EL PROYECTO PLANTEA LA CREACIÓN DEL PORTAL EN LA PLATAFORMA COMUNAL CON TODAS LAS ACTIVIDADES DETALLADAS DEL MUNICIPIO Y QUE PUEDAN SER DE ACCESO PÚBLICO. ESTO APUNTA CENTRALMENTE A QUE EL VECINO SEPA CÓMO FUNCIONA LA COMUNA Y QUE TENGA ACCESO A IMPORTANTE CANTIDAD DE CUESTIONES A LAS QUE HOY NO PUEDE HACERLO POR EL FALTANTE DE HERRAMIENTAS.
El edil Fernando Pérez (UCR) presentó un proyecto de ordenanza de Transparencia Fiscal y Derecho a la Información, afirmando que “este proyecto va en busca de alimentar la participación ciudadana, alimentar el libre acceso a la información pública, las cuentas públicas.
Que es lo que nosotros, los funcionarios, debemos rendir por lo que hacemos, por el cargo que ocupamos, si se aprueba esta ordenanza sería una bocanada de aire fresco para la democracia en el distrito de Quilmes. Nosotros planteamos la creación de un portal dentro del dominio de la Municipalidad que por ordenanza tenga la obligación de publicar determinadas cuestiones como: la cantidad de proveedores municipales a quiénes se les compra, a cuánto, siempre y cuando superen los cinco mil pesos, también elevar el listado de las personas que tienen deudas, pedimos también que se publique el listado de bienes, el parque automotor, las máquinas de Obras Públicas, los inmuebles con que cuenta la Municipalidad, quiénes los ocupan y de qué forma se administran esos bienes, que en definitiva estos bienes son de todos los vecinos de Quilmes.
Esto apunta centralmente a que el vecino sepa cómo funciona la Comuna y que tenga acceso a importante cantidad de cuestiones a las que hoy no puede hacerlo por el faltante de herramientas que deberían haberse implementado y que no se hizo en su momento y eso es un derecho constitucional que debe ser aplicado”.
En este proyecto de Ordenanza hablamos de crear un portal con toda la información de la administración municipal, los bienes y las cuentas, pedimos que se publicite el último presupuesto ejecutado, el presupuesto vigente, la Fiscal Tributaria vigente, el último informe que hizo el Tribunal de Cuentas de la Provincia y un montón de temas más a los cuales el vecino tiene el derecho a acceder”.
A continuación texto completo del proyecto:
VISTO:
La necesidad de establecer el acceso público a la información gubernamental a fin de que la sociedad pueda conocerla, revisarla y analizarla con el objeto de que su escrutinio contribuya a la transparencia y el fortalecimiento de las instituciones democráticas y,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Nacional garantiza el principio de publicidad de los actos de Gobierno y el derecho de acceso a la información pública a través del artículo 1º, de los artículos 33, 41, 42 y concordantes del Capítulo Segundo —que establece nuevos Derechos y Garantías— y del artículo 75 inciso 22, que incorpora con jerarquía constitucional diversos Tratados Internacionales
Que nuestro país, al adoptar para su sistema de gobierno la forma Republicana, ha consagrado constitucionalmente el principio de la publicidad de los actos de gobierno, que es de su esencia.
Que el artículo 11 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires establece que “Los habitantes de la Provincia son iguales ante la ley, y gozan de los derechos y garantías que establece la Constitución Nacional, los que emanan en su consecuencia a través de los tratados celebrados por la Nación y los que se expresan en esta Constitución”.
Que esa norma, en su artículo 12, apartado 4- garantiza a todas las personas en la Provincia el goce de los derechos a la información y a la comunicación.
Que los gobiernos están obligados a establecer esta alianza estratégica con la sociedad, imprescindible para concretar las reformas institucionales necesarias para desarrollar una democracia legítima, transparente y eficiente.
Que para lograr el fortalecimiento de las Instituciones debe darse un lugar primordial a los mecanismos que incrementan la transparencia de los actos de gobierno, posibilitando un igualitario acceso a la información y ampliando la participación del ciudadano en los procesos decisorios de los órganos que ejercen el poder.
Que el derecho de Acceso a la Información Pública es un prerrequisito de la participación que permite al ciudadano controlar posibles actos de corrupción, optimizar la eficiencia de las instancias gubernamentales y acceder al conocimiento de los contenidos de las decisiones trascendentes que se toman día a día, para de este modo coadyuvar al logro de una mejor vida en comunidad.
Que la utilización de nuevas herramientas tecnológicas de la información y la comunicación en el ámbito de la administración pública han creado mecanismos que impactan positivamente en la gestión gubernamental.
Que en la actualidad se observa un gran despliegue de nuevas tecnologías aplicadas a la información y comunicación de masas, como lo es la Internet, cuya aparición en el mundo ha provocado cambios fundamentales en el plano económico y social de las naciones.
Por ello, los Concejales abajo Firmantes proponemos la sanción del siguiente proyecto de:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- ESTABLECESE en el ámbito del Municipio de la Ciudad de Quilmes un Régimen de Transparencia Fiscal y Acceso a la Información, el que estará sujeto a las disposiciones de los artículos siguientes.-
ARTÍCULO 2º.- Portal de Transparencia Fiscal.
Créase el Portal de Transparencia Fiscal, dentro del dominio Internet del Municipio de la Ciudad de Quilmes, en el que se publicará la más completa información sobre la ejecución presupuestaria, presentada de manera accesible y oportuna.
Como mínimo contendrá:
A) Fecha, dependencia contratante, nombre e identificación tributaria del proveedor, objeto del gasto e importe de las adquisiciones que, mensualmente, superen la suma de Pesos Cinco Mil ($ 5.000), figurando el monto global o individual de las contrataciones.-
B) Fecha, dependencia contratante, nombre e identificación tributaria del contratista, objeto de contratación e importe de los contratos celebrados que superen la suma de Pesos Cinco Mil ($ 5.000).-
C) Listado actualizado de la deuda pública municipal –incluida la flotante- al último día del mes previo al de su publicación.-
D) Deudores del Municipio por deudas de naturaleza tributaria vencidas y exigibles que se encuentren firmes, cuyo valor, incluidos sus accesorios, supere la suma de Pesos Diez Mil ($ 10.000).-
E) Las normas generales a las que se sujetan los procesos de contratación, la información sobre las contrataciones previstas por el Municipio y las normas que regulan el Registro de Contratistas.-
F) Las normas de procedimiento administrativo.-
G) Nómina de funcionarios que presentaron sus declaraciones juradas patrimoniales.-
H) Ultima Cuenta General aprobada por el tribunal de cuentas provincial.
I) Presupuesto General Vigente aprobado por el Honorable Concejo Deliberante.
J) Ordenanza tributaria anual Vigente.
K) Llamados a licitación pública, fecha, motivo y adjudicación.
L) Convenios con otros municipios, con organismos públicos provinciales, nacionales o extranjeros, y con entidades públicas o privadas que hayan sido refrendados por el Honorable concejo deliberante.
M) Parque automotor Municipal.
N) Afectación o desafectación de bienes del dominio público municipal.
O) Concesiones de uso de los bienes de dominio público municipal.
El Departamento Ejecutivo y el Concejo Deliberante publicarán bimestralmente al menos en un diario de circulación local, la información prevista en los incisos a), b), c) y d). En tal publicación, se pondrá en conocimiento de la ciudadanía la disponibilidad de información adicional en el Portal de Transparencia Fiscal de la Municipalidad.-
ARTICULO 3º.- La información a la que hace referencia el artículo precedente deberá ser publicada conforme lo determina la presente ordenanza cumpliendo las siguientes pautas:
La información indicada en los incisos a) y b) se publicará bajo el subtítulo: “Contrataciones” (del período que corresponda).
La información contenida en el inciso c) se publicará bajo el subtítulo: “Deuda pública”(del período que corresponda).
La información contenida en el inciso d) se publicará bajo el subtítulo: “Deudores del municipio” (del período que corresponda).
El Portal de Transparencia Fiscal del Municipio de la Ciudad de Quilmes, se actualizará al menos mensualmente. El Departamento Ejecutivo y el Concejo Deliberante, dentro de los noventa (90) días de vigencia de la presente, publicarán en el Portal la información a la que se refiere el artículo 2º.-
ARTICULO 4º.- EL Departamento Ejecutivo concertará con otros municipios y con los gobiernos Provincial y Nacional, una metodología uniforme de presentación de la información de ejecución presupuestaria. Asimismo, podrá firmar convenios con organizaciones no gubernamentales a efectos de que éstas brinden garantías sobre la calidad de los datos publicados.-
ARTICULO 5°.- El Departamento Ejecutivo Municipal es el responsable del cumplimiento de la presente ordenanza.
Que es lo que nosotros, los funcionarios, debemos rendir por lo que hacemos, por el cargo que ocupamos, si se aprueba esta ordenanza sería una bocanada de aire fresco para la democracia en el distrito de Quilmes. Nosotros planteamos la creación de un portal dentro del dominio de la Municipalidad que por ordenanza tenga la obligación de publicar determinadas cuestiones como: la cantidad de proveedores municipales a quiénes se les compra, a cuánto, siempre y cuando superen los cinco mil pesos, también elevar el listado de las personas que tienen deudas, pedimos también que se publique el listado de bienes, el parque automotor, las máquinas de Obras Públicas, los inmuebles con que cuenta la Municipalidad, quiénes los ocupan y de qué forma se administran esos bienes, que en definitiva estos bienes son de todos los vecinos de Quilmes.
Esto apunta centralmente a que el vecino sepa cómo funciona la Comuna y que tenga acceso a importante cantidad de cuestiones a las que hoy no puede hacerlo por el faltante de herramientas que deberían haberse implementado y que no se hizo en su momento y eso es un derecho constitucional que debe ser aplicado”.
En este proyecto de Ordenanza hablamos de crear un portal con toda la información de la administración municipal, los bienes y las cuentas, pedimos que se publicite el último presupuesto ejecutado, el presupuesto vigente, la Fiscal Tributaria vigente, el último informe que hizo el Tribunal de Cuentas de la Provincia y un montón de temas más a los cuales el vecino tiene el derecho a acceder”.
A continuación texto completo del proyecto:
VISTO:
La necesidad de establecer el acceso público a la información gubernamental a fin de que la sociedad pueda conocerla, revisarla y analizarla con el objeto de que su escrutinio contribuya a la transparencia y el fortalecimiento de las instituciones democráticas y,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Nacional garantiza el principio de publicidad de los actos de Gobierno y el derecho de acceso a la información pública a través del artículo 1º, de los artículos 33, 41, 42 y concordantes del Capítulo Segundo —que establece nuevos Derechos y Garantías— y del artículo 75 inciso 22, que incorpora con jerarquía constitucional diversos Tratados Internacionales
Que nuestro país, al adoptar para su sistema de gobierno la forma Republicana, ha consagrado constitucionalmente el principio de la publicidad de los actos de gobierno, que es de su esencia.
Que el artículo 11 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires establece que “Los habitantes de la Provincia son iguales ante la ley, y gozan de los derechos y garantías que establece la Constitución Nacional, los que emanan en su consecuencia a través de los tratados celebrados por la Nación y los que se expresan en esta Constitución”.
Que esa norma, en su artículo 12, apartado 4- garantiza a todas las personas en la Provincia el goce de los derechos a la información y a la comunicación.
Que los gobiernos están obligados a establecer esta alianza estratégica con la sociedad, imprescindible para concretar las reformas institucionales necesarias para desarrollar una democracia legítima, transparente y eficiente.
Que para lograr el fortalecimiento de las Instituciones debe darse un lugar primordial a los mecanismos que incrementan la transparencia de los actos de gobierno, posibilitando un igualitario acceso a la información y ampliando la participación del ciudadano en los procesos decisorios de los órganos que ejercen el poder.
Que el derecho de Acceso a la Información Pública es un prerrequisito de la participación que permite al ciudadano controlar posibles actos de corrupción, optimizar la eficiencia de las instancias gubernamentales y acceder al conocimiento de los contenidos de las decisiones trascendentes que se toman día a día, para de este modo coadyuvar al logro de una mejor vida en comunidad.
Que la utilización de nuevas herramientas tecnológicas de la información y la comunicación en el ámbito de la administración pública han creado mecanismos que impactan positivamente en la gestión gubernamental.
Que en la actualidad se observa un gran despliegue de nuevas tecnologías aplicadas a la información y comunicación de masas, como lo es la Internet, cuya aparición en el mundo ha provocado cambios fundamentales en el plano económico y social de las naciones.
Por ello, los Concejales abajo Firmantes proponemos la sanción del siguiente proyecto de:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- ESTABLECESE en el ámbito del Municipio de la Ciudad de Quilmes un Régimen de Transparencia Fiscal y Acceso a la Información, el que estará sujeto a las disposiciones de los artículos siguientes.-
ARTÍCULO 2º.- Portal de Transparencia Fiscal.
Créase el Portal de Transparencia Fiscal, dentro del dominio Internet del Municipio de la Ciudad de Quilmes, en el que se publicará la más completa información sobre la ejecución presupuestaria, presentada de manera accesible y oportuna.
Como mínimo contendrá:
A) Fecha, dependencia contratante, nombre e identificación tributaria del proveedor, objeto del gasto e importe de las adquisiciones que, mensualmente, superen la suma de Pesos Cinco Mil ($ 5.000), figurando el monto global o individual de las contrataciones.-
B) Fecha, dependencia contratante, nombre e identificación tributaria del contratista, objeto de contratación e importe de los contratos celebrados que superen la suma de Pesos Cinco Mil ($ 5.000).-
C) Listado actualizado de la deuda pública municipal –incluida la flotante- al último día del mes previo al de su publicación.-
D) Deudores del Municipio por deudas de naturaleza tributaria vencidas y exigibles que se encuentren firmes, cuyo valor, incluidos sus accesorios, supere la suma de Pesos Diez Mil ($ 10.000).-
E) Las normas generales a las que se sujetan los procesos de contratación, la información sobre las contrataciones previstas por el Municipio y las normas que regulan el Registro de Contratistas.-
F) Las normas de procedimiento administrativo.-
G) Nómina de funcionarios que presentaron sus declaraciones juradas patrimoniales.-
H) Ultima Cuenta General aprobada por el tribunal de cuentas provincial.
I) Presupuesto General Vigente aprobado por el Honorable Concejo Deliberante.
J) Ordenanza tributaria anual Vigente.
K) Llamados a licitación pública, fecha, motivo y adjudicación.
L) Convenios con otros municipios, con organismos públicos provinciales, nacionales o extranjeros, y con entidades públicas o privadas que hayan sido refrendados por el Honorable concejo deliberante.
M) Parque automotor Municipal.
N) Afectación o desafectación de bienes del dominio público municipal.
O) Concesiones de uso de los bienes de dominio público municipal.
El Departamento Ejecutivo y el Concejo Deliberante publicarán bimestralmente al menos en un diario de circulación local, la información prevista en los incisos a), b), c) y d). En tal publicación, se pondrá en conocimiento de la ciudadanía la disponibilidad de información adicional en el Portal de Transparencia Fiscal de la Municipalidad.-
ARTICULO 3º.- La información a la que hace referencia el artículo precedente deberá ser publicada conforme lo determina la presente ordenanza cumpliendo las siguientes pautas:
La información indicada en los incisos a) y b) se publicará bajo el subtítulo: “Contrataciones” (del período que corresponda).
La información contenida en el inciso c) se publicará bajo el subtítulo: “Deuda pública”(del período que corresponda).
La información contenida en el inciso d) se publicará bajo el subtítulo: “Deudores del municipio” (del período que corresponda).
El Portal de Transparencia Fiscal del Municipio de la Ciudad de Quilmes, se actualizará al menos mensualmente. El Departamento Ejecutivo y el Concejo Deliberante, dentro de los noventa (90) días de vigencia de la presente, publicarán en el Portal la información a la que se refiere el artículo 2º.-
ARTICULO 4º.- EL Departamento Ejecutivo concertará con otros municipios y con los gobiernos Provincial y Nacional, una metodología uniforme de presentación de la información de ejecución presupuestaria. Asimismo, podrá firmar convenios con organizaciones no gubernamentales a efectos de que éstas brinden garantías sobre la calidad de los datos publicados.-
ARTICULO 5°.- El Departamento Ejecutivo Municipal es el responsable del cumplimiento de la presente ordenanza.