la vía pública de manera que entorpezca la normal circulación vehicular, salvo cuando mediare autorización del Departamento Ejecutivo para la realización de eventos, espectáculos y desfiles.
Articulo Nº164: Infraestructura mínima requerida para su alojamiento. Teniendo ……………………….en cuenta las normas de seguridad, higiene y limpieza, el alojamiento de equinos podrá ser:
a) Boxes comunes (piso de tierra)
b) Boxes tipo caballerizas (piso de ladrillo o similares)
c) Corral techado.
Articulo Nº165: El Departamento Ejecutivo reglamenta las características de ……………………….cada tipo de alojamiento.
Articulo Nº166: Infracciones y sanciones específicas. En caso que el animal salga ……………………….de su alojamiento a la vía pública o ingrese a una propiedad privada, sin autorización del dueño del predio, la autoridad de aplicación deberá restituir el equino a su alojamiento y se asentará una amonestación en el Registro. Ante la reincidencia, se revocará al infractor, en forma automática y definitiva, la autorización para la radicación de animales en la jurisdicción de la Ciudad. También será causal de revocación de autorización la falsedad en la Declaración estipulada en el artículo 161 de la presente ordenanza.
Articulo Nº167: Se prohíbe colocar animales equinos a pastorear …………………………en terrenos baldíos.
Articulo Nº168: Gratuidad. Toda actividad requerida a los fines de la Inscripción …………………………y Control será gratuita para las personas y asociaciones que adopten a un equino para ser utilizado terapéuticamente como por ejemplo equino terapia
Articulo Nº169: Serán sancionados con multa gravisima a los propietarios y/o tenedores de equinos que carezcan de:
1.- Las vacunas exigidas son contra la anemia equino infecciosa, cada dos meses, y la vacuna triple, cada tres meses.
2.-Alimentación adecuada .Los elementos fundamentales dentro de una buena dieta son: proteínas, hidratos de carbono, grasas, minerales, oligoelementos y agua.
3.- Espacio amplio y condiciones de infraestructura Teniendo en cuenta las normas de seguridad, higiene y limpieza
Articulo Nº170: Serán sancionados con multa gravísima a los propietarios y/o tenedores de equinos que padezcan de:
1.- Deshidratación
2.- Lesiones en el aparato digestivo: tales como Parasitosis, cólicos abdominales y rupturas intestinales sin recibir el tratamiento adecuado
3.- Fatiga Extrema: producida por La sobrecarga y las extensas horas de trabajo
4.- Laceraciones y caídas de la piel sin tratamiento adecuado o producidas por malos tratos
5.- Problemas dentales sin tratamiento adecuado o por mal trato.
6.- Infección y fractura de cascos producidos por la carencia de herraduras o por estar herrados en forma deficiente.
7.- Desnutrición
8.- Estrés general por ser sometidos a condiciones inapropiadas
9.- Alteraciones de la visión debidas a golpes de soga o tapaojos inadecuados
O padezcan cualquier otro tipo de maltrato no especificado en los incisos anteriores de este artículo
Articulo Nº171: Todos los equinos incautados dentro de la Ciudad de Quilmes ……………………….por los organismos competentes, serán llevados al Parque zoosanitario Municipal o a un predio destinado para ese fin para recibir en forma totalmente gratuita servicio veterinario, alimentación, vacunas, desparasitación , internación, herraduras, compostura de arneses.
Articulo Nº172: Una vez que los tenedores de los equinos van al predio con la ………………………..orden firmada por el Juez el equino es devuelto con una libreta sanitaria expedida por el registro creado a tal efecto siempre y cuando éste no haya sido víctima de actos de crueldad. En este último caso se iniciará una causa penal en virtud de la Ley Nacional 14346/54 solicitando su guarda judicial.
Articulo Nº173: Si los equinos no fueran reclamados por el propietario para ser ……………………….retirados del predio transcurridos los 40 días desde la incautación en la vía pública, la entidad a cargo dispondrá de los equinos para ser dados en adopción a tenedores responsables que no deseen hacerlos trabajar
Articulo Nº174: Las infracciones de la presente Ordenanza, sin perjuicio de ……………………….las que correspondan en virtud de la violación de disposiciones contenidas en leyes nacionales y provinciales, serán sancionadas con multas , cuya imposición corresponderá aplicar al Juzgado Municipal de Faltas, previo cumplimiento de los extremos legales.
CAPITULO XVIII
DE LAS ASOCIACIONES PROTECTORAS DE ANIMALES
Articulo Nº175: Las personas jurídicas dedicadas a la protección de animales, ………………………deberán funcionar bajo la figura legal de Fundación o Asociaciones civiles sin fines de lucro, las cuales deberán cumplir con los requisitos establecidos en la Ley y estar debidamente protocolizado por el Registro Municipal Único de Asociaciones Protectoras de Animales .
Tendran las siguientes atribuciones y competencias:
1.-Capturar a los animales que se encuentran abandonados , o cuando sea evidente que pertenece a alguien y se encuentran extraviados.
2.-Tener acceso a las instalaciones, del Centro de Zoonosis, del Parque Zoosanitario Animal, los Circos y a las Instituciones Docentes a las que el Centro Antirrábico entregue animales para experimentación, para dar asesoramiento en materia de la protección a los animales.
3.- Recoger a los animales que se encuentren en el desamparo en la vía pública, y darlos en adopción o bien entregarlos a los albergues o al Parque zoosanitario Municipal.
4.-Rescatar con el apoyo de la autoridad a los animales que estén sufriendo por el maltrato de sus dueños.
5.- Alojar a los animales capturados en el Parque zoosanitario Municipal.
6.- Someter a todo animal alojado en el Centro a un estricto control veterinario.
7.- Inspeccionar a los animales mordedores y/ó potencialmente peligrosos sospechosos de rabia a un período de observación no menor de diez (10) días.
8.- Solicitar la guarda judicial de los animales de dueños infractores.
9.-La Realización de Censo de animales.
Articulo Nº176: Las Fundaciones o Asociaciones Jurídicas dedicadas a la ……………………….protección de animales, que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley, podrán participar del Consejo Asesor Municipal en calidad de miembros
Articulo Nº177: Las asociaciones que no cumplan con el articulo precedente pero ……………………….que por su trayectoria ameriten su inclusión serán exceptuados de su personería jurídica y podrán participar en el Consejo Asesor.-Estas podrán anotarse en el registro del Consejo Asesor con el grado de familias sustitutas con no más guarda que la de cinco (5) animales quienes deben ser dados en adopción bajo las mismas condiciones que la presente ordenanza
Articulo Nº178: Los albergues para animales, tanto municipales como de ………………………..sociedades protectoras de animales o de particulares, deberán cumplir obligatoriamente con las normas técnico-sanitarias establecidas en la presente Ordenanza con los siguientes requisitos:
1. Los alojamientos de los animales deben observar las normas higiénico-sanitarias y de aislamiento adecuados a las especies, características y edad de los animales, evitando en todo caso que los animales puedan agredirse entre sí. Serán de fácil acceso, para facilitar tanto la observación de animales enfermos, como su limpieza y desinfección.
2. La asistencia veterinaria estará asegurada, tanto para profilaxis como para los tratamientos zoosanitarios que se precisen, como puedan ser reproducción controlada e incluso sacrificio eutanásico, si es necesario.
3. La alimentación será regular y suficiente y deberá garantizar los requerimientos energéticos adecuados para cada animal según su especie y características.
4. Deberán disponer de una zona separada para el aislamiento y observación de animales de nuevo ingreso o animales sospechosos de enfermedad, hasta que el servicio veterinario dictamine su estado sanitario.
5. Las instalaciones deberán permitir unas condiciones de vida dignas para los animales, de acuerdo con sus necesidades específicas.
6. Dispondrán de los medios necesarios para que la eliminación de excrementos y aguas residuales se realice de forma que no comporte, según la legislación vigente, riesgo para la salud pública, ni peligro de contaminación del medio.
7. El emplazamiento será el que la Autoridad Municipal y la legislación vigente designen a este fin.
8. Deberán asumir, respecto de los animales, todas las obligaciones establecidas en esta Ordenanza Municipal para los propietarios de animales, mientras éstos permanezcan en la instalación: Comunicación al Registro Único de Mascotas Municipal y/o Registro de Animales Potencialmente Peligrosos, Identificación, vacunaciones, etc.
9. Deberán disponer de un Registro de entrada y salida de animales. Los datos de consignación obligatoria serán: Fecha de entrada. Especie, Raza, Edad, Sexo, Datos de identificación registral, Vacunas obligatorias Fecha de entrada y salida.
Este registro se hallará en el establecimiento a disposición de las Autoridades competentes
El incumplimiento de esta norma acarreará la aplicación de multa grave y la inhabilitación para la actividad por un periodo de uno a cinco años.
Articulo Nº179: Las sociedades protectoras de animales, coadyuvarán con las ……………………….autoridades municipales, en las campañas de vacunación y esterilización de animales.
Articulo Nº180: En función de los animales derivados de la "Asociación ……………………….Protectora de Animales" se deberá disponer de una partida de dinero para apuntalar el rol que cumplen estas entidades mediante una acción asistencialista.
1.-Los fondos que se destinarán estarán en directa proporción con la cantidad características de los animales transferidos.y
2.-Para la ponderación de la suma correspondiente se conformará una comisión asesora integrada por personal municipal idóneo y representantes de la Asociación Protectora de Animales y autoridades que se designen para tal efecto.
3.- La entidad receptora de los fondos deberá formular la rendición de cuentas en forma semestral y respondiendo al formulario que se creará al efecto.
Articulo Nº181: El municipio proveerá asistencia veterinaria en forma gratuita a los animales que se encuentren a cargo de las Asociaciones Protectoras de animales que se encuentren registradas.
Articulo Nº182: Las Fundaciones o Asociaciones de Protección Animal se ……………………….considerarán como colaboradoras y ejecutoras en lo que se refiera a la aplicación de la presente Ordenanza, y podrá intervenir en defensa de la integridad y bienestar de los animales, sea cual fuere el lugar donde dichos animales se encuentre. A tal efecto, las autoridades civiles y Policiales del Municipio están obligadas a prestar la atención y colaboración necesarias para hacer cumplir las normas y procedimientos.
Articulo Nº183: Las Fundaciones o Asociaciones de Protección Animal, ……………………….además podrán presentar proyectos relativos a Reglamentos e instrucciones necesarias para la mejor aplicación de la protección de los animales y fomentarán la concientización ciudadana mediante charlas, folletos, entre otros. Para ello contarán con la colaboración del municipio, Juntas Parroquiales, Policía Municipal, parque zoosanitario municipal, Concejo Asesor Municipal de Mascotas, Consejos Comunales y Escuelas.
Articulo Nº184: El personal capacitado de las Fundaciones o Asociaciones de ………………………….Protección Animal podrán efectuar las inspecciones que sean necesarias en zoológicos, clínicas, retenes, Laboratorios, hospitales, tiendas, criaderos, mataderos, transporte y viviendas, que sean solicitadas por el municipio o por los ciudadanos con el fin de constatar el cumplimiento de esta Ordenanza.
Articulo Nº185:Se impondrá un trabajo mancomunado entre los responsables del ………………………Concejo Asesor Municipal de Mascotas, el Registro Único Municipal de Mascotas, el Cementerio Municipal de Mascotas, la Policía Municipal de Mascotas, El Parque Zoosanitario Municipal y las entidades protectoras de animales que compartan el espíritu de esta ordenanza, para que esta se efectivice en términos reales. Estas entidades brindarán a la Municipalidad todo el asesoramiento técnico y la colaboración necesaria, teniendo como meta la protección y la esterilización de los animales domésticos con el fin de evitar la proliferación indiscriminada.
CAPITULO IXX
DEL CONSEJO ASESOR MUNICIPAL DE LOS ANIMALES
Articulo Nº186: El Consejo Asesor Municipal de los Animales estará integrado ……………………….por cinco representante del Departamento Ejecutivo Municipal, tres representante del Honorable Concejo Deliberante, dos representante de cada una de las Entidades Protectoras de Animales que estén registradas en el municipio, un miembro de las entidades de familias mascoteras sustitutas y dos médicos veterinarios nombrados por los colegios o asociaciones de médicos veterinarios, todos estos cargos que serán honoríficos.
Articulo Nº187: El Consejo Asesor Municipal de los animales colaborará en la ………………………..aplicación de normas sanitarias, educativas, de implementación y cumplimiento de la presente Ordenanza.
Articulo Nº188: Los integrantes del Consejo durarán en su encargo dos años ……………………….pudiendo ser designados para un periodo inmediato.
Articulo Nº189: Las ausencias definitivas de cualquiera de los integrantes del ………………………..Consejo podrán ser suplidas de acuerdo a lo establecido.
Articulo Nº190: El Consejo sesionará por lo menos una vez al mes y las ………………………..decisiones se tomarán por la simple mayoría de sus integrantes.
Articulo Nº191:El Consejo Municipal tendrá las siguientes facultades y ……………………….obligaciones:
1.- Proponer modificaciones a la reglamentación municipal en la materia.
2.- Proponer a la autoridad municipal campañas a favor de la protección a los animales.
3.- Organizar con el apoyo del municipio, cursos, conferencias y congresos con temas sobre la protección a los animales.
4.- Coordinarse con la Secretaría de Educación Pública para realizar campañas de orientación de los escolares en la protección de los animales.
5.-Proponer medidas y estrategias para evitar el maltrato de los animales.
6.-Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Consejo.
Articulo Nº192: El Consejo creará comités de protección a los animales, en las ………………………...colonias y barrios de la ciudad, los que colaborarán con la autoridad para el cumplimiento del presente reglamento y el fomento de la cultura de la protección a los animales.
Articulo Nº193: Los comités estarán integrados por tres ciudadanos interesados ………………………..en la protección de los animales, cargos que serán honoríficos.
Articulo Nº 194: Los integrantes de los comités durarán en su encargo dos años, …………………………pudiendo ser designados para un periodo inmediato. Sus ausencias podrán ser suplidas por las personas que designe el Consejo.
Articulo Nº195: El concejo Asesor Municipal de los animales tendrá también la ……………………….facultad de mediar ante un conflicto entre propietarios de animales.
CAPITULO XX
POLICIA ANIMAL
Articulo Nº196: Crease la Policía Municipal Animal cuyo objetivo es velar por el ……………………….cumplimiento de la normativa municipal para propietarios, así como la protección animal en el municipio.
Articulo Nº197: Facultades: Su trabajo diario está relacionado con :
1.-La identificación de animales, paseadores, tenedores de animales Peligrosos, comercios de venta de animales, peluquería canina, criaderos, etc.
2.- Control del censo municipal de animales,
3.- Control de las obligaciones de propietarios
4.-Inspección
5.-Captura de animales en la vía Pública
6.-Traslado
7.-Rescate
8.- Resguardar y garantizar los derechos de los animales.
Articulo Nº198: La Unidad establecerá protocolos de actuación, instruirá ……………………….diligencias por abandono o maltrato animal o por daños de mordedura y mediará en conflictos.
Articulo Nº199:Trabajara en conjunto con las Asociaciones Protectoras de ………………………..Animales, Consejo Asesor, Parque Zoosanitario Municipal y dependencias creadas a tal fin.
Articulo Nº 200: En caso de que se impidiese u obstaculizase la observación de …………………………un animal que hubiere lesionado y/o agredido y/o contactado, en forma real o potencialmente riesgosa a alguna persona y/o animal, la Autoridad de Aplicación podrá requerir el auxilio de la fuerza pública.
Articulo Nº201: La Policía Municipal Animal debe estar uniformada, poseer un ………………………..número de registro Único y tener medios de comunicación y móviles disponibles.
Articulo Nº202: La unidad Sanitaria o de traslado será requerida prioritariamente ………………………..por La Policía Municipal Animal
Articulo Nº203: La Policía Municipal Animal debe realizar un curso preparatorio …………………………para desempeñarse en esta área según lo disponga el Consejo Asesor
Articulo Nº204: Solicitase la colaboración de la Fuerza Pública para que en forma ……………………….conjunta con la Municipalidad, el Consejo Asesor y la población se haga cumplir la presente Ordenanza.
CAPÍTULO XXI
PROGRAMA MUNICIPAL DE SALUD ANIMAL
Articulo Nº205: Crease el "Programa Municipal de Salud Animal",
Articulo Nº206: La Autoridad Municipal Competente deberá instrumentar las ………………………..medidas necesarias, tendientes a la creación de distintos acuerdos con el Colegio de Médicos Veterinarios de Quilmes a fin de garantizar el efectivo cumplimiento de la presente Ordenanza.
Articulo Nº207: Los acuerdos con el Colegio de Médicos Veterinarios procurarán, ………………………..entre otras, el cumplimiento por parte de los profesionales de las siguientes actividades:
1.- Informar y denunciar a todos aquellos animales que sean llevados para su atención, que no se hallen registrados. Mediante una planilla que será entregada en el Registro Único Municipal
2.-Informar a los propietarios de la obligación de registrar a sus mascotas
3.- Efectuar la vacunación antirrábica y toda aquella que se establezca por la Autoridad Municipal Competente.
4.- Observar a los animales que hubieren herido y/o contactado en forma real o potencialmente riesgosa a personas y/u otros animales debiendo notificar estos hechos a la Autoridad Competente, en un plazo máximo de 24 hs de tomado conocimiento del hecho.
5.- Elevar puntualmente a las Autoridades toda información que les sea requerida respecto de los aspectos señalados en los incisos precedentes.
Articulo Nº208: Asimismo, se procurará la realización conjunta de campañas ………………………..públicas que faciliten las actividades mencionadas en el presente artículo, así como cualquier otra que sea acorde a los fines de la presente Ordenanza
Articulo Nº209: Los profesionales veterinarios deberán respetar las siguientes ………………………..disposiciones respecto de las prácticas médicas que a continuación se describen:
1.- Eutanasia: se prohibe en el distrito de Quilmes la eutanasia –en caso extremo el sacrificio de los animales deberá ser realizado exclusivamente por el profesional veterinario, y el cual deberá optar por la forma menos dolorosa posible, y sólo en los siguientes casos: enfermedad incurable, transmisible o no, que produzca sufrimiento desmedido del animal y/o que ponga en peligro la salud humana, heridas o mutilaciones irreversibles, o todo aquel estado o situación insalvable que provoque sufrimiento al animal, incompatible con la vida. Esto debe realizarse según las normas prescriptas de esta ordenanza previa inspección y consenso del Concejo Asesor Municipal Animal y de las entidades protectoras de animales
2.- Cordectomía y amputación de pabellón auditivo: se recomienda la no realización de este tipo de cirugías cuando las mismas no persigan fines exclusivamente curativos. Las mismas solo podrán ser realizadas por Médicos Veterinarios matriculados.
3.- Extirpación de cuerdas vocales: solo podrá ser realizada con fines terapéuticos
Articulo Nº210: EL Programa tendrá como objetivo general el control de la ……………………….superpoblación canina y de otros animales domésticos y en estado de abandono.
Articulo Nº211: El Programa cuantificará el número de animales en estado de ………………………..abandono, para clasificarlos en las siguientes categorías: A Animales con dueños y tenencia responsable B Animales con dueños sin tenencia responsable C Animales en estado de abandono y comunitarios
Articulo Nº212: Serán utilizadas como prácticas para el control de la ………………………...superpoblación de animales las campañas educativas, la tenencia responsable, la adopción y la esterilización quirúrgica masiva, temprana, sistemática y extendida en todo el ámbito del Municipio.
Articulo Nº213: Los animales de la categoría C serán asistidos en un todo por el ……………………….Programa, trabajando con las distintas prácticas disponibles. Los correspondientes a las otras categorías, entrarán al Programa cuando pertenezcan a familias con escasos recursos económicos o cuando los responsables del Programa, con motivo fundado, lo consideren pertinente. En todos los casos deberá hacerse hincapié fundamentalmente en la educación, para concientizar a la población sobre la tenencia responsable de un animal.
Articulo Nº214: El Programa desarrollará las campañas que sean necesarias a ……………………….fin de promover la tenencia responsable de los animales.
Articulo Nº215: Se crearan Subprograma de control poblacional con las ……………………….siguientes facultades:
1.- Se pondrá énfasis en la Tenencia Responsable de Mascotas, entendiendo la educación de la población como pilar del programa, apoyada por otras prácticas antes descriptas.
2.-Se aplicará en forma gratuita para los animales de la categoría C, y cuando corresponda en las restantes, la metodología de esterilización farmacológica temporaria o definitiva y quirúrgica masiva, temprana, sistemática y extendida en todo el ámbito del Municipio.
3.-Se efectuarán operativos en los barrios con especial énfasis en lugares con animales en estado de abandono.
4.-Toda práctica médica, sea quirúrgica o farmacológica será realizada por un profesional Veterinario matriculado en el Colegio Veterinario de la ciudad de Quilmes
5.- Subprograma de prevención y control de zoonosis: se realizarán actividades priorizando la prevención primaria y secundaria. Tendrán como objetivo el control y erradicación de potenciales o reales focos zonticos que impliquen riesgo para la población humana, especies autóctonas y domésticas con el tratamiento de esas enfermedades. Se efectuará el control de vectores y reservorios (artrópodos, aves, roedores, etc.) de agentes productores de enfermedades epidémicas o endémicas de posible transmisión humana. Se promoverán conductas responsables en el cuidado de la Salud y protección de los animales en todos los aspectos que hacen a la prevención de enfermedades, brindando a la comunidad la información y apoyo que sean necesarios para el mejor cumplimiento de tales fines.
Articulo Nº216: El Programa de Salud Animal tendrá la responsabilidad de retirar ……………………….de la vía pública los animales muertos y proceder a su entierro o su cremacion.
Articulo Nº217: Las atenciones, prácticas sanitarias y esterilizaciones, serán ………………………..llevadas a cabo por médicos veterinarios, en el predio del Parque Zoosanitario Municipal o dependencias que designe el Ejecutivo
Articulo Nº218: Animales abandonados y adopción. Todo animal doméstico que ……………………….fuese encontrado en lugar público sin estar acompañado de su dueño o de una persona que vele por su cuidado deberá, de ser factible, ser recogido por un miembro participante del Programa de Salud Animal y se iniciarán los trámites para su alojamiento en un hogar transitorio y su posterior adopción, en caso que no se haya localizado al dueño o tenedor responsable del animal. Los animales no reclamados por sus dueños en un lapso de ocho (8) días contados a partir de su captura podrán ser entregados en adopción a personas que así lo requieran y que acrediten responsabilidad suficiente para la tenencia y cuidado del animal.
Articulo Nº219: Se deberá disponer de un stock permanente de suero y vacunas ………………………..antirrábicas de uso humano.
Impútese las erogaciones generadas por la aplicación de este Programa a la partida presupuestaria correspondiente.
CAPITULO XXII
DEL PARQUE ZOOSANITARIO MUNICIPAL
Articulo Nº220: El Parque Zoosanitario Municipal será una institución adscrita a ……………………….la Autoridad Municipal competente y se destinara a retener a aquellos animales que circulen en contravención de la presente ordenanza y que se hallaren en estado de rabia, encefalitis equina, toxoplasmosis, erlichosis u otro tipo de enfermedad. Así mismo, el Parque Zoosanitario Municipal se encargara de la guardia y custodia de aquellos animales decomisados por la autoridad competente, derivados del comercio ilegal de los mismos, hasta que se devuelvan a su habitad natural o se remitan a las sociedades protectoras de anímales, para su posterior donación.
Articulo Nº221: Los animales que fueren capturados en sitios públicos de la …………………………ciudad serán transportados en vehículos municipales espacialmente acondicionados para tal fin al Parque Zoosanitario Municipal y se mantendrán allí por un lapso de ocho (8) días continuos, hasta tanto sean reclamados por sus propietarios. Transcurrido dicho lapso serán dados en adopción o entregados a las sociedades protectoras de animales legalizadas para que estas procedan a darlos en adopción a terceras personas.
Articulo Nº222: El Parque Zoosanitario Municipal se encargara de rescatar a los ……………………….animales, trasladarlos efectuar una revisión y chequeo mediante el control sanitario de las enfermedades de las que pueda padecer, vacunarlo, esterilizarlo registrarlos y si los mismos no son reclamados por sus dueños o propietarios proceder a darlos en adopción a las terceras personas cumpliendo los requisitos exigidos por la presente ordenanza.
Articulo Nº223: Los animales que fueren llevados al Parque Zoosanitario ………………………Municipal, así como también aquellos sospechosos de padecer rabia, serán mantenidos y observados durante un plazo no menor de Ocho (8) días continuos pasados los cuales, si no se presentaren ninguna manifestación de enfermedad, podrán ser devueltos a sus dueños una vez cumplidos los requisitos que establece esta ordenanza.
Articulo Nº224: Los animales, tanto domésticos como silvestres, que ingresen al ……………………….Parque Zoosanitario Municipal, bien por haber sido capturados en sitios públicos, o por sospecha de padecer de una enfermedad grave o simplemente para observación, deberán permanecer separados de los otros animales que se encuentren en el refugio y aislados en jaulas o casetas individuales, durante los ocho (8) días siguientes a su ingreso, vencido este plazo, sino hubiere presentado algún síntoma de enfermedad, podrá ser suspendido por aislamiento.
Articulo Nº225: Los encargados de la Administración del Parque Zoosanitario ……………………….Municipal darán aviso inmediato a las Autoridades sanitarias y Veterinarias cuando muera un perro que se encuentre en observación haya o no presentado signos de rabia. Los encargados del Parque Zoosanitario Municipal deberán tener suficiente entrenamiento para que en estos casos de muerte o sacrificio por estar contaminado de padecerla puedan tomar del cadáver las piezas anatómicas necesarias para conservarlas debidamente, a los fines de las investigaciones conducentes al diagnóstico del caso.
Articulo Nº226: Para retirar un animal del Parque Zoosanitario Municipal, bien ………………………..haya ingresado como simple sospechoso por simple captura, o por haberse encontrado deambulando por la ciudad deberá exigirse a quien lo solicite lo siguiente:
1. Que esté debidamente registrado de acuerdo a las disposiciones que fija esta ordenanza.
2. Que durante su permanencia en el Parque Zoosanitario Municipal no haya sido mordido por otro animal enfermo o sospechoso de enfermedad.
3. Que a juicio del veterinario autorizado del Parque Zoosanitario Municipal no sea sospechoso de padecer enfermedades ni síntomas de maltrato animal.-
4. Que su dueño cancele todos los gastos causados por la permanencia del animal en el Refugio.
Articulo Nº227: Los gastos de alimentación, cuidado y otros imprevistos con …………………………motivo de la permanencia, observación, aislamiento de animales capturados o llevado de cualquier forma al refugio, se cobrarán a la tarifa especial que se establezca en el Parque Zoosanitario Municipal y deberán ser cancelados por los dueños de dichos animales. El Parque Zoosanitario Municipal contará con una Unidad de Rescate de animales especialmente acondicionada para el traslado de los mismos.
Articulo Nº228: El Parque Zoosanitario Municipal se encargará de difundir la ………………………..presente ordenanza en el Municipio de Quilmes, así como también de organizar jornadas de vacunación en las diferentes parroquias, campañas de concienciación ciudadana, comenzando por preescolares y otros sectores de interés dentro de las comunidades.
Articulo Nº229: El Parque Zoosanitario Municipal estará dotado del personal ……………………….necesario para el mejor cumplimiento de sus funciones.
Su dirección y administración estarán a cargo del personal que, a tal efecto, designe El Ejecutivo. Las autoridades sanitarias del estado, las Facultades de Veterinaria y de Zootecnia de las Universidades Públicas y Privadas que funciones en el Municipio de Quilmes, el Concejo Sanitario Municipal, las Sociedades Protectoras de Animales legalmente constituidas, podrán asesorar, supervisar y colaborar técnicamente al Parque Zoosanitario Municipal, así como también coadyuvarán ad-honoren con todo lo relacionado a la vigilancia veterinaria de los animales allí retenidos.
Articulo Nº230: En el Parque Zoosanitario Municipal se llevarán cuidadosamente ………………………...todos los registros necesarios sobre los ingresos, observación y egreso de los animales que fuesen llevados a él.
Articulo Nº231: El Colegio de Veterinarios, las Sociedades Protectoras de ………………………..Animales que operan en el Municipio, podran prestar su colaboración ad-honoren, para realizar campañas de vacunación, esterilización, control sanitario y, en general, cuando el refugio Municipal de Animales requiera de ellos.
Articulo Nº232: Las Universidad Pública o Privada en sus facultades de ………………………..veterinaria, zootecnia pueden realizar sus prácticas hospitalarias en nuestro distrito.
Articulo Nº233: Crear un Departamento Legal encargado de canalizar las …………………………denuncias sobre abuso y maltrato animal, de recibir y sustanciar todos los casos de denuncias por accidentes ocasionados por imprudencia o negligencia de los tenedores o propietarios del animal, y en general, de cualquier denuncia a las prohibiciones previstas en la presente ordenanza. Esto dependerá del Parque Zoosanitario Municipal
Articulo Nº234: El Parque Zoosanitario Municipal deberá tener dependencias ………………………..según lo establezca el ejecutivo, para la guarda de animales en observación y animales peligrosos según lo dicta la norma en esta ordenanza
Articulo Nº235: El Parque Zoosanitario Municipal se encargara de la guardia y …………………………custodia de animales equinos decomisados por la autoridad competente, o se remitirán a las sociedades protectoras de anímales, para su posterior entrega en adopción.
Articulo Nº236: El Parque Zoosanitario Municipal Animal deberá contar con los …………………………siguientes servicios.
1.-Albergue
2.-Servicio Médico Veterinario gratuito, debiendo tener una guardia permanente las 24 horas
3.- estructura suficiente para la atención de equinos
4.-Laboratorio de análisis clínicos
5.-Oficina administrativa para el registro de entrada y salida de animales
6.- Tener una superficie mínima por cada animal de ocho con cincuenta (8,50) metros cuadrados para los perros grandes; siete con cincuenta (7,50) metros cuadrados para los medianos y seis 7 metros cuadrados para los pequeños. Se deberá destinar un cincuenta por ciento (50 %) de la misma para la circulación de los animales cuando éstos no se encuentren dentro de sus respectivos caniles. El interior básico de un criadero deberá incluir varias áreas de trabajo, además de pasillos y caniles.
7.- Poseer espacios verdes convenientemente forestados en el sector de estacas o agarraderas, para la tenencia al aire libre de los animales en horas del día.
8.- Permitir la fácil limpieza de las distintas áreas de trabajo, pasillos, caniles y demás instalaciones; y garantizar la existencia de medios apropiados de desinfección, desinsectación, desratización y de eliminación de excrementos y aguas residuales, de manera que no comporten peligro para la salud pública, lo que será establecido por vía reglamentaria.
9.- Disponer de servicio de agua potable. En el caso de no disponer de este servicio, deberán gestionar los medios y autorizaciones necesarias por ante la autoridad competente, a fin de garantizar un mínimo de 30 litros por animal y por día.
10.-Tener habilitada un área especial destinada a la limpieza y baño de los animales, la que deberá cumplir con los requisitos exigidos en el apartado correspondiente a los caniles.
11.-Disponer de un espacio determinado, previamente habilitado y distante a más de 10 mts. del resto de los caniles, como área de cuarentena para el aislamiento de aquellos animales que presenten evidencia clínica de padecer enfermedad infecto-contagiosa, y de modo especial, zoonosis transmisibles al hombre
12.- Infraestructura mínima requerida para el alojamiento de equinos teniendo en cuenta las normas de seguridad, higiene y limpieza, el alojamiento de equinos podrá ser:
a) Boxes comunes (piso de tierra)
b) Boxes tipo caballerizas (piso de ladrillo o similares)
c) Corral techado.
Articulo Nº237: Durante la noche, los perros deberán estar albergados en sus ………………………..respectivos caniles, exceptuándose de esta obligación solo a un número de animales proporcional a la superficie del criadero, los cuales podrán quedar sueltos dentro del establecimiento como guardianes. Dicha proporcionalidad, será de un animal cada cincuenta (50) mts.2
CAPITULO XXIII
DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES
ARTÍCULO 238:Los infractores a la presente ordenanza serán sancionados con --………………………..multas, cuya imposición corresponderá a la Autoridad Municipal correspondiente.
ARTÍCULO 239 : La imposición de las sanciones podrá comportar el traslado de ………………………..los animales por parte de la Unidad de Rescate y su posterior entrega al Parque Zoosanitario Municipal. Dicha retención tendrá carácter preventivo.
ARTÍCULO 240 : Las infracciones leves serán sancionadas con multas que van ………………………..desde cien (10) módulos hasta trescientos (30) módulos.
Las infracciones moderadas serán sancionadas con multas que van desde los trescientos (30) módulos hasta los seiscientos (60) módulos.
Las infracciones graves con multas que van desde seiscientos (60) módulos hasta tres mil (300) módulos.
Las infracciones gravísimas serán sancionadas, con multas que van desde tres mil módulos (300) módulos hasta doce mil (1200) módulos.
El monto de la unidad tributaria será ajustado anualmente de acuerdo al Código Orgánico Tributario.
En la imposición de sanciones, se tomará en cuenta para graduar la cuantía, los siguientes aspectos:
1. El grado de daño infringido al animal.
2. La trascendencia social y el perjuicio causado.
3. El ánimo de lucro ilícito y la cuantía del beneficio, obtenido por la comisión de la infracción.
4. La reiteración o reincidencia en la comisión de las infracciones.
ARTÍCULO 241: En caso de flagrancia, al momento de ser sorprendida una ………………………..persona en la comisión de cualesquiera de las conductas prohibidas por la presente ordenanza, será notificada inmediatamente de cuál es la forma concreta que está infringiendo y seguidamente, en compañía del funcionario actuante, se trasladará a la sede de la Policía Municipal, o del Refugio Municipal de Animales a fin de que, se levante un acta motivada, donde consten los siguientes datos: fecha y hora, nombre y apellidos y demás datos del funcionario actuante: nombre, apellido, cédula de identidad, dirección, grado de instrucción y profesión del infractor; descripción de los hechos que constituyen la falta cometida e indicación de la sanción concreta a aplicar.
Constatarán igualmente en el acta los argumentos que tenga en su descargo la persona objeto de la sanción.
ARTÍCULO 242: El acta descrita en el artículo anterior será sometida de ………………………….inmediato a la consideración de la Autoridad competente, la cual oirá al presunto infractor y decidirá acerca de la procedencia de la sanción prevista.
ARTÍCULO 243: En caso de denuncia, esta será tramitada por ante la Autoridad ………………………..Municipal correspondiente , la cual librará la notificación al presunto infractor, así como los elementos de convicción que aportaren.
ARTÍCULO 244: Contra la decisión tomada se podrá intentar Recurso de …………………………Reconsideración Administrativa y el Recurso Jerárquico, de conformidad con los plazos y procedimientos previstos en la Ley Orgánica de Procedimiento Administrativo.
ARTÍCULO 245: Cualesquiera de las sanciones aplicadas al infractor conllevan la ………………………….obligación de asistir a un curso sobre protección y cuidado de animales que podrá ser dictado en alguna de las instituciones de protección de animales.
ARTÍCULO 246: Derogase toda ordenanza que legisle en la materia que ……………………….anteceda a la presente-
ARTÍCULO 247: Todos los montos recaudados por aplicación de esta …………………………ordenanza formaran una partida especial afectada al programa “Quilmes 100 % Libre de Maltrato Animal”-
ARTÍCULO 248: Facultase al Departamento Ejecutivo a reglamentar la …………………………presente ordenanza y a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias.
ARTÍCULO 249: De Forma.-